Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2004 (23/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
CAPITULO V

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DEL PROCEDIMIENTO Y TRAMITE

Articulo 21º.- Para el caso de las autorizaciones temporales, se debera presentar la solicitud declaracion jurada adjuntando la siguiente documentacion: a) MORDAZA del D.N.I. (Fedateada). b) Vigencia de poderes en caso de ser persona juridica. c) Documento que acredite la propiedad o posesion del predio, (Copia fedateda del Titulo de Propiedad o Contrato de Alquiler o Autorizacion de Uso). d) Pago del derecho administrativo correspondiente. Articulo 22º.- Para el tramite de cambio de denominacion o razon social se debera presentar la solicitud - declaracion jurada, adjuntandose lo siguiente: a) MORDAZA del D.N.I. del representante legal. b) MORDAZA de vigencia de poderes. c) MORDAZA de ficha registral en la que aparece el cambio realizado en la denominacion de la razon social. d) Pago del derecho correspondiente por el tramite y expedicion de un MORDAZA certificado. Articulo 23º.- Para el tramite de baja de la Licencia Municipal de Funcionamiento se debera presentar la solicitud - declaracion jurada, adjuntandose lo siguiente: a) MORDAZA del D.N.I. b) MORDAZA de vigencia de poderes en caso de ser persona juridica. c) Original del Certificado y/o Autorizacion Municipal de Funcionamiento: En caso de perdida o sustraccion, deberan acompanarse una declaracion jurada de perdida o denuncia policial. Asi mismo, se da la baja automaticamente de la Licencia Municipal de Funcionamiento Permanente, con la obtencion de una nueva Licencia sobre el mismo predio. Articulo 24º.- Para el tramite de ampliacion de giro se debera presentar la solicitud - declaracion jurada adjuntandose la siguiente documentacion: a) MORDAZA del D.N.I. b) Licencia original otorgada por la Municipalidad. c) Vigencia de Poderes en caso de ser persona juridica. d) MORDAZA de la ficha del Registro de Personas Juridicas en caso de ser persona juridica. e) Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso aprobado. f) Informe de Defensa Civil aprobatorio. g) Pago del derecho correspondiente. Articulo 25º.- Para el tramite de duplicado del Certificado de la Licencia Municipal de Funcionamiento, se debera presentar la Solicitud - Declaracion Jurada, adjuntandose la siguiente documentacion: a) MORDAZA del D.N.I. b) Vigencia de Poderes en caso de ser persona juridica. c) Denuncia policial o declaracion jurada por perdida del Certificado de Licencia Municipal de Funcionamiento. d) Pago del derecho correspondiente. CAPITULO IV SUJETOS OBLIGADOS A OBTENER LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Articulo 26º.- La Licencia Municipal de Funcionamiento o Autorizacion Temporal, debera ser solicitada por todas las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras que pretendan desarrollar actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios, asi como las instituciones publicas, politicas y religiosas que realicen este MORDAZA de actividades. Articulo 27º.- Estan exceptuados de obtener la Licencia Municipal de Funcionamiento, mas no de la MORDAZA de declaracion jurada de permanencia en el giro, los organismos de derecho publico internacional, las representaciones diplomaticas, consulares, las dependencias de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales, que no tengan caracter comercial o de servicios ajenos a sus actividades; el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; las entidades religiosas debidamente acreditadas por su congregacion, cualquiera que fuere su credo religioso, por los locales destinados a templos, conventos, monasterios o similares sin fines de lucro y las organizaciones politicas debidamente acreditadas ante el MORDAZA Nacional de Elecciones.

Articulo 28º.- Tramite.- Los tramites contemplados en la presente Ordenanza para la obtencion de la licencia municipal de funcionamiento permanente o provisional, autorizacion temporal de funcionamiento, ampliacion de giro, ampliacion de horario, duplicado de certificado, cambio de clase de la razon social, son de calificacion automatica y para obtenerlos, las personas interesadas deberan adquirir la SolicitudDeclaracion Jurada, formulario valorado con su respectiva MORDAZA, donde se consignaran los datos a que se refiere la presente Ordenanza, debiendo adjuntar los requisitos senalados para el MORDAZA de procedimiento que se solicita. Articulo 29º.- La Solicitud - Declaracion Jurada acompanada de los requisitos, debera ser presentada a traves de la Unidad de Tramite Documentario, la cual verificara que la documentacion este completa de acuerdo a la naturaleza o MORDAZA de tramite solicitado y en caso contrario, procedera de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 124º y 125º de la Ley Nº 27444. Articulo 30º.- Recepcionado el expediente con la documentacion completa, la Unidad de Tramite Documentario, derivara el mismo a la Division de Licencias y Autorizaciones, a fin de que proceda a emitir el Certificado de la Licencia de Funcionamiento Permanente o Provisional o la Autorizacion Temporal, los cuales seran entregados al interesado en el dia. En caso de que la Division de Licencias encuentre en el expediente defectos subsanables no detectados por la Unidad de Tramite Documentario, procedera a notificar al interesado, a fin de que cumpla en un plazo de dos dias con subsanar la omision o defecto detectado y en caso de no cumplir con el requerimiento, se denegara la Licencia o Autorizacion solicitada, dejandose sin efecto la calificacion automatica. CAPITULO VI DE LOS CENTROS COMERCIALES O MERCADOS Articulo 31º.- En caso de que varias personas soliciten su Licencia de Funcionamiento para realizar sus actividades dentro de un mismo predio se aplicaran, las siguientes reglas: a) Si dentro del predio se puede determinar el area que ocupa cada empresa, se otorgara la Autorizacion de Funcionamiento por el area ocupada mas un porcentaje proporcionado del area comun. b) Si dentro del predio no se puede determinar el area que ocupa cada empresa, se otorgara la licencia por el area total del predio, siempre que los giros de actividad MORDAZA compatibles. Articulo 32º.- Los concesionarios o arrendatarios que desarrollen sus actividades dentro de un Centro Comercial, o similar deberan obtener su Autorizacion de Funcionamiento de manera independiente, siguiendo las disposiciones contenidas en la presente ordenanza. Articulo 33º- Los Mercados de Abastos pueden contar con una sola Licencia Municipal Funcionamiento por Giro, en forma corporativa, siempre y cuando lo soliciten expresamente y esten debidamente organizados mediante una Asociacion o Sociedad Comercial. Articulo 34º.- Una vez entregado el Certificado de Licencia Municipal Permanente, Provisional o Autorizacion Temporal al interesado, sera materia de fiscalizacion, verificacion y comprobacion posterior de manera exhaustiva, a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos tecnicos y administrativos correspondientes, procedimiento que se encuentra a cargo de la Unidad de Fiscalizacion, y las Divisiones de la Policia Municipal y Defensa Civil, segun el caso, las cuales deberan evacuar, cada uno, un informe final de la fiscalizacion y verificacion efectuadas, con las conclusiones y recomendaciones, opinando por la ratificacion o revocacion de la Licencia o Autorizacion otorgada. CAPITULO VII DEL CERTIFICADO DE ZONIFICACION Y COMPATIBILIDAD DE USO Y EL INFORME TECNICO DE DEFENSA CIVIL Articulo 35º.- El Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso es el documento tecnico expedido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA en el que se califica previa

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