Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2004 (18/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de junio de 2004

Aprueban MORDAZA Tecnica Nº 010MINSA/INS-V.01, "Lineamientos de Nutricion Infantil"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 610-2004/MINSA MORDAZA, 15 de junio del 2004 Visto el Oficio Nº 2527-2003-J-OPD/INS, del Instituto Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que dentro de los lineamientos de la politica del Sector para el periodo 2002-2012, se encuentran como objetivos estrategicos, la promocion de la salud, la educacion para la mejora de la alimentacion de calidad, la reduccion de la morbi-mortalidad infantil, la atencion integral de la salud y la democratizacion de la salud , principalmente en los sectores mas pobres; Que la nutricion infantil, en relacion con la salud, es materia de atencion prioritaria por el Sector, pues segun los datos de la Encuesta Nacional de Demografia y Salud 2000, la anemia nutricional afecta a mas del 49% de la poblacion infantil menor a 5 anos y, la desnutricion cronica o retardo en el crecimiento infantil afecta en un 25.4% a la poblacion menor de 5 anos; Que en tal sentido, el Centro Nacional de Alimentacion y Nutricion (CENAN) del Instituto Nacional de Salud, ha elaborado la MORDAZA Tecnica: " Lineamientos de Nutricion Infantil", cuya finalidad es desarrollar las actividades educativas orientadas al cambio de comportamiento alimentario y nutricional del MORDAZA y MORDAZA menor de 24 meses, para contribuir con la recuperacion o mantenimiento de su adecuado estado nutricional; Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Salud, la Direccion General de Salud de las Personas y la Direccion General de Promocion de la Salud; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA Tecnica Nº 010-MINSA/ INS - V.01: "Lineamientos de Nutricion Infantil", que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Establecer que el Instituto Nacional de Salud, a traves del Centro Nacional de Alimentacion y Nutricion (CENAN), la Direccion General de Salud de las Personas y la Direccion General de Promocion de Salud, son responsables de la difusion e implementacion de la mencionada MORDAZA Tecnica. Articulo 3º.- Disponer que las Direcciones de Salud, a nivel nacional, son responsables del cumplimiento de la citada MORDAZA Tecnica en el ambito de su jurisdiccion. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de dicha MORDAZA Tecnica en la pagina web del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11487

MID/MINSA que adjunta el Informe Tecnico sobre situaciones especiales que justifican la adquisicion de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales emitido por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 1028-2002- SA/ DM del 21 de junio del 2002 se aprobo el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, disponiendose que las Direcciones de Salud, hospitales, institutos especializados realicen sus adquisiciones de medicamentos en el MORDAZA del Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 181-99-SA/DM del 9 de MORDAZA de 1999, se establecieron las situaciones especiales que justificaban la prescripcion y adquisicion de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, indicandose el procedimiento a realizarse; Que de acuerdo a lo expresado en el Informe Tecnico emitido por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas-DIGEMID, existen situaciones especiales no contempladas en la Resolucion Ministerial Nº 181-99-SA/ DM, las cuales justifican que otros medicamentos no incluidos en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales puedan ser adquiridos y usados; Que es necesario garantizar que la adquisicion y uso de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, no propicie un consumo irracional de los mismos; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Las Direcciones de Salud, hospitales e institutos especializados podran adquirir medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales en casos debidamente justificados y unicamente de acuerdo al procedimiento contenido en los articulos que se indican en la presente resolucion. Articulo 2º.- Los Comites Farmacologicos de las Direcciones de Salud, hospitales e institutos especializados, evaluaran y aprobaran las solicitudes de adquisicion de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales presentadas por uno o mas prescriptores de los establecimientos de salud o por el profesional Quimico Farmaceutico, responsable de la Direccion de Medicamentos, Departamento o Servicio de Farmacia, segun corresponda, quienes no deberan tener vinculo directo o indirecto con alguna empresa farmaceutica. La solicitud debera ser presentada de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº 01, el cual forma parte integrante de la presente resolucion, para los siguientes casos debidamente justificados: a) Reaccion adversa que determine la suspension del medicamento en el MORDAZA e inexistencia de otra alternativa en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales; b) MORDAZA terapeutica y carencia de alternativa en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales; c) Enfermedad o situacion clinica no cubierta por los medicamentos del Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales; d) Contraindicaciones a todas las alternativas que se disponen en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales; y, e) Necesidad de una via de administracion alterna no considerada en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales. Las Direcciones de Medicamentos, Departamentos y Servicios de Farmacia de las Direcciones de Salud, hospitales e institutos especializados, segun corresponda, seran responsables de solicitar la adquisicion de los medicamentos autorizados para su compra al MORDAZA de la presente resolucion y elaborar el informe bimestral utilizando el formato indicado en el Anexo Nº 02, el cual forma parte integrante de la presente resolucion, adjuntando como sustento MORDAZA de la solicitud contenida en el Anexo Nº 01, debidamente aprobada.

Establecen procedimiento para la adquisicion de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 611-2004/MINSA MORDAZA, 15 de junio del 2004 Visto el Oficio Nº 2275-2003-DG-URM-DEAUM-DIGEMID/MINSA y Oficio Nº 331-2004-DG-URM-DEAUM-DIGE-

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