Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2004 (01/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, martes 1 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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recuperacion onerosa", la misma que forma parte integrante del presente Decreto y consta de diez (10) articulos. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, a traves de todas sus Subgerencias, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 10324

tres (3) Disposiciones Complementarias; que forman parte de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- El presente Reglamento rige el funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres (CCLD-SMP). Articulo 2º.- El Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres es un organo de coordinacion y concertacion entre las autoridades de la Municipalidad y representantes de la sociedad civil para el desarrollo integral del distrito. Articulo 3º.- El Consejo de Coordinacion Local Distrital San MORDAZA de Porres se constituye de acuerdo a lo establecido por el Capitulo III Articulos 102º, 103º, 104º y 105º de la Ley 27972 "Ley Organica de Municipalidades" y Ordenanza Nº 524 del Concejo Metropolitano de Lima. CAPITULO II DE SU CONFORMACION Articulo 4º.- El Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres esta conformado por el MORDAZA, los trece (13) regidores distritales y seis (6) representantes de la sociedad civil de la circunscripcion del distrito. Articulo 5º.- El MORDAZA preside el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres. Puede delegar tal funcion al MORDAZA MORDAZA u otro regidor. Articulo 6º.- Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA Porres, son elegidos democraticamente por un periodo de dos anos. CAPITULO III DE LA INSTALACION Y SESIONES Articulo 7º.- Para la instalacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres se requiere de la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros; es decir, deberan asistir 11 personas como minimo. Articulo 8º.- Las convocatorias a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres las realiza el MORDAZA, se efectuan por escrito indicando hora, fecha, dia y agenda a tratar, de acuerdo a las normas internas que rigen para la Municipalidad. Articulo 9º.- Las sesiones ordinarias o extraordinarias del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres se efectuaran en el local de la Municipalidad, o en el lugar que se indique en la convocatoria. Articulo 10º.- El Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres se reune ordinariamente dos (2) veces al ano para coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo del Distrito. Sus miembros tienen derecho a voz y voto. Articulo 11º.- Cuando no exista acuerdos por consenso, se pasara a una votacion nominal; los acuerdos se tomaran por mayoria simple de sus miembros. Articulo 12º.- Las sesiones ordinarias que el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres tendra en el ano, seran para: 1. Coordinar, concertar y proponer el Presupuesto Participativo Distrital sobre la base del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado. 2. Informar y Evaluar los avances en forma mensual, trimestral y anual, del MORDAZA de ejecucion del Presupuesto Participativo, Plan de Desarrollo, de acuerdo a las directivas del organo correspondiente. Articulo 13º .- Se reunen en forma extraordinaria cuando lo convoque el MORDAZA, o cuando lo solicite el 50% de los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres. CAPITULO IV DE SUS FUNCIONES Articulo 14º.- Corresponde al Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA Nº 098-2004-MDSMP San MORDAZA de Porres, 30 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, concordante con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, define a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promotores del desarrollo integral, de la economia local y de la prestacion de sus servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales; Que, el articulo 102º de la Ley Nº 27972, regula la organizacion y estructura del Consejo de Coordinacion Local Distrital que esta constituido por el MORDAZA, quien lo preside, pudiendo delegar tal funcion en el MORDAZA MORDAZA, los regidores distritales y los representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Juntas de Vecinales, Gremios de Trabajadores, de Empresarios y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, como un organo de coordinacion y concentracion de las municipalidades distritales; Que, el articulo 104º de la Ley Nº 27972, establece las funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital, senalando como una de sus funciones la de coordinar y participar en la programacion del Presupuesto Participativo Distrital y el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado; Que, por Ordenanza Nº 061-MDSMP de fecha 28 de agos, to del 2003 se aprueban las disposiciones para el MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, y convoca a elecciones de los seis representantes de la Sociedad Civil para su integracion al Consejo de Coordinacion Local Distrital; Que, el Consejo de Coordinacion Local Distrital es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, se rige por el Reglamento aprobado por Ordenanza Distrital, durante el primer trimestre de su funcionamiento, a propuesta del Consejo de Coordinacion Local Distrital de conformidad con el articulo 105º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades. Que, de acuerdo al numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 419-2004-GAJ/MDSMP., y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por Mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, ha expedido el siguiente: REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES Articulo Unico.- Apruebese el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Porres, que consta de seis (6) Capitulos, veintidos (22) articulos y

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