Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2004 (23/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2004

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban convocatoria de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2004-ALC/MSI
San MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2004 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Reglamento de Conformacion del Consejo de Coordinacion Local del distrito de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 082-MSI, establece que la convocatoria de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el mencionado Consejo, sera efectuada por el MORDAZA a traves de un Decreto de Alcaldia que asi lo disponga; Que, es necesario establecer el cronograma del MORDAZA electoral a que se contrae el parrafo anterior, todo ello con la finalidad de poder concretar el MORDAZA democratico de eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el acotado Consejo; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la convocatoria de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local, de acuerdo al detalle que se establece en el anexo adjunto al presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Comunicaciones, Participacion Vecinal y Proyectos Especiales y a la Subgerencia de Participacion Vecinal de esta Corporacion Edil. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 13765

publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promotores del desarrollo integral, de la economia local y de la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales; Que, los gobiernos locales promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa, a traves de planes de desarrollo economico local, conforme lo dispone el Articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo al numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.6 del articulo 83º del cuerpo legal MORDAZA mencionado, son funciones de las Municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales y profesionales, asi como flexibilizar y simplificar los procedimientos de obtencion de licencias y permisos en el ambito de su jurisdiccion, sin obviar las normas tecnicas de seguridad, por lo tanto es necesario reglamentar el otorgamiento y correcto funcionamiento de establecimientos en general, asi como aquellos que por su naturaleza requieran de mayor supervision a fin de cautelar la tranquilidad, seguridad y bienestar de los vecinos del distrito; Estando a lo dictaminado por la Comision Permanente de Asuntos Juridicos y Promocion Empresarial mediante Dictamen Nº 25-2004-CPAJPE/MDSMP, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal integrado por el MORDAZA MORDAZA senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte y de los senores Regidores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ORDENANZA: Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento para el otorgamiento de Autorizacion Municipal de Funcionamiento a establecimientos comerciales, industriales, profesionales y/o de servicios que consta de diez (10) Capitulos, cincuenta y nueve (59) articulos y cinco (5) Disposiciones Finales; que forman parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- AUTORICESE al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte normas complementarias para la correcta aplicacion de la disposicion municipal. Articulo Tercero.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 03699-MDSMP y todas las disposiciones que se opongan a la presente disposicion municipal. Articulo Cuarto.- INCORPORESE en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, los procedimientos contenidos en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y Gerencia de Promocion del Desarrollo Economico Local, su cumplimiento y correcta aplicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA Y AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO A ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, PROFESIONALES Y/O DE SERVICIOS. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La presente Ordenanza regula los procedimientos administrativos para la obtencion de la Licencia Municipal de Funcionamiento Permanente, Provisional, Duplicado de Certificado, Cese de Actividades, Ampliacion del Giro autorizado, Ampliacion de Horario, segun la activi-

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban Reglamento para otorgar Autorizacion Municipal de Funcionamiento a establecimientos comerciales, industriales, profesionales y/o de servicios
ORDENANZA Nº 099-MDSMP San MORDAZA de Porres, 10 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, cuyos articulos I, II, VII, VIII, X del Titulo Preliminar, Capitulo II del Titulo V y la Decimo Sexta Disposicion Complementaria, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho

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