Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2004 (18/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de junio de 2004

entendida en terminos de capacidad de financiacion..., asimismo, el literal d), de la referida MORDAZA dispone: " se debera especificar la Fuente de Financiamiento de todo dispositivo legal que autorice gastos no previstos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector publico, bajo sancion de nulidad de los actos que se deriven de la aplicacion de los dispositivos legales" situaciones que implicarian la presunta transgresion de las normas presupuestales anotadas, al MORDAZA de legalidad, la presuncion de la veracidad, para lograr que el Ministerio de Economia y Finanzas apruebe su solicitud lo cual ha conllevado a que exista quiebre financiero en la Institucion por las deficiencias y gestion inadecuada de los fondos como las consecuencias economicas, sociales y laborales que con dichos actos se generan; En adicion a lo MORDAZA expuesto, mediante Oficio Nº 2922004-HAMA/DE-OEPE del 5 de MORDAZA 2004, el Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA Auxiliadora informa la problematica del establecimiento adjuntando un resumen de gestion a MORDAZA 2004, solicitando apoyo presupuestal por una suma total de S/ . 6'112,989.00, lo cual denota la critica situacion del Centro Hospitalario; Que, en este contexto resulta necesario traer a colacion lo establecido en el articulo 17º de la Ley Nº 28128 que establece, es responsabilidad exclusiva del Titular de la entidad y de los funcionarios que lo autoricen, que la ejecucion del gasto publico se efectue de conformidad con las Directivas que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico de acuerdo a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209, en el MORDAZA de los Principios de Legalidad, de Centralizacion Normativa y Descentralizacion Operativa y Presuncion de Veracidad; Que, en lo concerniente a la documentacion acopiada respecto a la Supervision realizada a la Direccion General de Recursos Humanos del MINSA al Hospital MORDAZA Auxiliadora, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur precisa que, durante los meses de enero, febrero y marzo 2004 se ha incrementado el numero de Guardias Hospitalarias de 403 a 957 para los profesionales medicos, asi como, se ha programado a mayor numero de medicos para la realizacion de guardias hospitalarias con relacion al mes de enero, no teniendo el sustento tecnico ni autorizacion presupuestal respectiva, sumandose a ello, que no cuenta con el financiamiento presupuestal de la Oficina General de Presupuesto del Ministerio de Salud; por otro lado, el mes de marzo 2004 se ha incrementado el pago de 3.98 a 19.52 AETAS por medico en mas del 600%; y numero de dias de productividad de 9.5 a 12.8 por trabajador desde el mes de marzo del 2004; igualmente, ha reducido la bolsa de viveres de S/. 300.00 a S/. 267.00 y en el mes de MORDAZA a S/. 254.08 con relacion a su Declaracion Jurada nominal de programacion de incentivos para el ano 2004 en la que programa pagos de productividad de S/. 300.00 a S/. 475.00, bolsa de viveres S/. 258.83, alimentacion S/. 89.37, la misma que es presentada a las instancias superiores como son la Contraloria General de la Republica, Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, y tambien a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del MEF; ademas, se ha firmado un acta de compromiso para levantar la huelga indefinida convocada por el Sindicato de Trabajadores, habiendo aprobado los siguientes conceptos de pago: S/.100.00 de adelanto de bolsa de viveres para enero de 2004, S/. 90.00 para pago de productividad (3 horas sin laborar), S/. 10.00 por alimentos por unica vez, el mismo que con memorandum Nº 114-04-HAMA-OEPEDE de fecha 12 de marzo del 2004, es comunicado a la Oficina de Personal; Que, en cuanto a la documentacion acopiada respecto a la Supervision realizada por la Direccion General de Medicamentos al Hospital MORDAZA Auxiliadora, se observa un desabastecimiento del 28% y substock del 28% y un sobrestock de 44%, de un conjunto de 32 items trazadores, ocasionados por falta de ejecucion de compras o pagos a los compromisos efectuados en los procesos de seleccion (Compra Nacional y Compra Regional) debido a un limitado techo presupuestal o un calendario mensual asignado de S/. 100,000.00 pese a la solicitud reiterada de la Jefatura de Farmacia hacia la Direccion para la ampliacion del techo presupuestal, estas solicitudes datan desde el 28 de febrero al 20 de MORDAZA 2004. Estos hechos habrian ocurrido por el desconocimiento por parte de los funcionarios y servidores involucrados en el manejo del Fondo Rotatorio y de los procesos administrativos de su competencia originando desabastecimiento y deudas en medicinas, no obstante contar con los recursos economicos para cubrirlos en forma adecuada, poniendo en grave riesgo el tratamiento de los pacientes de la institucion, en especial aquellos en pobreza extrema del SIS;

Que, por las consideraciones precedentemente vertidas, estos hechos, por su gravedad ameritan ser dilucidados dentro del respectivo MORDAZA administrativo disciplinario que establece el ordenamiento legal vigente respecto a la eventual responsabilidad que le pudiera asistir al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA Auxiliadora, nivel F-4, al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Administrativo, nivel F-3, como a los funcionarios y servidores que resulten comprendidos en la realizacion de estos hechos, quienes habrian infringido las obligaciones previstas en los incisos a) b), d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, consistentes en cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos, y conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno, hechos que constituirian presuntas falta administrativa contenidas en el articulo 9º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en los literales a), d) y e) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado con D.S. Nº 005-90-PCM: Art. 154º; Estando a lo recomendado en el Informe Nº 002-2004-CEPAD/DISA II MORDAZA Sur de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; En ejercicio de las atribuciones conferidas mediante el articulo 12º de la Resolucion Ministerial Nº 885-2003-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA Auxiliadora, nivel F-4 y al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Administrativo, nivel F-3, ambos del Hospital MORDAZA Auxiliadora, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Conceder al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion, a fin que presente su descargo escrito y las pruebas que estime convenientes para su defensa ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur. Articulo 3º.- Poner a disposicion de la Oficina de Personal a los funcionarios comprendidos en el primer articulo. Articulo 4º.- Remitir los antecedentes administrativos generados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur para que se pronuncie respecto de los demas servidores comprendidos en el Informe de vistos. Articulo 5º.- Notificar a los interesados con arreglo a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Salud II MORDAZA Sur 11602

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador de PROVIAS NACIONAL, PROVIAS DEPARTAMENTAL y PROVIAS RURAL iniciar acciones a fin de oponerse a medida cautelar dispuesta por el 23º Juzgado Especializado en lo Laboral de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 447-2004-MTC/02 MORDAZA, 14 de junio de 2004

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