Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2004 (01/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, martes 1 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Memorando Nº 234-OA-INABEC-2004, de la Oficina de Administracion; CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros comunica que como consecuencia del descuento que dicho Organismo efectua a la Asignacion Especial que le corresponde al senor Presidente Constitucional de la Republica del Peru, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun Decreto de Urgencia Nº 1262001, publicado el 23 de noviembre de 2001, se ha efectuado un aporte dinerario al Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, mediante la entrega de un cheque depositado en nuestra Cuenta Corriente del Banco de la Nacion Nº 00-000-293253, consistente en la suma de S/. 16,800.00 (Dieciseis Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles). Que, dicho aporte dinerario esta orientado a financiar los estudios de los trabajadores de la Federacion Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado del Peru y sus familiares hasta el MORDAZA grado de consanguinidad, segun lo estipulado en el Reglamento respectivo; Que, el mencionado Fondo ha continuado incrementandose con los sucesivos aportes dinerarios del senor Presidente Constitucional de la Republica del Peru, doctor MORDAZA MORDAZA Manrique; Que, la mision del INABEC es contribuir al desarrollo social del MORDAZA, promoviendo la formacion, actualizacion y perfeccionamiento de los estudiantes con limitados recursos economicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, el Decreto Ley Nº 21547 - Ley Organica del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo-INABEC, su modificatoria Ley Nº 28075 y su Reglamento aprobado por Resolucion Jefatural Nº 041-JI/INABEC/2001; con visaciones de la Subjefatura Institucional, Oficina de Asesoramiento Institucional, Oficina de Administracion, Direccion de Credito Educativo, Area de Asesoria Juridica y Area de Presupuesto y Planificacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar la donacion producto del aporte dinerario efectuada por el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente Constitucional de la Republica del Peru, de la suma de S/.16,800.00 (Dieciseis Mil Ochocientos y 00/100), para los fines senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente Constitucional de la Republica del Peru, a la Oficina de Administracion del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC y a la Federacion Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa 10358

Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a los que se refiere el articulo 57º de la Ley, asi como el tercer parrafo del articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01492-EM, modificado por Ley Nº 27341, Decreto de Urgencia Nº 003-2001 y Decreto Legislativo Nº 913, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 0102002-EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 0324-2004-INACC-DGDV ha determinado que por el mes de MORDAZA del 2004, el monto total a distribuir es de US $ 813,313.12 (Ochocientos Trece Mil Trescientos Trece y 12/100 Dolares Americanos) y S/. 11,470.04 (Once Mil Cuatrocientos Setenta y 04/100 Nuevos Soles) efectuandose ajustes por un monto que asciende a US $ 40,181.79 (Cuarenta Mil Ciento Ochenta y Uno y 79/100 Dolares Americanos), resultando un importe neto a distribuir de US $ 773,131.33 (Setecientos Setenta y Tres Mil Ciento Treinta y Uno y 33/100 Dolares Americanos) y S/. 11,470.04 (Once Mil Cuatrocientos Setenta y 04/100 Nuevos Soles); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, correspondiente al mes de MORDAZA del 2004, de la siguiente manera:
Entidades Gob. Loc. Provincial Gob. Loc. Distrital Extrema Pobreza INACC MEM TOTAL Total a Distribuir US$ 162,662.62 162,662.62 284,659.60 S/. Deducciones US$ S/. Neto a Distribuir US$ S/.

2,294.01 -19,877.61 0.00 142,785.01 2,294.01 2,294.01 -7,535.32 0.00 155,127.30 2,294.01 4,014.52 -7,492.99 0.00 277,166.61 4,014.52 1,147.00 -2,110.35 0.00 79,220.96 1,147.00 1,147.00 -2,110.35 0.00 79,220.96 1,147.00 573.50 -1,055.17 0.00 39,610.49 573.50

INGEMMET 81,331.31 81,331.31 40,665.66

INACC
Asignan montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros y de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros, correspondiente al mes de MORDAZA de 2004
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1959-2004-INACC/J MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2004 Visto; el Informe Nº 0324-2004-INACC-DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 26 de MORDAZA del 2004, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 041-2004-EM/DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de

813,313.12 11,470.04 -40,181.79 0.00 773,131.33 11,470.04

(*) Ver Anexos Nºs. 1 y 2. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 0412004-EM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES: DERECHO DE VIGENCIA DE MINAS De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, el Art. 1º del D.U. Nº 036-95 y el D.L. Nº 913, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de MORDAZA del 2004 a las siguientes Municipalidades Provinciales:

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