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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (18/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G38/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 18 de junio de 2004 SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la inclusión del proceso de selección detallado en el Anexo Nº 01: "PROCESO DE SELECCIÓN INCLUIDO EN EL PLAN ANUAL DE ADQUI-SICIONES Y CONTRATACIONES" y la exclusión del proce- so de selección detallado en el Anexo Nº 02: "PROCESO DE SELECCIÓN EXCLUIDO DEL PLAN ANUAL DE ADQUISI-CIONES Y CONTRATACIONES" del Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Administración Central del Mi- nisterio de Salud, para el ejercicio presupuestal 2004, los mis-mos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Administración informe al Consejo Superior de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa (PROMPYME), sobre la modificación del Plan Anual den-tro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Administración ponga al alcance del público interesado enrevisar o adquirir el Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones modificado al valor de su reproducción en la Ofi- cina de Programación y Adquisiciones, y editar en la pági-na web de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11491 /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G76/G65/G6E/G74/G6F/G72/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G4D/G61/G72/GED/G61/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G64/G6F/G72/G61/G2C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G49/G49/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G53/G75/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 638-2004/MINSA Lima, 17 de junio del 2004 Visto el Oficio Nº 214-2004-DG/DISA-II-LS del Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur; CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 0294-04-DISA-II-LS/DG, de fecha 17 de junio de 2004, se ha instaurado proceso adminis- trativo disciplinario al Dr. Julio ESPINOZA JIMÉNEZ, Director Ejecutivo, Nivel F-4 y al Ing. Hermias Cancio CORILLA GAL-VÁN, Director Administrativo, Nivel F-3, del Hospital María Auxi- liadora, de la Dirección de Salud II Lima Sur, por la comisión de graves faltas administrativas en el desempeño de sus funciones,habiéndoseles puesto a disposición de la Oficina Ejecutiva de Personal de la indicada Dirección de Salud, en tanto se dilucida la responsabilidad de ambos funcionarios, de acuerdo a lo estable-cido en el artículo 172º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que compete a la Autoridad de Salud asegurar que la mar- cha administrativa y asistencial de sus establecimientos de salud se desarrolle dentro de los cauces de eficiencia y eficacia, privile- giando la atención del paciente usuarios de sus servicios; y, De conformidad con el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión Interventora en el Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, la que estará integrada por los siguientes funcionarios: - Doctor Luis Alberto FUENTES TAFUR, quien tendrá a cargo las funciones de la Dirección Ejecutiva; - Doctora Nilda Edith OSORIO MOSQUEIRA, quien tendrá a cargo las funciones de la Dirección Adjunta; y, - Señora Doris Aurora PADILLA CONDE, quien tendrá a cargo las funciones de la Dirección Administrativa. Artículo 2º.- La Comisión emitirá un Informe sobre el estado situacional administrativo y asistencial del Hospital María Auxiliadora en el plazo de 45 días calendario.Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación Encargado de la Cartera de Salud 11603 /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G79/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G4D/G61/G72/GED/G61/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G64/G6F/G72/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0294-04-DISA-II-LS/DG Barranco, 17 de junio del 2004 VISTO: El Informe Nº 002-2004-CEPAD/DISA II-LS de fecha 17 de junio de 2004 emitido por la Comisión Especial de Pro-cesos Administrativos Disciplinarios de la Dirección de Salud II Lima Sur. CONSIDERANDO: Que, mediante el de vistos, la Comisión Especial de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios de la Dirección de Sa- lud II Lima Sur, informa a la Dirección General de la Direc- ción de Salud II Lima Sur que, en su sesión de fecha 16 de junio de 2004 ha procedido a calificar los hechos que se atribuyen al Dr. JULIO ESPINOZA JIMENEZ, Director Eje-cutivo del Hospital María Auxiliadora, contenidos en el Infor- me Nº 001-2004- SSC/RJSB/LMP de fecha 13 de mayo del 2004 remitido con el Oficio Nº 764-2004-DVM/MINSA, en elcual se precisa que, del 13 al 29 de abril 2004 el Director Ejecutivo del Hospital María Auxiliadora recurrió al Ministe- rio de Salud hasta en 4 oportunidades requiriendo el ApoyoPresupuestal por S/. 1´243,750.00, S/. 1´403,422.00 y S/. 3'465,817.46 nuevos soles para el pago de servicios no per- sonales, pago de subvenciones sociales, pago de compro-misos pendientes de bienes y servicios respectivamente, además del pago de las deudas del Seguro Integral de Sa- lud; pedidos que motivaron las supervisiones efectuadas alHospital María Auxiliadora por parte de las Oficinas Gene- rales y Direcciones Generales del Ministerio de Salud; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Dirección de Salud II Lima Sur, luego de la revisión de los documentos acopiados por las Oficinas Gene- rales y Direcciones Generales del Ministerio de Salud inheren-tes a las funciones relacionadas a la Oficina General de Pla- neamiento Estratégico establece que, el 13 de enero 2004, mediante Resolución Directoral Nº005-2004-HMA-DE recono-ció deudas contraídas durante el ejercicio presupuestal 2003 por Bienes y Servicios de agosto a diciembre de 2003 ascen- dente a S/. 1'899,000.00 nuevos soles; asimismo, con fecha de20 de enero del 2004 remite la propuesta de modificación pre- supuestaria de la Genérica de Gasto 3 Bienes y Servicios a la Genérica de Gasto 1 Personal y Obligaciones por un montoascendente a S/. 264,327.00 nuevos soles, luego el 6 de febre- ro del 2004 mediante Oficio Nº018-2004-HMA-DE-OEPE el Director Ejecutivo del Hospital María Auxiliadora solicita la trans-ferencia presupuestal para la creación de plazas médicas, afir- mando en ella con carácter de Declaración Jurada que dicha transferencia no desfinanciará el grupo Genérico de Gasto 3"Bienes y Servicios" para el año 2004; no obstante lo antes declarado, posteriormente, mediante Oficio Nº 233-2004-HAMA- DE-OEPE de fecha 13 de abril 2004 el Director Ejecutivo delHospital María Auxiliadora solicitó apoyo presupuestal por S/. 1'243,750.00 nuevos soles para atender el pago de deudas por Servicios No Personales desde el mes de julio 2003. Frente aestos hechos, la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud cuestionó los requerimientos formula- dos por el citado Director Ejecutivo quien, mediante su InformeNº 001-2004 de fecha 11 de mayo del 2004 manifestó "...que la transferencia era para financiar la creación de plazas de médi- cos cirujanos y que dicho financiamiento fue transferido de lasasignaciones de tarifas de servicios públicos" situación que contraviene el artículo 6º literal a) de la Ley Nº 28129 "Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público parael año 2004, que establece "se mantendrá durante la ejecución del presupuesto del sector público una situación de equilibrio,