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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (01/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G35/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de junio de 2004 1. Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Munici- pal Concertado y el Presupuesto Participativo del Distrito conforme a lo normado en la Ley Nº 28056 Ley del Presu- puesto Participativo y su Reglamento 2. Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos locales. 3. Proponer Convenios de cooperación distrital para la prestación de servicios públicos. 4. Promover la formación de fondos de inversión como estímulo a la inversión privada, en apoyo del desarrolloeconómico local sostenible. 5. Promover la participación ciudadana para el desa- rrollo local integral del distrito. 6. Proponer el Plan de Desarrollo de Capacidades para la sociedad civil del distrito. 7. Promover la vigilancia y control ciudadano de la ges- tión local, de acuerdo a las normas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la del Código de Etica de la Función Pública. 8. Otros que le encargue o solicite el Concejo Municipal. Artículo 15º.- El Consejo de Coordinación Local Distri- tal de San Martín de Porres no ejerce funciones ni actos de gobierno. Artículo 16º.- Para un mejor cumplimiento de sus funcio- nes, los miembros del Consejo de Coordinación Local Distri- tal de San Martín de Porres podrán solicitar y recibir repuesta por escrito de la información necesaria, a los funcionarios dela Municipalidad, a través de la Secretaría General. Artículo 17º.- Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín dePorres podrán asistir a las sesiones del Concejo Municipal. Artículo 18º.- Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martínde Porres serán anotadas en un Libro de Actas, abierto y llevado por la Secretaría General de la Municipalidad. CAPÍTULO V DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Artículo 19º.- Los miembros del Consejo de Coordina- ción Local Distrital de San Martín de Porres tienen los si- guientes derechos: 1. Presentar de forma individual o colectiva al Consejo de Coordinación Local Distrital San Martín de Porres las opiniones y propuestas por escrito, las cuales deberán ser debatidas en las sesiones. 2. Participar en comisiones de trabajo que fueran nece- sarias para cumplir con las funciones del Consejo de Co- ordinación Local Distrital de San Martín de Porres y otrasque el Concejo Municipal le encargue y/o solicite. 3. Recoger las opiniones y necesidades de los ciuda- danos y las organizaciones de la sociedad civil, y presen-tarlas en las sesiones del Concejo Municipal. 4. Establecer de manera permanente medios y/o ins- trumentos que permitan el ejercicio de las funciones seña-ladas en la norma y de nexo con la población en general. Artículo 20º.- Los miembros del Consejo de Coordina- ción Local Distrital de San Martín de Porres tienen las si- guientes obligaciones: 1. Cumplir las condiciones y compromisos asumidos en el C.C.L. de San Martín de Porres. 2. Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín dePorres y del Concejo Municipal que fueran convocados. 3. Coordinar con los representantes de la sociedad ci- vil para recoger las opiniones y llevarlas a las sesiones delConsejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres y al Concejo Municipal. 4. Informar de manera periódica a las organizaciones de la sociedad civil sobre el funcionamiento, propuestas y avances realizados en el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres. CAPÍTULO VI DE LA VACANCIA DEL MANDATO DEL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL Artículo 21º.- El mandato de representante de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Mar- tín de Porres pierde su condición por las siguientes causales: 1. Muerte, 2. Renuncia expresa ante la autoridad municipal,3. Incapacidad física y/o mental permanente, 4. Cambio de domicilio fuera del distrito, 5. Por el tiempo que dure el mandato de detención. Artículo 22º.- El representante de la sociedad civil de- signado en remplazo, de producirse una vacancia, sólo completará el período correspondiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres, asumen sus fun- ciones desde la fecha de su instalación. Segunda.- Se da facultades al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones necesarias para asegurar el me- jor cumplimiento de lo normado por el presente reglamento. Tercera.- En todo lo no previsto, se aplicará de forma suple- toria la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley de Participa- ción Ciudadana y normas conexas a las funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres. 10349 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 150 Villa María del Triunfo, 22 de mayo del 2004EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22.MAYO.2004, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Was- hington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señoresRegidores Dr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. EudaldoViches Silva, Sr. David Romero Ríos, Sr. Moisés Félix Olazá- bal, Dr. Elías Vara Franco, Sr. José Guerra Velásquez, Sr. Wil- fredo Bazán Ramírez y Sr. Carlos Mejía Escajadillo; se tratósobre aprobación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, habiéndose efectuado un diagnóstico completo de la realidad distrital y acorde con sus propias características con- templadas en el Plan de Desarrollo Integral, se ha procedido ala elaboración de la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distri- tal de Villa María del Triunfo; adecuándose asimismo a los al-cances de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, en Sesión de la fecha se ha debatido el contenido de dichos instrumentos de gestión, por lo que correspondeemitirse la respectiva Disposición Municipal aprobándolos; De conformidad con los Art. 40º, Inc. 3) y 40º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; con el Dictamenfavorable de la Comisión de Economía, Planificación y Pre- supuesto; con el voto Mayoritario de los señores Regido- res; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta,se ha emitido la siguiente : ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, la misma que en Anexo Nº 01 debidamente sellada y rubrica- da, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento de Or- ganización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo - Anexo Nº 02 - el mismo que, enfolios 125 debidamente sellados y rubricados, forma parte integrante de esta Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde