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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G32/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizar el fu-turo abastecimiento de combustibles sobre la base de lalibre competencia; Que, mediante Ley Nº 26221 - Ley Orgánica de Hidro- carburos, se regulan las actividades de hidrocarburos enel territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-94-EM, de fe- cha 15 de marzo de 1994, se aprobó el Contrato de Licen-cia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote X, sus-crito entre PERUPETRO S.A. y Petróleos del Perú - PE-TROPERÚ S.A.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-96-EM, de fe- cha 16 de octubre de 1996, se aprobó la nueva confor-mación, extensión y delimitación del Lote X, ubicado en elNoroeste del Perú, entre las provincias de ContralmiranteVillar del departamento de Tumbes y Talara del departa-mento de Piura; así como la Modificación del Contrato deLicencia para la Explotación de Hidrocarburos en el LoteX; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-96-EM, de fe- cha 14 de diciembre de 1996, se aprobó la Cesión Total deParticipación en el Contrato de Licencia para la Explota-ción de Hidrocarburos en el Lote X, por parte de Petróleosdel Perú - PETROPERU S.A. a favor de PEREZ COMPANCDEL PERU S.A.; así como la modificación de dicho Con-trato; suscrita entre PERUPETRO S.A. y las citadas Em-presas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2000-EM, de fecha 10 de abril de 2000, se aprobó la Modificación delreferido Contrato de Licencia; suscrita entre PERUPETROS.A. y PEREZ COMPANC DEL PERU S.A.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2001-EM, de fecha 15 de junio de 2001, se aprobó la Modificación delcitado Contrato de Licencia; suscrita entre PERUPETROS.A. y PEREZ COMPANC DEL PERU S.A.; Que, como consecuencia de la adquisición del control accionario del grupo PEREZ COMPANC S.A., sociedadcontrolante de PECOM ENERGIA S.A., por parte de PE-TROLEO BRASILEIRO S.A., ejercido por intermedio dePETROBRAS PARTICIPACOES S.L., el 4 de abril de 2003se realizó la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de PE-COM ENERGIA S.A., en la que se acordó modificar la de-nominación social de PECOM ENERGIA S.A. por PETRO-BRAS ENERGIA S.A.; y, por consiguiente, la modificacióndel Artículo 1º de su Estatuto Social; Que, con fecha 16 de mayo de 2003, se realizó la Junta General de Accionistas de PEREZ COMPANC DEL PERUS.A., con el fin de cambiar la denominación social de PE-REZ COMPANC DEL PERU S.A. por la de PETROBRASENERGIA PERU S.A.; y, por consiguiente, modificar elArtículo 1º de su Estatuto Social; acto que quedó inscritoen la Partida Electrónica Nº 06006369 del Registro Públicode Hidrocarburos y en la Partida Electrónica Nº 11011797del Registro de Personas Jurídicas; Que, a partir del 1 de enero de 2003 el Platt's decidió descontinuar la publicación de las cotizaciones del Resi-dual 6 con 0.7% de azufre de la Costa del Golfo, cotizacio-nes que estaban establecidas en el Contrato de Licenciapara la Explotación de Hidrocarburos en el Lote X, comobase para calcular la regalía por el Gas Natural, no habien-do otra fuente disponible que publique esta cotización; Que, con el objeto de reemplazar las cotizaciones del Residual 6 con 0.7% de azufre de la Costa del Golfo e in-corporar el concepto de Precio Realizado, para determinar el Valor de la Producción Fiscalizada del Gas Natural en el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburosen el Lote X, se hace necesaria la adecuación del subacá-pite 8.4.2 del mencionado Contrato, en estricta aplicaciónde lo dispuesto en el Artículo 45º de la Ley Nº 26221, LeyOrgánica de Hidrocarburos, modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 27377, Ley de Actualización en Hidrocarbu- ros; Que, el Artículo 12º de la Ley Nº 26221, modificado por Ley Nº 27377, dispone que los Contratos, una vez aproba-dos y suscritos, sólo podrán ser modificados por acuerdoescrito entre las partes; y, que las modificaciones serán aprobadas por Decreto Supremo, refrendado por los Mi-nistros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas den-tro del plazo establecido en el Artículo 11º de la menciona-da Ley; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 026-2004, de fecha 5 de mayo de 2004, apro-bó el Proyecto de Modificación del Contrato de Licenciapara la Explotación de Hidrocarburos en el Lote X, eleván-dolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 26221 y Nº 27377; y, en uso de las atribuciones previstas en losnumerales 8 y 24 del Artículo 118º de la Constitución Polí-tica del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- De la aprobación de la modificación del Contrato de Licencia Aprobar la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote X, aprobadopor Decreto Supremo Nº 015-94-EM, y modificadosucesivamente por los Decretos Supremos Nº 033-96-EM,Nº 042-96-EM, Nº 006-2000-EM y Nº 027-2001-EM, a ce-lebrarse entre PERUPETRO S.A. y PETROBRAS ENER-GIA PERU S.A., con la intervención de PETROBRASENERGIA S.A. para efectos de ratificar la garantía corpo-rativa contenida en el Anexo "D" del referido Contrato deLicencia. Artículo 2º.- De la autorización para suscribir la modificación Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con PETRO- BRAS ENERGIA PERU S.A., con la intervención de PE-TROBRAS ENERGIA S.A., la Modificación del Contratode Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el LoteX, que se aprueba en el Artículo 1º del presente DecretoSupremo. Artículo 3º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Ener-gía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cuatro días del mes de junio del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas yEncargado de la cartera de Economía y Finanzas 12027 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65 /G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G45/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G48/G69/G64/G72/G6F/G63/G61/G72/G62/G75/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4C/G6F/G74/G65/G20/G49/G49/G49/G20/G2D/G20/G4E/G6F/G72/G6F/G65/G73/G74/G65 DECRETO SUPREMO Nº 021-2004-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizar el fu-turo abastecimiento de combustibles sobre la base de lalibre competencia; Que, mediante Ley Nº 26221 - Ley Orgánica de Hidro- carburos, se regulan las actividades de hidrocarburos enel territorio nacional; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 26221, establece que el Estado promueve el desarrollo de las actividades de Hi-drocarburos sobre la base de la libre competencia y el libreacceso a la actividad económica con la finalidad de lograrel bienestar de la persona humana y el desarrollo nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 177-92-EF, del 28 de octubre de 1992, se aprobó el Contrato de Operacionespor Hidrocarburos del Lote III, Noroeste, ubicado en laRegión Grau, el cual fue suscrito entre Petróleos del Perú -PETROPERU S.A. y PROPETSA - VISISA SERPET ASO-CIADOS, ASOCIADOS; Que, por Decreto Supremo Nº 32-95-EM, del 20 de oc- tubre de 1995, se aprobó la transferencia de participacionesen el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del LoteIII, Noroeste, efectuada por PROPETSA - VISISA SER-PET ASOCIADOS, ASOCIADOS a favor de Mercantile PerúOil & Gas S.A.; y, se adecuó el referido Contrato de Opera-ciones a las disposiciones de la Ley Nº 26221, bajo la for-ma de un Contrato de Licencia para la Explotación de Hi-drocarburos en el Lote III, Noroeste, suscrito entre PERU-