Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2004 (10/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de junio de 2004

15 al 20 y 30 de setiembre de 2003, los dias 3, 4 y 5 de octubre de 2003, los dias 8, 9, 10, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de noviembre de 2003, desde el dia 2 hasta el 16 de diciembre de 2003, asi como los dias 1, 2, 3, 4, 5, 6, 10, 11, 12 y 13 de enero de 2004, conforme se desprende del record laboral del mencionado servidor, elaborado por el Jefe del Area de Recursos Humanos del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial -Canete; consecuentemente, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria incumplido a sus obligaciones de concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos, conforme a lo dispuesto en los incisos a) y c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, incurriendo en presuntas faltas administrativas de caracter disciplinarias tipificadas en los incisos a) y k) del articulo 28º del acotado dispositivo legal; Que, en consecuencia, se ha evidenciado que los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agentes de Seguridad Penitenciaria del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial -Canete de la Direccion Regional MORDAZA, habrian transgredido lo establecido en los articulos 10º y 39º (inciso b) del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los Trabajadores del INPE, aprobado por Resolucion de la Presidencia Nº 503-98-INPE-CR-P y lo previsto en los incisos a) y c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, incurriendo en presuntas faltas administrativas previstas en los incisos a) y k) del articulo 28º del acotado dispositivo Legal; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contandose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, Oficinas Generales de Asesoria Juridica y de Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 037-2004JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente de Seguridad Penitenciaria, Nivel STE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente de Seguridad Penitenciaria, Nivel STC, ambos servidores del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial -Canete de la Direccion Regional MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa respectiva de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a los precitados servidores, a traves de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario, a efectos de que presenten sus descargos ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el termino de ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 10951

Centro Nacional de Control de Calidad, Oficina General de Administracion y Oficina Ejecutiva de Logistica, referidos a la urgente necesidad en la adquisicion de Reactivos, Insumos y Material de Laboratorio que ostentan la condicion de Bienes y/o Productos que no admiten sustitutos; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, tiene como mision la promocion, el desarrollo y la difusion de la investigacion cientifica y tecnologica y la prestacion de servicios de salud en los MORDAZA de la salud publica, el control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, la alimentacion y nutricion y la produccion de biologicos, con la finalidad de desarrollar y difundir la investigacion cientifica y tecnologica en salud, nutricion, salud ocupacional y proteccion del ambiente centrado en la salud de las personas y la salud intercultural, para contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion, en tal sentido, se requiere de determinados bienes y/o productos que aseguren el logro de los objetivos programados para el presente ejercicio presupuestal; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 012-2004-JOPD/INS del 12 de enero de 2004, modificada por Resolucion Jefatural Nº 329-2004-J-OPD/INS del 13 de MORDAZA del 2004, se aprueba y modifica el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud, para el Ejercicio Presupuestal del ano 2004, en el cual se ha programado la adquisicion de los bienes y/o productos que no admiten sustitutos; Que, con Informe Nº 317-2004-OEL-OGA/INS, la Oficina Ejecutiva de Logistica consolida el valor referencial de los bienes y/o productos considerados No Sustitutos, que deben ser adquiridos en forma urgente por la Institucion, por un monto de S/. 116,712.77 (Ciento Dieciseis Mil Setecientos Doce con 77/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios; Que, mediante Memorando Nº 054-2004-DE-OEPPIOGAT/INS la Direccion Ejecutiva de Planificacion, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoria Tecnica, precisa que existe la correspondiente disponibilidad presupuestal para atender las adquisiciones solicitadas, con cargo a la fuente de financiamiento MORDAZA senalada; Que, del Memorando Nº 376/2004-DG-CNCC-INS, evacuado por el Director General del Centro Nacional de Control de Calidad, se desprende que por sus caracteristicas tecnicas y debido a la estandarizacion de las metodologias de investigacion, diagnostico, control de calidad, entre otras, se requiere la adquisicion de bienes y/o productos que no pueden ser sustituidos por otros bienes existentes en el mercado; Que, mediante Informe Nº 239-2004-OGAJ/INS, la Oficina General de Asesoria Juridica determina, en funcion a la informacion precedente, que los bienes detallados en el Memorando Nº 376/2004-DG-CNCC-INS cumplen con lo establecido en el literal f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 012-2001-PCM, para ser exonerados de su correspondiente MORDAZA de Licitacion Publica, toda vez que dichos bienes y/o productos no admiten sustitutos en el mercado; Que, estando a los Informes tecnico y legal precedentes, se debera proceder de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es decir, a adquirir dichos bienes mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, asimismo, de conformidad con el articulo 34º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 013-2001-PCM, la autoridad competente debera designar un Comite Especial que se encargue de realizar la adquisicion exonerada mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia correspondiente, debido a la complejidad y monto involucrado en el mismo; Con la visacion de las Direcciones Generales del Centro Nacional de Control de Calidad y Oficina General de Administracion; y, En uso de las atribuciones establecidas en el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA;

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Autorizan adquirir reactivos, insumos y material de laboratorio, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 393-2004-J-OPD/INS
MORDAZA, 4 de junio del 2004 Visto el Memorando Nº 658-2004-DG-OGA/INS, Informe Nº 317-2004-OEL-OGA/INS, Memorando Nº 376/2004DG-CNCC-INS, emitidos por los Directores Generales del

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