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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 cución por parte del Gobierno Regional Cajamarca, quien procedió a efectuar la liquidación técnica - financiera de laobra, por no ser viable, ocasionando un perjuicio económi-co a la entidad por S/. 83 113,97, el cual deberá ser resar-cido conforme a lo dispuesto en el artículo 1321º del Códi-go Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del ar- tículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Re-pública, constituye atribución de este ente técnico rectordel Sistema Nacional de Control, disponer el inicio de lasacciones legales pertinentes en forma inmediata, a través del Procurador Público encargado de los asuntos judicia- les de la Contraloría General de la República, en el casoque en la ejecución directa de una acción de control seencuentre daño económico o presunción de ilícito penal,para que inicie las acciones legales correspondientes con-tra los presuntos responsables comprendidos en el Infor- me de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Re-pública, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales referidas a los he- chos expuestos, contra los presuntos responsables com- prendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efectolos antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 12368 J N E /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G6F/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C /G64/G65/G20/G45/G6C/G20/G43/G6F/G6C/G6C/G61/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G20/G73/G65/G64/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G49/G6C/G61/G76/G65/G2C/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G61/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 124-2004-JNE Lima, 2 de julio de 2004 CONSIDERANDO:Que por Decreto Supremo Nº 040-2004-PCM publica- do en el Diario Oficial El Peruano el 29 de mayo último, se ha convocado a elecciones municipales complementariasdel alcalde y cuatro (4) regidores del Concejo Provincial deEl Collao para el día domingo 17 de octubre del presenteaño; Que el Jurado Nacional de Elecciones debe definir las circunscripciones electorales, que son unidades geográfi- cas necesarias para la planificación y ejecución de cadaproceso electoral, sobre las cuales se constituirá Jura-dos Electorales Especiales y Oficinas Descentralizadasde Procesos Electorales, que son órganos de caráctertemporal creados para un proceso electoral específico y que forman parte de la estructura orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Pro-cesos Electorales, de conformidad con lo establecido enel artículo 13º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859,concordante con los artículos 32º y 34º de las Leyes Or-gánicas del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486 y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Nº 26487, respectivamente;Que el Decreto Supremo Nº 040-2004-PCM, en su ar- tículo 3º autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas adisponer los recursos que demande su aplicación; Que, por Oficios Nºs. 1348-2004-SG/JNE, 067-2004- GPP/JNE y 088-2004-DP/JNE se solicitó reiteradamentela aprobación del presupuesto para las elecciones munici- pales complementarias a realizarse en la provincia de El Collao el 17 de octubre próximo; Que de conformidad con el artículo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, el 19 de julio de 2004 sevence el plazo para la presentación ante el Jurado Electo-ral Especial de El Collao, de las solicitudes de inscripción de listas de candidatos que participarán en las elecciones municipales complementarias de la provincia de El Collao; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer el Jurado Electoral Espe- cial de El Collao, con sede en la ciudad de Ilave, comoórgano electoral temporal a cargo de las Elecciones Muni-cipales Complementarias para la elección del alcalde ycuatro (4) regidores en dicha provincia. Artículo Segundo.- Reiterar la solicitud al Ministerio de Economía y Finanzas para que otorgue, con urgencia, los recursos necesarios para llevar a cabo el referido pro-ceso municipal complementario. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Presi- dencia del Consejo de Ministros de Estado, de la OficinaNacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, la presente resolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 12446 MINISTERIO PÚBLICO /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G45/G71/G75/G69/G70/G6F/G20/G45/G44/G41/G4E/G20/G22/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G44/G61/GF1/G6F/G73/G20/G79/G20/G41/G6E/GE1/G6C/G69/G73/G69/G73/G20/G64/G65/G20/G4E/G65/G63/G65/G73/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G22 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 922-2004-MP-FN Lima, 1 de julio de 2004 VISTO: El Oficio Nº 386-2004-MP-FN-GS de la Gerencia de Seguridad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de Visto, la Gerencia de Seguridad propone la conformación del equipo EDAN "Evaluación de Da- ños y Análisis de Necesidades" en el Ministerio Público; Que, el Ministerio Público es un organismo constitu- cionalmente autónomo, que tiene como funciones princi-pales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanosy los intereses públicos; Que, el Ministerio Público a través de sus Fiscales y Médicos Legistas, debe brindar un servicio funcional, ope- rativo, eficiente y eficaz, para inspirar confianza en la so-ciedad y en el Estado; Que, a fin de afrontar cualquier tipo de contingencias o desastres a nivel nacional, se hace necesario establecersoportes administrativos de evaluación de daños y necesi- dades, conformando Equipos Administrativos para Accio- nes de Emergencia, que evalúen y actúen en forma opor-tuna y diligente ante estas emergencias;