Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2004 (23/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2004
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Consejo Regional de la Region MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Consejo de fecha 7 de MORDAZA del 2004, aprobo por Unanimidad la siguiente Ordenanza: Articulo 1º.- Del objeto de la Ordenanza Regional. La presente Ordenanza Regional tiene por objeto asegurar el mas eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades publicas, privadas y otras organizaciones que representen a la ciudadania en general en la Region Loreto; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestion ambiental regional, el rol que le corresponde al Gobierno Regional y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus funciones ambientales en la Region MORDAZA a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidades, vacios y conflictos. Articulo 2º.- Del Sistema Regional de Gestion Ambiental. 2.1. Concepto: Es el conjunto integrado de componentes adoptados por la region para desarrollar, implementar, revisar y corregir la Politica Ambiental Regional y las Normas que regulan su organizacion y funciones; y tambien para guiar la Gestion de la Calidad Ambiental, el Aprovechamiento Sostenible y Conservacion de los Recursos Naturales y el mayor bienestar de sus habitantes, dentro de un enfoque de desarrollo sostenible, que integre los aspectos sociales, economicos y ambientales, y los impactos de las decisiones y acciones actuales sobre las generaciones futuras. 2.2. El Sistema Regional de Gestion Ambiental se constituye sobre la base de las instituciones estatales, organos y oficinas de las distintas instituciones publicas de nivel o importancia regional que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; contando con la participacion del sector privado y la sociedad civil. 2.3. El ejercicio de las funciones ambientales a cargo de las entidades publicas regionales y el Sistema Regional de Gestion Ambiental se organiza bajo el Sistema Nacional de Gestion Ambiental, la Politica Ambiental Regional de MORDAZA y el Plan de Accion Ambiental Regional. 2.4 La Comision Ambiental Regional de MORDAZA y los Grupos Tecnicos conformados a la fecha, formaran parte del Sistema Regional de Gestion Ambiental de MORDAZA, por lo que reportara al Gobierno Regional de MORDAZA, sus iniciativas y actividades programadas, de tal forma que concuerden con las prioridades ambientales regionales. Articulo 3º.- De la finalidad del Sistema. El Sistema Regional de Gestion Ambiental tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar y permite supervisar, evaluar y garantizar la aplicacion de las politicas, planes, programas y acciones destinados a la proteccion del ambiente, en concordancia con las competencias ambientales de cada entidad en la region; y contribuir a la conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en la region. Articulo 4º.- De la Gestion Ambiental. 4.1. Las funciones ambientales a cargo de las entidades senaladas en el articulo 2º de la presente ordenanza, se ejercen en forma coordinada, descentralizada y desconcentrada, con sujecion a la Politica Nacional Ambiental, el Plan y la Agenda Ambiental Nacional, la Politica Ambiental Regional de MORDAZA y a las normas, instrumentos y mandatos de caracter transectorial, que son de observancia obligatoria en los distintos ambitos y niveles de gobierno. 4.2. El caracter transectorial de la gestion ambiental implica que la actuacion de las autoridades regionales con competencias y responsabilidades ambientales; se orienta, integra, estructura, coordina y supervisa, con el objeto de efectivizar la direccion de las politicas, planes, programas y acciones publicas hacia el desarrollo sostenible de la region y del pais. Articulo 5º.- De los Instrumentos de Gestion y Planificacion Ambiental de alcance o aplicacion regional. Las competencias regionales se ejercen con sujecion a los instrumentos de gestion ambiental, disenados, implementados y ejecutados para fortalecer el caracter transectorial y descentralizado de la Gestion Ambiental, y el cumplimiento de las Politicas, Planes y las Agendas Ambienta-

les Regionales y Nacionales. Se asegurara la transectorialidad, la debida coordinacion y aplicacion de estos instrumentos, a traves de: 1. Elaboracion del Plan de Accion Ambiental, Agenda Ambiental Regional, en cumplimiento de la Politica Ambiental Regional de MORDAZA, determinando responsables para el cumplimiento de sus actividades y metas. 2. Disenar y dirigir participativamente la implementacion progresiva de las estrategias regionales sobre Cambio Climatico, Diversidad Biologica, entre otras estrategias regionales. 3. Coordinar el manejo de informacion del Sistema Regional de Informacion Ambiental, administrada como nodo por el Gobierno Regional de Loreto. 4. Establecimiento de politicas y planes regionales para la implementacion del ordenamiento territorial y ambiental. 5. Elaboracion de propuestas de medios, instrumentos y metodologias necesarias para la valorizacion del patrimonio natural de la region, acorde con los programas de gestion ambiental del Gobierno Regional de Loreto. 6. Elaboracion de propuestas en materia de investigacion y educacion ambiental a nivel regional. 7. Desarrollo de mecanismos regionales de participacion ciudadana, en concordancia con las herramientas de gestion ambiental del Gobierno Regional de MORDAZA (Politica Ambiental Regional, Sistema Regional de Gestion Ambiental, Plan de Accion y Agenda Ambiental Regional, entre otros). 8. Desarrollo de incentivos orientados a promover practicas ambientalmente adecuadas. 9. Promover y difundir los demas instrumentos de gestion ambiental, de competencia por parte del Gobierno Regional de MORDAZA, gobiernos locales y otras entidades en la region. Articulo 6º. Del Gobierno Regional. 6.1. El Gobierno Regional ejerce sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las politicas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el MORDAZA de los principios de la gestion ambiental nacional. 6.2. El Gobierno Regional debe implementar el Sistema Regional de Gestion Ambiental, en coordinacion con el CONAM y la Comision Ambiental Regional de MORDAZA, sobre la base de los organos que desempenan diversas funciones ambientales en la jurisdiccion de la Region Loreto. Articulo 7º.- Del Consejo Regional y la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto. El Consejo Regional y la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, son la instancia dentro del Sistema Regional de Gestion Ambiental que se encarga de la aprobacion de la politica ambiental regional y los diversos instrumentos de gestion ambiental, sobre las competencias ambientales compartidas regionales. Asimismo, sera este nivel quien apruebe el propio Sistema Regional de Gestion Ambiental. Articulo 8º.- De la Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional. Corresponde a la Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente pronunciarse y fiscalizar sobre los asuntos del Sistema Regional de Gestion Ambiental que deban ser resueltos por el Consejo Regional. Articulo 9º.- De la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. La Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente es el organo del Gobierno Regional responsable de brindar apoyo tecnico al MORDAZA de implementacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental, en coordinacion con el CONAM y la Comision Ambiental Regional de MORDAZA, sin perjuicio de otras atribuciones establecidas en sus normas de organizacion y funciones. Actua como agente coordinador cumpliendo las funciones de articulacion e integracion de los diversos actores en la formulacion, de la politica ambiental y de los diversos instrumentos de gestion ambiental de la region. Articulo 10º.- Del Rol del CONAM en el SRGA. El CONAM como autoridad ambiental nacional MORDAZA por que la Politica Ambiental, el Sistema Regional de Gestion Ambiental y los instrumentos ambientales regionales se encuentren enmarcados dentro de la Politica Nacional Ambiental y el Sistema Nacional de Gestion Ambiental.

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