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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2004 (11/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G32/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de julio de 2004 tenta esta exoneración a la Contraloría General de la Re- pública, dentro de los diez días calendario siguientes ala fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 12963 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 063-2004-P/TC Lima, 1 de julio de 2004 VISTOS; el Memorándum Nº 233-2004-OA/TC cur- sado por la Oficina de Abastecimiento y el Informe Nº 174-2004-PE/TC emitido por la Oficina de Planea-miento y Estadística, ambos de fecha 19 de mayo de 2004, relacionados con la inclusión de los procesos de Adquisición Directa Selectiva para la contratación de ser-vicios de mensajería a nivel nacional y adquisición de vestuario institucional; CONSIDERANDO: Que el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establecen que cada Entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando la información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adquisiciones Directas que se realizarán en el ejercicio presupuestal, el cual debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrati- va, según corresponda; Que el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Plan Anual de Adquisiciones podrá ser modifi- cado de conformidad con la asignación presupuestal o en su caso de reprogramaciones de metas propues- tas; Que el Artículo 8º del mismo Reglamento dispone que las Licitaciones Publicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser incluidas por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, se- gún corresponda, lo cual deberá informarse al Conse- jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de dicha aprobación; a su vez, las inclusiones y exclusiones de los procesos de selec- ción serán comunicadas a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa -PROMPYME-, dando cuenta al CONSUCODE; Que el Artículo 7º de la Directiva Nº 005-2003/CON- SUCODE/PRE, señala que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones - PAAC podrá ser modificado en cualquier momento, durante el decurso del ejerci- cio presupuestal, siempre que se produzca una repro- gramación de las metas institucionales propuestas o una modificación del presupuesto institucional; sien- do de aplicación lo dispuesto en dicha Directiva, para el caso de su aprobación, básicamente en lo referido a su elaboración y contenido, incluyendo lo relaciona-do con la verificación del sustento presupuestal co- rrespondiente, el instrumento de aprobación, los me-canismos y oportunidad de publicación de dicho ins- trumento y de remisión del PAAC, al CONSUCODE y a PROMPYME; Que la anotada Directiva prescribe que el PAAC modificado deberá ser remitido al CONSUCODE, através de los mismos medios con los que se remitió el PAAC originalmente aprobado, en su integridad y en los formatos que forman parte de la indicada Di-rectiva, así como a PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación; de igual manera, el instrumento que aprueba la modificacióndel PAAC deberá publicarse en el Diario Oficial El Pe- ruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; anotando que lo dispues-to precedentemente en relación con la publicación del instrumento que aprueba la modificación del PAAC, no será de aplicación, por excepción, en el caso delas Entidades que actualicen la información referida a su PAAC a través del Sistema de Información sobre Contrataciones y adquisiciones del Estado dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a su modifica- ción, bastando que, en tales casos, se remita una co- municaron por escrito al CONSUCODE a la que seadjunte copia del instrumento que aprueba el PAAC, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; constituyendo, la recepciónde la referida comunicación por el CONSUCODE den- tro del plazo mencionado, condición necesaria para la aplicación de la presente excepción y la consecuen-te no publicación de la resolucion que modifica el PAAC; Que mediante Memorándum Nº 233-2004-OA/TC, la Oficina de Abastecimiento solicita la cobertura pre- supuestal para atender las necesidades del Tribunalconstitucional de servicios de mensajería y de adqui- sición de vestuario institucional, a través de proce- sos de Adjudicación Directa Selectiva; solicitandopara este efecto, la inclusión de los mismos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Tribu- nal Constitucional del presente ejercicio fiscal, apro-bado por Resolucion Administrativa Nº 011-2004 P/ TC de 30 de enero del 2004; para cuyo efecto, me- diante Informe Nº 174-2004-PE/TC, la Oficina de Pla-neamiento y Estadística expresa que existen los re- cursos presupuestales para ejecutar dicho proceso selectivo; y, En uso de la facultades conferidas a esta Presiden- cia la Ley Nº 26435, Orgánica del Tribunal Constitucio-nal y su Reglamento Normativo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Tribunal Cons-titucional para el año 2004, incluyéndose los proce- sos de Adjudicación Directa Selectiva para la contra- tación de servicios de mensajería a nivel nacional y laadquisición de vestuario institucional que se indican en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la pre- sente resolucion. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Abasteci- miento, en un plazo no mayor a diez (10) días, informe al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Comisión de Promoción de la Peque-ña y Microempresa, la modificación aprobada en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Abastecimien- to, publique la presente resolución en el Diario Oficial ElPeruano y en la pagina web de la institución. Regístrese y comuníquese. JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente