Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2004 (03/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2004

cucion por parte del Gobierno Regional MORDAZA, quien procedio a efectuar la liquidacion tecnica - financiera de la obra, por no ser viable, ocasionando un perjuicio economico a la entidad por S/. 83 113,97, el cual debera ser resarcido conforme a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, a traves del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, en el caso que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, para que inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales referidas a los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 12368

Que el Decreto Supremo Nº 040-2004-PCM, en su articulo 3º autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas a disponer los recursos que demande su aplicacion; Que, por Oficios Nºs. 1348-2004-SG/JNE, 067-2004GPP/JNE y 088-2004-DP/JNE se solicito reiteradamente la aprobacion del presupuesto para las elecciones municipales complementarias a realizarse en la provincia de El Collao el 17 de octubre proximo; Que de conformidad con el articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, el 19 de MORDAZA de 2004 se vence el plazo para la MORDAZA ante el MORDAZA Electoral Especial de El Collao, de las solicitudes de inscripcion de listas de candidatos que participaran en las elecciones municipales complementarias de la provincia de El Collao; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer el MORDAZA Electoral Especial de El Collao, con sede en la MORDAZA de Ilave, como organo electoral temporal a cargo de las Elecciones Municipales Complementarias para la eleccion del MORDAZA y cuatro (4) regidores en dicha provincia. Articulo Segundo.- Reiterar la solicitud al Ministerio de Economia y Finanzas para que otorgue, con urgencia, los recursos necesarios para llevar a cabo el referido MORDAZA municipal complementario. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros de Estado, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la presente resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 12446

JNE
Establecen el MORDAZA Electoral Especial de El Collao, con sede en la MORDAZA de Ilave, como organo electoral temporal a cargo de las Elecciones Municipales Complementarias para eleccion de MORDAZA y de regidores
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 124-2004-JNE MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 040-2004-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de MORDAZA ultimo, se ha convocado a elecciones municipales complementarias del MORDAZA y cuatro (4) regidores del Concejo Provincial de El Collao para el dia MORDAZA 17 de octubre del presente ano; Que el MORDAZA Nacional de Elecciones debe definir las circunscripciones electorales, que son unidades geograficas necesarias para la planificacion y ejecucion de cada MORDAZA electoral, sobre las cuales se constituira Jurados Electorales Especiales y Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que son organos de caracter temporal creados para un MORDAZA electoral especifico y que forman parte de la estructura organica del MORDAZA Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de conformidad con lo establecido en el articulo 13º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con los articulos 32º y 34º de las Leyes Organicas del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Nº 26487, respectivamente;

MINISTERIO PUBLICO
Conforman Equipo MORDAZA "Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades"
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 922-2004-MP-FN MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Oficio Nº 386-2004-MP-FN-GS de la Gerencia de Seguridad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de Visto, la Gerencia de Seguridad propone la conformacion del equipo MORDAZA "Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades" en el Ministerio Publico; Que, el Ministerio Publico es un organismo constitucionalmente MORDAZA, que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses publicos; Que, el Ministerio Publico a traves de sus Fiscales y Medicos Legistas, debe brindar un servicio funcional, operativo, eficiente y eficaz, para inspirar confianza en la sociedad y en el Estado; Que, a fin de afrontar cualquier MORDAZA de contingencias o desastres a nivel nacional, se hace necesario establecer soportes administrativos de evaluacion de danos y necesidades, conformando Equipos Administrativos para Acciones de Emergencia, que evaluen y actuen en forma oportuna y diligente ante estas emergencias;

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