Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (01/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G35/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de junio de 2004 to de esta Superintendencia, con las justificaciones del caso, con una anticipación no menor de quince (15) díascalendario. Tratándose de la apertura, deberá indicarse las actividades que desarrollará la oficina, la ubicación y di- rección y la dependencia organizacional y funcional. 11. Disposiciones Finales 11.1 Para efectos de la presente circular, en caso de haber discrepancia entre las diferentes clasificaciones deriesgo, se considerará la más baja otorgada por las empre- sas clasificadoras de riesgo. 11.2 El traslado de las oficinas, a que alude el numeral 3 de la presente Circular, sólo puede referirse al área de influencia geográfica y económica indicada en el Anexo A “Perfil de Fac- tibilidad Económica” elaborado por la empresa para la apertu-ra o conversión de la oficina a trasladar. Cuando el movimiento de oficina deba realizarse fuera del área de influencia antes señalada, se considerará como cierre y apertura de oficinarespectivamente. 11.3 Asimismo, las comunicaciones y solicitudes de uso de locales compartidos, son independientes y adicionales, según corresponda, a las comunicaciones y solicitudes de apertura, conversión y traslado de oficinas. 11.4 Las empresas del sistema financiero y de seguros deberán tener permanentemente actualizado y a disposi- ción de esta Superintendencia, cuando se les requiera, su “Plan Anual de apertura, conversión, traslado y cierre de oficinas” , el mismo que deberá contar con la correspon- diente aprobación del órgano social correspondiente. El referido plan deberá comprender el número de oficinas que la empresa pretende establecer, convertir, trasladar y/o cerrar en el curso del año, con indicación de la categoría del establecimiento, su ubicación geográfica, su área de influen- cia geográfica, fecha probable de inicio de operaciones, inver- sión prevista y en caso aplique, si será compartida o no. 11.5 Asimismo, las empresas deberán remitir dentro de los primeros quince (15) días calendario del mes de enero de cada año, un inventario de las oficinas en funcionamiento, con indica- ción del tipo de oficina (señalando si supervisa otras oficinas o es dependiente y si lleva o no contabilidad propia), ubicación y direc- ción, teléfono, fecha de apertura, número de empleados, opera- ciones que realiza (en el caso de oficinas especiales), si es un local compartido y con qué empresa o empresas lo comparte, número y fecha de la resolución autoritativa expedida por esta Superintendencia. 11.6 Dentro de los siete (7) días calendario de formalizada la apertura, traslado, conversión o cierre de las oficinas o utili- zación de locales compartidos, las empresas deberán repor- tar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el “Mo- vimiento de Oficinas”, Anexo B de la presente Circular. 12. Disposición Transitoria Las Cajas Rurales de Ahorro y Crédito, Cajas Munici- pales de Ahorro y Crédito, Cajas Municipales de Crédito Popular y EDPYMES, en tanto no les sea de aplicación obligatoria la clasificación dispuesta por el artículo 136º de la Ley General, se regirán para la apertura, traslado, con- versión y cierre de oficinas y uso de locales compartidos por el procedimiento regular dispuesto en esta Circular, con excepción de lo señalado en el numeral 3.1.2. 13. Vigencia Las disposiciones de la presente Circular entran en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano, quedando sin efecto la Circular Nº B-1996- 97, F-339-97, S-569-97, EAF-163-97, CM-184-97, CR-60- 97 y EDPYME-13-97 del 29 de setiembre de 1997. Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros ANEXO A PERFIL DE FACTIBILIDAD ECONÓMICA Deberá contener como mínimo la siguiente información: 1. Área de influencia geográfica y económica de la ofi- cina propuesta. Se indicará además la ubicación y direc- ción del inmueble donde funcionará la oficina. 2. Población total y población económicamente activa de la zona de operación. 1 3. Evolución del mercado de dinero y ahorro durante los últimos dos (2) años, así como una estimación de laparticipación de la oficina propuesta en dicho mercado. Parael caso de empresas de seguros, estudio del desarrollo del mercado de seguros en la zona a ubicarse, con una retros- pectiva de dos (2) años. 1 4. Operaciones y servicios que se pretende realizar así como la indicación de los sistemas electrónicos de datos a utilizarse. 5. Organigrama funcional y cuadro de necesidades de perso- nal, indicando la dependencia orgánica de la oficina en mención, así como las oficinas bajo su responsabilidad de ser el caso. 6. Proyección de estados financieros y punto de equili- brio por un período no menor de dos (2) años. 1 ANEXO B MOVIMIENTO DE OFICINAS NOMBRE DE LA EMPRESA .......................... CÓDIGO DE LA EMPRE- SA............... CODIGO DE LA OFICI- NA.................. I. Tipo de movimiento autorizado (marcar con aspa el recuadro correspondiente) Tipo de Oficina Movimiento Apertura Conversión Traslado Cierre Oficina Principal Agencia Sucursal Oficina Especial II. Local compartido Local compartido Nombre de la empresa/s con la que se comparte el local Tipo de oficina III. Autorización de la S.B.S. Resolución S.B.S. Nº : Fecha: Fecha de notificación: IV. Datos de la oficina autorizada Fecha de ejecución del movimiento de oficina: UBICACIÓN NUEV A OFICINA ANTERIOR OFICINA (*) País(**) Departamento Provincia Distrito Urbanización Dirección Teléfono (*) Sólo en caso de traslados (**)Sólo en caso de sucursales V.- Organización funcional de la oficina Oficina supervisora o dependiente de la oficina Lleva o no su propia contabilidad Número de personal que labora en la oficina autorizada GERENTE GENERAL CONTADOR GENERAL Reg. Nº .................. 1Estos aspectos no serán considerados cuando se trate de la apertura de oficinas espe- ciales temporales. 10193 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INABEC /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C /G49/G4E/G41/G42/G45/G43/G2C/G20/G6F/G72/G69/G65/G6E/G74/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G4C/G75/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G43/G61/G6C/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 093-JI-INABEC/2004 San Borja, 25 de mayo de 2004