Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2004 (23/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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la misma, deberan presentar las declaraciones determinativas y efectuar sus pagos en efectivo o mediante cheque, en la Red Bancaria autorizada por la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, de corresponder. La MORDAZA de las declaraciones informativas, pago mediante documentos valorados, interposicion de procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como la realizacion de todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, deberan efectuarse en la dependencia de la SUNAT de su jurisdiccion o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la misma. Articulo 3º.- La SUNAT notificara el contenido de la presente resolucion a los contribuyentes senalados en los anexos. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de agosto del 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 13767

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Designan Comision Calificadora Especial encargada de los procesos de contratacion de personal de unidades ejecutoras de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA - Provincias
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 152-2004-PRES
MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2004 VISTOS; el D.S. Nº 022-2003-ED, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 333-2004-PRES; y, CONSIDERANDO; Que, por Ley Nº 28128 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al ano fiscal 2004, en el que se comprende las transferencias del Gobierno Nacional para los Gobiernos Regionales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Decimo Septima Disposicion Final de la Ley Nº 28128, se autorizo al Poder Ejecutivo, para que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economia y Finanzas, apruebe las modificaciones presupuestales referidas, entre otros, al traslado de las Direcciones Regionales de MORDAZA y Callao, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2004-EF se autorizan modificaciones en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Educacion y de los Gobiernos de la Region MORDAZA y Callao, para el ejercicio presupuestal 2004, a fin de efectuar transferencias de recursos, denominado tecnicamente como Transferencia de Partidas entre Pliegos, conforme se precisa en el articulo 38º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado- y articulos 24º y 25º de la Directiva Nº 002-2004-EF/76.01 Directiva para la aprobacion, ejecucion y control del MORDAZA presupuestario de los Gobiernos Regionales para el ano fiscal 2004, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF/76.01; Que, las referidas modificaciones presupuestarias se autorizan en el nivel institucional en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004 con cargo a los saldos presupuestales al Primer Trimestre 2004 de las Unidades Ejecutoras: 008 USE 08-CANETE, 009 USE 09-HUAURA, 010 USE 010-HUARAL, 011 USE 011-CAJATAMBO, 012 USE 012CANTA, 013 USE 013-YAUYOS, 014-USE 014-OYON, 015 USE 015-HUAROCHIRI y 016 USE 016-BARRANCA, asi como tambien de la Unidad Ejecutora 031 Direccion Regional de Educacion de Lima- Provincias y Unidad Ejecutora 019 Colegio Militar MORDAZA MORDAZA del Pliego 010 del Ministerio de Educacion, hasta por la suma de 186'628,449.00 nuevos soles, por toda fuente de financiamiento, destinada a los pliegos de la Seccion Segunda: Instancias Descentralizadas, Gobier-

no Regional de MORDAZA y Gobierno Regional del Callao, correspondiendo al Pliego 463: Gobierno Regional MORDAZA, la suma ascendente a 181'628,449.00 nuevos soles, por toda fuente de financiamiento conforme se indica en el Anexo Nº 01 del mencionado dispositivo; Que, el articulo 20º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, senala que la Presidencia Regional es el organo ejecutivo del Gobierno Regional, recae en el Presidente Regional, quien es la MORDAZA autoridad de su jurisdiccion, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional; Que, habiendose efectuado la incorporacion del Pliego Presupuestal del sector Educacion al Gobierno Regional de MORDAZA a traves de la Direccion Regional de Educacion de Lima-Provincias, conforme a las normas y fundamentos MORDAZA expuestos, la Presidencia Regional asume la titularidad del Pliego correspondiente conforme a lo dispuesto por la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que los Directores Regionales son responsables de la implementacion y ejecucion de las politicas nacionales sectoriales y de las politicas regionales sectoriales en el ambito regional; Que, por el Decreto Supremo de Vistos, se creo la Direccion Regional de Educacion de Lima-Provincias, cuyo ambito jurisdiccional comprende el departamento de MORDAZA, excepto la provincia de MORDAZA, disponiendo, asimismo, la adecuacion de las Unidades de Servicios Educativos de su ambito, bajo la denominacion de Unidades de Gestion Educativa Local; Que, por la Resolucion Ejecutiva Regional de Vistos, se aprobo la modificacion de la estructura organica del Gobierno Regional de MORDAZA incorporando a las Direcciones Regionales Sectoriales, entre estas la del sector Educacion, a la estructura del Gobierno Regional de MORDAZA y por ende a las nueve (9) Unidades de Gestion Educativa que la conforman; Que, es atribucion del Presidente Regional dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus organos ejecutivos, administrativos y tecnicos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso t) del articulo 47º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, es funcion del Gobierno Regional en materia de Educacion, la de articular, asesorar y monitorear en el MORDAZA administrativo a las unidades de gestion local; Que, es politica de gestion de este Gobierno Regional la transparencia, eficiencia y concordancia de las politicas regionales con las politicas nacionales de Estado, encontrandose entre estas la de monitorear en el MORDAZA administrativo a las unidades de gestion local -actuales Unidades de Gestion Educativas Locales (UGEL'S)-, incluso en lo referente a la contratacion de su personal, bajo cualquier modalidad contractual -al ser estas unidades ejecutoras- incluyendo a la unidad ejecutora de la Direccion Regional de Educacion de Lima-Provincias, todas dependientes del Pliego Presupuestal cuyo titular es el Presidente Regional del Gobierno Regional de Lima; En este sentido, le corresponde al Gobierno Regional revisar y evaluar las propuestas de contratos, bajo cualquier modalidad contractual, del personal de las unidades ejecutoras correspondientes a las nueve (09) Unidades de Gestion Educativa que componen la Direccion Regional de Educacion de Lima-Provincias, mas la unidad ejecutora correspondiente a la Direccion Regional de Educacion de Lima-Provincias, realizar los procesos de seleccion para la contratacion de personal de las mismas, tramitar los resultados de los procesos de seleccion a los diferentes Jefes de las unidades ejecutoras acotadas para la elaboracion de los contratos y sus correspondiente suscripcion; y, finalmente, revisar y evaluar los contratos de personal, en sus diferentes modalidades, asi como sus antecedentes suscritos en las diez (10) unidades ejecutoras acotadas desde el 1º de enero del 2004 hasta la fecha; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y la visacion de la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lima; En ejercicio de las atribuciones contenidas en el inciso a) y v) del articulo 21º y en el inciso t) del articulo 47º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la Comision Calificadora Especial encargada de: 1. Revisar y evaluar las propuestas de contratos de personal, en sus diferentes modalidades contractuales, de las diez

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