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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2004 (15/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G34/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante resolución del doce de abrilde dos mil cuatro, confirmó la sentencia contenida en laresolución número siete del diez de julio de dos mil tres, que declaró fundada en parte la acción de amparo, se- guida por el doctor Juan Fernando Núñez Lombardi, con-tra la Corte Suprema de Justicia de la República y otro,recaída en el expediente Nº 2767-2003; y en conse-cuencia inaplicable al demandante el Decreto Ley Nº25446, así como la Resolución Suprema que cancela su título de Juez de Paz Letrado de la provincia de Chan- chamayo del Distrito Judicial de Junín, ordenando su rein-corporación en dicho cargo, sin perjuicio de reincor-porársele en cargo de igual jerarquía dentro del DistritoJudicial, en caso de hallarse cubierta su plaza por JuezTitular, y tener por válido y eficaz el título de magistrado del demandante, sin perjuicio de reexpedirle el título en la plaza que le sea asignada por el órgano competente; Que, la Jueza del Sexagésimo Quinto Juzgado Espe- cializado en lo Civil de Lima, mediante Oficio Nº 10150-2003-65ºJCL, del ocho de junio del presente año, remitela resolución de la Primera Sala Civil de la Corte Supe- rior de Lima, así como las resoluciones doce y trece, re- caídas en el proceso de acción de amparo, seguido porel doctor Juan Fernando Núñez Lombardi contra la Cor-te Suprema de Justicia de la República, mediante lascuales requiere al Consejo Nacional de la Magistratura,para que cumpla con lo ordenado por el Superior; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, mediante oficio Nº 908-2004-P-CSJJU/PJ, delquince de junio del presente año, comunica al Consejoque la plaza del Juzgado de Paz Letrado de Chanchama-yo, se encuentra ocupada por el Juez Titular, doctor Héc-tor Manuel Villalobos Mendoza, nombrado mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 389-2002-CNM, del diecinueve de julio de dos mil dos; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratu- ra, en la sesión del ocho de julio de dos mil cuatro, acor-dó por unanimidad, reincorporar al doctor Juan Fernan-do Núñez Lombardi, en la plaza de Juez de Paz Letrado de Pichanaki del Distrito Judicial de Junín, excluyendo dicha plaza de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM; y pormayoría, con el voto dirimente del señor Presidente delConsejo Nacional de la Magistratura, cancelar el títulode Juez de Paz Letrado de la provincia de Chanchama-yo del Distrito Judicial de Junín y expedirle el título de Juez de Paz Letrado de Pichanaki del mismo Distrito Judicial; por lo que, estando a dichos acuerdos y de con-formidad con las facultades conferidas por los artículos154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú y 37ºincisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Orgánica delConsejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Reincorporar al doctor JUAN FERNANDO NÚÑEZ LOMBARDI, en el cargo de Juez de Paz Letra-do de Pichanaki del Distrito Judicial de Junín. Segundo.- Cancelar el título de Juez de Paz Letrado de la provincia de Chanchamayo del Distrito Judicial deJunín, otorgado a favor del doctor JUAN FERNANDONÚÑEZ LOMBARDI. Tercero.- Expedir el título de Juez de Paz Letrado de Pichanaki del Distrito Judicial de Junín, a favor del doc- tor JUAN FERNANDO NÚÑEZ LOMBARDI. Cuarto.- Excluir la plaza de Juez de Paz Letrado de Pichanaki del Distrito Judicial de Junín, de la Convoca-toria Nº 001-2004-CNM. Quinto.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 13135BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C /G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G72/G73/G65/G20/G63/G6F/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65 /G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 061-2004 Lima, 13 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 69º de la Ley Or- gánica, el Banco Central representa al país para los fi-nes establecidos en los Convenios Constitutivos del Fon-do Monetario Internacional (FMI) y tiene a su cargo lasrelaciones oficiales con dicha institución; Que, el Banco Central mantiene un diálogo perma- nente acerca de las políticas, información y temas rele- vantes de la política macroeconómica, incluidos los te-mas de mecanismos financieros innovadores, con el FMIy otros organismos financieros internacionales, por lo queel Directorio ha considerado conveniente que miembrosdel Directorio se reúnan con los representantes de di- chos organismos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a loacordado por el Directorio en sus sesiones de 10 de ju-nio y 1 de julio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Director, señor Da- niel Schydlowsky Rosenberg, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, los días 15 al 17 dejulio, a fin de participar en la reunión indicada en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasaje US$ 3 049,26 Viáticos US$ 660,00Tarifa única de uso de aeropuerto US$ 28,24 TOTAL US$ 3 737,50 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación del pago de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JAVIER SILVA RUETE Presidente 13115 O N P E FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 130-2004-J/ONPE Mediante Oficio Nº 116-2004-GIEE/ONPE la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publiqueFe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 130-2004-J/ ONPE, publicada en la edición del 9 de julio de 2004. En el Artículo Primero: DICE: "..., al señor Cayo Carlos Blas Dionicio." DEBE DECIR: "..., al señor Cayo Blas Dionicio."13138