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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G31/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de julio de 2004 legalmente constituidos en la región y representantes de los familiares de las personas con discapacidad por defi-ciencia mental legalmente constituido; Que, es atribución del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, crear el Consejo Regional de In-tegración de la Persona con Discapacidad, COREDIS; paraestablecer las políticas públicas a favor del desarrollo eintegración de las personas con discapacidad y sus fami-liares en la región; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín en Sesión Ordinaria del día 10 de junio del dos milcuatro, en la ciudad de Lamas, de conformidad con las fa-cultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Re-gionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 yel Reglamento Interno del Consejo Regional aprobó la nor-ma regional siguiente: En consecuencia;Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:Artículo Primero.- APROBAR la creación del Consejo Regional de Integración de la Persona con Discapacidadde la Región San Martín - COREDIS. Artículo Segundo.- Encárguese al señor Presidente Regional Max Henrry Ramírez García, la reglamentaciónde la presente Ordenanza Regional vía Decreto Regionalcon el voto aprobatorio del Directorio de Gerentes Regio-nales del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto cualquier norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 13791 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 012-2004-GRSM/CR Moyobamba, 5 de julio de 2004 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197ºy 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi-cado por la Ley de Reforma Constitucional del CapítuloXIV Del Título IV, sobre Descentralización -Ley Nº 27680-,la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, laLey Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-,su modificatoria - Ley Nº 27902, el Reglamento Interno delConsejo Regional del Gobierno Regional de San Martín ydemás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 022-2004- GRSM/CR, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y Re-glamento de Organización y Funciones - ROF del Gobier-no Regional de San Martín; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento Territorial ha elaborado el Cua-dro para Asignación de Personal -CAP- de la Sede Centraly Oficinas Zonales del Gobierno Regional de San Martín,en el que se ha considerado los cargos necesarios quecada unidad orgánica necesita para su funcionamiento ycumplimiento de sus fines y objetivos, cargos que deberánser ocupados de acuerdo a la disponibilidad presupuestal; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regio- nal del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ex-traordinaria de fecha 18 de junio del dos mil cuatro, en laciudad de Tarapoto y a lo dispuesto por la Ley Orgánica deGobiernos Regionales; Ha tomado el Acuerdo Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asigna-ción de Personal - CAP de la Sede Central y de las Oficinas Zonales del Gobierno Regional de San Martín, que constade 232 cargos para la Sede Central, 40 cargos para la Ofici-na Zonal de Tarapoto, 9 cargos para la Aldea Infantil Virgendel Pilar y 40 cargos para cada Oficina Zonal de Rioja, La-mas, El Dorado, Picota, Bellavista, Mariscal Cáceres, Hua-llaga y Tocache, con un total de 601 cargos previstos y queen 12 folios rubricados al margen forma parte del presente. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 13743 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G45/G6C /G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G4E/G69/G63/G61/G72/G61/G67/G75/G61/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G73/G65/G72/G76/G61/G72 /G65/G78/G70/G65/G72/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G72/G65/G6C/G65/G76/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G65/G64/G75/G2D /G63/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 013-2004-GRSM/CR Moyobamba, 12 de julio de 2004 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197ºy 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi-cado por la Ley de Reforma Constitucional del CapítuloXIV del Título IV, sobre Descentralización -Ley 27680, laLey de Bases de la Descentralización -Ley Nº 27783-, LaLey Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-,su modificatoria -Ley Nº 27902-, el Reglamento Interno delConsejo Regional del Gobierno Regional de San Martín ydemás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el inciso u) del artículo 7º Capítulo I, Título II del Consejo Regional, es atribución delConsejo Regional autorizar los viajes al extranjero de losmiembros del Consejo Regional y del Ejecutivo; Que mediante documentos de fechas 16 de junio 2004 y 6 de julio 2004, la Agencia para el Desarrollo Interna-cional, ha cursado invitación al señor Presidente para queparticipe conjuntamente con el Dr. Hugo Mercedes Ramí-rez Sosa, Gerente Regional de Desarrollo Social, Prof. JuanTejada Dávila, Subgerente de Educación y Desarrollo Hu-mano, Prof. José Natividad Linarez Valles, Director Regio-nal de Educación, Prof. Nazario Grandes Aguilar, Directorde la Unidad de Gestión Educativa Local de San Martín,Prof. Benito Amacifen Cobos, Director de la Unidad deGestión Educativa Local Mariscal Cáceres y Prof. LinderSilva Calvo, Director de la Unidad de Gestión EducativaTocache, para visitar las Repúblicas de El Salvador y Ni-caragua, desde el domingo 18 hasta el sábado 24 de juliodel año en curso, a fin de poder observar experiencias re-levantes de gestión educativa descentralizada; Que, el objetivo de dicha visita forma parte de las acti- vidades de USAID/Perú en el marco del Programa Apren-Des, para apoyar al Gobierno Peruano en la Descentrali-zación de la educación, la gestión local de programas deeducación básica de calidad y prácticas democráticas enáreas rurales de la Región San Martín; Que, el Presidente Regional Sr. Max Henrry Ramírez García, ha desistido de su participación a dicho viaje, pormotivos de trabajo; Que, el Consejo Regional ha autorizado al Dr. Hugo Mercedes Ramírez Sosa, Gerente Regional de DesarrolloSocial, Prof. Juan Tejada Dávila, Subgerente de Educacióny Desarrollo Humano, Prof. Natividad Linarez Valles, Di-rector Regional de Educación, Prof. Nazario Grandes Agui-lar, Director de la Unidad de Gestión Educativa Local deSan Martín, Prof. Benito Amacifen Cobos, Director de laUnidad de Gestión Educativa Local Mariscal Cáceres yProf. Linder Silva Calvo, Director de la Unidad de GestiónEducativa Tocache, para que participen en la visita a ElSalvador y Nicaragua; Que, los gastos que genere el citado viaje serán asumi- dos en su totalidad por USAID a través de AprenDes;