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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G31/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de julio de 2004 VISTO: El Informe de la Subgerencia de la Administración Tri- butaria Nº 144-2004-SGAT-GAR/MDB de fecha 6 de juliodel 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado modificado por la Ley Nº 27680 establece que losGobiernos Locales tienen autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme el numeral 3.6 del artículo 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función especí-fica exclusiva de las Municipalidades Distritales, otorgarLicencias para la apertura de establecimientos comercia-les industriales y profesionales; Que, las disposiciones Municipales de carácter tempo- ral constituyen medidas de emergencia que se dictan conla finalidad garantizar el correcto funcionamiento de losestablecimientos comerciales, industriales y de servicios;así como la tranquilidad y seguridad ciudadana; Que, las medidas de emergencia deben estar sujetas a evaluación permanente, aplicándose los correctivos deacuerdo al impacto social que ellas generen; Que, en ese sentido necesario modificar parcialmente el artículo primero de la Ordenanza Nº 106-MDB, que sus-pende el otorgamiento de la autorización municipal de fun-cionamiento en los alrededores de la plaza de armas, a finde que se consignen determinados giros comerciales quesí, estén acordes a desarrollarse en la zona; Que, en el ejercicio de las facultades que confiere la Ley Orgánica de Municipalidades, es preciso regular el otor-gamiento de autorizaciones municipales de funcionamientoen los alrededores de la Plaza de Armas del distrito, a efec-tos de garantizar la tranquilidad del vecindario; Conforme, las atribuciones que confiere en Inc. 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; por UNANIMIDAD se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA PARCIALMENTE EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA Nº 106-MDB, QUE SUSPENDE EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO EN LOS ALREDEDORES DE LA PLAZA DE ARMAS DEL DISTRITO, QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA Artículo Primero.- Suspéndase temporalmente el otorga- miento de la Autorización Municipal de Funcionamiento en losalrededores de la Plaza de Armas del distrito de Breña, loscuales comprenden la cuadra 8 del Jr. Aguarico, cuadras 7 y 8del Jr. Fulgencio Valdez, cuadra 10 de la Av. Arica y cuadra 8del Jr. Recuay. Con excepción de los siguientes giros comer-ciales, los cuales podrán desarrollarse en la zona señalada: - Bodegas, Panaderías, Lecherías, Florerías. - Farmacias, Librerías, Antigüedades, Artesanías.- Bancos Sucursales.- Financieras de Crédito.- Internet, Mensajería.- Bibliotecas, Centros de Información. POR TANTO:Mando, se registre, publique y cumpla.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 13679 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G46/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G45/G6C/G61/G2D/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 086 La Molina, 12 de julio del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINAVisto; en Sesión Ordinaria de Concejo del 8 de julio del 2004, el Dictamen Nº 017 emitido por la Comisión conjuntade Asuntos Jurídicos y de Participación Vecinal, Educa-ción Cultura y Deportes, del 5 de julio del 2004; respecto alproyecto de la Ordenanza Marco para la formulación, ela-boración y aprobación del Presupuesto Participativo parael año 2005 de la Municipalidad de La Molina; y en uso delas atribuciones conferidas por los Artículos 9º numeral 8)y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, PorUNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobacióndel Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MARCO QUE REGULA EL PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA FORMULACIÓN Y ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL PARA EL AÑO 2005 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA Artículo Primero.- Regulación del Proceso Parti- cipativo.- El proceso participativo para la formulación y ela- boración del Presupuesto Institucional de la MunicipalidadDistrital de La Molina para el ejercicio fiscal 2005 se rige porlas disposiciones contenidas en la Ley Marco del Presu-puesto Participativo Nº 28056, su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 017-2003-EF, en la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, en la Ordenanza Nº 082 del 7 dejunio de 2004, en lo dispuesto por la presente Ordenanza yen las demás normas legales pertinentes. Artículo Segundo.- Instancias del Proceso Parti- cipativo.- Para los efectos del proceso participativo dispuesto en la presente Ordenanza, la primera instancia estará cons-tituida por la Junta de Delegados Vecinales, la misma quedeberá estar conformada por los representantes de las aso-ciaciones y organizaciones vecinales, juntas vecinales, or-ganizaciones sociales de base, organizaciones comunalesy cualquier otro tipo de organización o institución del distritoque promueva el desarrollo local y que se encuentre previa-mente inscritas en el Registro de Agentes Participantes que,para tal efecto, abrirá la Gerencia de Participación Vecinal yServicios Sociales de la municipalidad. En la Junta de Delegados Vecinales podrán participar también los residentes del distrito inscritos en el RegistroComplementario al que alude la Ordenanza Nº 082, deacuerdo a los mecanismos que serán determinados porDecreto de Alcaldía. La segunda instancia está constituida por el Consejo de Coordinación Local Distrital quien desarrolla sus fun-ciones conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades y laOrdenanza sobre la materia. Artículo Tercero.- Agentes Participantes.- Son aque- llos considerados en la Ley Marco del Presupuesto Participa-tivo y su Reglamento, quienes tienen participación plena, estoes, voz y voto en las discusiones y decisiones en el procesoparticipativo a que alude la presente Ordenanza. La munici-palidad realizará todas las acciones necesarias para promo-ver la asistencia y participación de los agentes participantes. Los vecinos no inscritos en el Registro Complementa- rio a que se refiere el Artículo Segundo de la presente Or-denanza que asistan en forma individual a los talleres po-drán participar sólo con derecho a voz. Artículo Cuarto.- Equipo Técnico.- El proceso parti- cipativo descrito en la presente Ordenanza contará con elapoyo de un Equipo Técnico, conformado por los funciona-rios municipales que tienen participación directa en la ges-tión administrativa, técnica y de gobierno de la municipali-dad. Estará integrada por: - El Gerente General, quien la presidirá. - El Asesor de Alcaldía.- El Gerente de Planeamiento y Presupuesto.- El Gerente de Participación Vecinal y Servicios So- ciales. - El Gerente de Desarrollo Urbano.- El Gerente de Servicios a la Ciudad.- El Gerente de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. Artículo Quinto.- Talleres de Trabajo.- Los talleres de trabajo que se señalan en la Ley Marco del PresupuestoParticipativo y su Reglamento serán organizados por el Equi-po Técnico de la Municipalidad Distrital de La Molina a quealude el artículo precedente, de acuerdo al cronograma queserá establecido y aprobado por Decreto de Alcaldía. Los talleres estarán integrados por los representantes de las asociaciones y organizaciones vecinales, institucio-nes y cualquier otra forma de organización de nivel distritaldebidamente inscritos en los correspondientes registros,