Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2004 (15/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2004

portadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda, quede sin efecto o se revoquen las respectivas autorizaciones. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Quinto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Articulo Sexto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., asi como a las demas disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 12679

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONAFU
Admiten a tramite solicitud para que se otorgue autorizacion provisional de funcionamiento a la denominada Universidad de MORDAZA S.A.C.
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 134-2004-CONAFU

del 9 de setiembre de 1996, para lo cual adjunta los requisitos establecidos en la Ley, la Resolucion Nº 94-2000CONAFU del 14 de setiembre del 2000 y, la Guia para la MORDAZA de Proyectos Institucionales de Nuevas Universidades; Que, tal como lo dispone la Resolucion Nº 657-99CONAFU del 22 de noviembre de 1999, modificada por la Resolucion Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000, el expediente presentado fue derivado a la Comision Juridica y al Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos, quienes previo levantamiento de observaciones han emitido informes favorables sobre la solicitud de autorizacion provisional de funcionamiento de la denominada Universidad de MORDAZA, recomendando su admision a tramite; Que, habiendose cumplido con los actos administrativos senalados en el numeral 5) del Anexo Nº 1 de la Resolucion Nº 94-2000-CONAFU, y contando con el Acuerdo favorable del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU del 30 de junio del 2004, es procedente admitir a tramite la solicitud de autorizacion provisional de funcionamiento de la Universidad; Estando a lo expuesto, en concordancia con la Ley Nº 26439; el Decreto Legislativo Nº 882; el Estatuto del CONAFU, el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades; la Resolucion Nº 657-99-CONAFU, modificada por la Resolucion Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000; el Acuerdo del Pleno Nº 148-2004-CONAFU de la Sesion Ordinaria del 30 de junio del 2004 y, en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Articulo 20º del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ADMITIR a tramite la solicitud presentada por la Promotora Educacion, Ciencia y Tecnologia S.A.C., para que se otorgue autorizacion provisional de funcionamiento a la denominada Universidad de MORDAZA S.A.C., con sede en la MORDAZA de MORDAZA, bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 882. Articulo 2º.- PROSIGASE el tramite de la solicitud de autorizacion provisional de funcionamiento de la denominada Universidad de MORDAZA S.A.C., con el procedimiento administrativo aprobado por la Resolucion Nº 65799-CONAFU, modificada por la Resolucion Nº 94-2000CONAFU; el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, precisada por la Resolucion Nº 104-2001-CONAFU del 26 de MORDAZA del 2001 y, las demas disposiciones reglamentarias del CONAFU. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA ANASCO Secretario General 13136

MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 97543 del 11 de MORDAZA del 2004, organizado por la Promotora Educacion, Ciencia y Tecnologia S.A.C., para solicitar al CONAFU la autorizacion provisional de funcionamiento de la denominada Universidad de MORDAZA, el Informe Legal Nº 116-26-2004-CONAFU-CJP del 25 de MORDAZA del 2004; el Informe Nº 121-2004-CONAFU-CEAA del 2 de junio del 2004; el Oficio Nº 154-2004-CONAFU-SG del 2 de junio del 2004; la Carta s/n de la Promotora del 8 de junio del 2004; el Oficio Nº 753-2004-CONAFU-P del 23 de junio del 2004; el Acuerdo Nº 148-2004-CONAFU de la Sesion Ordinaria del 30 de junio del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribucion: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, y los reglamentos del CONAFU; Que, con documento de Vistos el Presidente de la Promotora Educacion, Ciencia y Tecnologia S.A.C. solicita al CONAFU la autorizacion provisional de funcionamiento de la denominada Universidad de MORDAZA S.A.C., bajo los alcances de la "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", Decreto Legislativo Nº 882

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Reincorporan a magistrado en el cargo de Juez de Paz Letrado de Pichanaki del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 199-2004-CNM

MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Oficio Nº 10150-2003-65ºJCL, del ocho de junio del presente ano, remitido por la Juez del Sexagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de Lima.

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