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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2004 (03/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 VISTO: El Informe N° 003-2004-02-0279 - Informe Especial del Examen Especial a la Gestión Administrativa de la CorteSuperior de Justicia del Santa, de Inspectoría General delPoder Judicial; y CONSIDERANDO: Que, los informes de Inspectoría General del Poder Judicial, como resultado de las acciones de control, tienenel carácter de prueba preconstituida de conformidad con el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Gene-ral de la República, Que el Informe N° 003-2004-02-0279 de Inspectoría General, luego de realizada la Acción de Control a la Ges- tión Administrativa de la Corte Superior del Santa ha con-cluido que el ex Cajero de la Corte Superior de Santa, se-ñor Leopoldo Mauricio Castro Torres, identificado con Do-cumento Nacional de Identidad N° 08710684, ha cometidolos siguientes presuntos delitos en ejercicio de sus funcio- nes: Delito de Abuso de Autoridad (artículo 376º del Códi- go Penal) y Falsedad Ideológica (artículo 428º del CódigoPenal), Delito de Peculado por utilización de caudales pú-blicos en beneficio de otro (artículo 387º del Código Pe-nal), Delito de Falsificación de Documentos (artículo 427ºdel Código Penal) y Delito de Peculado por apropiación (artículo 387º del Código Penal). Asimismo el citado Informe Especial, concluye que el ex Administrador de la Corte Superior de Santa, señor LuisMiguel Arevalo Coral, identificado con Documento Nacio- nal de Identidad N° 05285189, ha cometido el presunto delito de Incumplimiento de Obligación por omisión (artículo 377ºdel Código Penal). Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio mo-dificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial paraque inicie las acciones legales correspondientes contra los señores Leopoldo Mauricio Castro Torres y Luis Miguel Arevalo Coral, por los hechos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Pro-curadora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 12437 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G2D/G72/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F /G70/G65/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN Nº 61-2004-AMAG-CD/P Lima, 22 de junio de 2004 VISTO: El Oficio Nº 1011-2004-PJ-CE/PP fecha 16 de junio de 2004, remitido por la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Poder Judicial; y,CONSIDERANDO: Que, la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, mediante el Oficio del Visto,solicita la autorización expresa a efectos de interponer de-nuncia penal correspondiente contra el ex trabajador El-mer Mena Huamán; Que, conforme se advierte del Dictamen Pericial de Grafotecnia Nº 1479-03 el mismo que fuera elaborado porla Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú,se concluye que las Boletas de Venta a nombre de RE-PPOR S.A. constituyen documentos alterados en su con-tenido manuscrito; Que, los hechos antes descritos, permiten concluir la existencia de indicios razonables de la comisión de un ilíci-to penal, siendo menester interponer las acciones legalescorrespondientes a efectos de determinar las responsabi-lidades de ley; Que, debe tenerse en cuenta que la adulteración y pre- sentación de las precitadas Boletas de Venta trajo como consecuencia desembolsos indebidos en favor de los extrabajadores Elmer Mena Huamán, Manuel Armando Bal-cazar Arana y Nelson Humberto Morán Salazar, y quienesa la fecha vienen tramitando a través de los Juzgados Labo-rales sendas demandas de Indemnización por Despido Arbitrario; Que, el Decreto Ley Nº 17537, establece que la defen- sa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judi-cialmente por intermedio de los Procuradores Generalesde la República; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26635, y el Estatuto de la Academia de la Magistratura, aprobadopor Resolución Nº 022-2001-AMAG-CD; de conformidadcon el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones; y,con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público en- cargado de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, paraque en defensa y representación de los derechos e intere-ses del Estado, interponga las acciones legales correspon- dientes contra los ex trabajadores Elmer Mena Huamán; Manuel Armando Balcazar Arana; Nelson Humberto Mo-rán Salazar y contra los que resulten responsables, por loshechos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELCIRA VÁSQUEZ CORTEZ Presidenta del Consejo Directivo dela Academia de la Magistratura 12354 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F /G61/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G6D/G69/G2D /G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G22/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G6E/G64/G6F/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G6F/G2D/G6D/GE9/G73/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G22 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 048-2004 Lima, 23 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectosfundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; Que, para el cumplimiento de sus funciones la Geren- cia de Crédito y Regulación Financiera tiene entre sus ob-