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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (25/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G32/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de junio de 2004 PETRO S.A., Mercantile Perú Oil & Gas S.A. y PROPET- SA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-97-EM, del 13 de agosto de 1997, se aprobó la Cesión del total de lasparticipaciones en el Contrato de Licencia para la Explota-ción de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, por parte dePROPETSA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIA-DOS a favor de Mercantile Perú Oil & Gas S.A. y la modifi-cación de dicho Contrato, suscrito entre PERUPETRO S.A.y las citadas Empresas; Que, por Decreto Supremo Nº 024-2001-EM, del 29 de mayo de 2001, se aprobó la Modificación del Contra-to de Licencia mencionado, incorporando una regalíamejorada para la producción incremental, la que fue sus-crita entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Perú Oil &Gas S.A.; Que, la Ley Nº 28109 - Ley para la Promoción de la Inversión en la Explotación de Recursos y Reservas Mar-ginales de Hidrocarburos a Nivel Nacional, dispuso quePERUPETRO S.A. propondría a los Contratistas la reduc-ción de la regalía acordada, debiendo presentar el Contra-tista, para tales efectos, un Programa de Trabajo con surespectivo presupuesto de inversiones y gastos, conformea lo señalado en los numerales 2 y 3 del Artículo 2º de lareferida Ley; Que, Mercantile Perú Oil & Gas S.A., mediante Carta Nº MPOG-GG-GT-118-2004, del 18 de marzo de 2004, pre-sentó a PERUPETRO S.A. su Programa de Trabajo y pre-supuesto, con la finalidad de acogerse al beneficio con-templado en la Ley Nº 28109; Que, las Comisiones de Trabajo de PERUPETRO S.A. y Mercantile Perú Oil & Gas S.A. llevaron a cabo reunionesa efectos de modificar el Contrato de Licencia para la Ex-plotación de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, bajolos alcances de la Ley Nº 28109; Que, el Artículo 12º de la Ley Nº 26221, modificado por la Ley Nº 27377 - Ley de Actualización en Hidrocarburos,dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos,sólo podrán ser modificados por acuerdo escrito entre laspartes; y, que las modificaciones serán aprobadas porDecreto Supremo, refrendado por los Ministros de Econo-mía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo es-tablecido en el Artículo 11º de la citada Ley; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 021-2004, de fecha 21 de abril de 2004, apro-bó el Proyecto de Modificación del Contrato de Licenciapara la Explotación de Hidrocarburos en el Lote III, No-roeste, elevándolo al Poder Ejecutivo para su considera-ción y respectiva aprobación; Que, en consecuencia, y de conformidad con el párrafo final del Artículo 2º de la Ley Nº 28109, el respectivo acuer-do modificatorio del Contrato de Licencia para la Explota-ción de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, deberá seraprobado por Decreto Supremo, conforme a lo indicadopor el Artículo 12º de la Ley Nº 26221, modificado por laLey Nº 27377; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º dela Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, modifi-cada por la Ley Nº 27377, Ley de Actualización en Hidro-carburos, y la Ley Nº 28109, Ley para la Promoción de laInversión en la Explotación de Recursos y Reservas Mar-ginales de Hidrocarburos a Nivel Nacional; DECRETA:Artículo 1º.- De la aprobación de la modificación del contrato Aprobar la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote III,Noroeste, aprobado por Decreto Supremo Nº 177-92-EF y sucesivamente modificado, por los Decretos Su-premos Nº 32-95-EM, Nº 015-97-EM y Nº 024-2001-EM, en aplicación a lo dispuesto en la Ley Nº 28109, acelebrarse entre PERUPETRO S.A. y Mercantile PerúOil & Gas S.A., con la intervención de Mercantile Inter-national Petroleum Inc. para efectos de ratificar la ga-rantía corporativa contenida en el Anexo “C-2C” del re-ferido Contrato de Licencia. Artículo 2º.- De la autorización para suscribir la modificación Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con Mercan- tile Perú Oil & Gas S.A., con la intervención de MercantileInternational Petroleum Inc., la modificación del Contratode Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el LoteIII, Noroeste, aprobado por el presente Decreto Supremo.Artículo 3º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Ener-gía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cuatro días del mes de junio del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minasy encargado de la Cartera deEconomía y Finanzas 12028 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65 /G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G45/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G48/G69/G64/G72/G6F/G63/G61/G72/G62/G75/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4C/G6F/G74/G65/G20/G49/G56/G20/G2D/G20/G4E/G6F/G72/G6F/G65/G73/G74/G65 DECRETO SUPREMO Nº 022-2004-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizar el fu-turo abastecimiento de combustibles sobre la base de lalibre competencia; Que, mediante Ley Nº 26221 - Ley Orgánica de Hidro- carburos, se regulan las actividades de hidrocarburos enel territorio nacional; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 26221, establece que el Estado promueve el desarrollo de las actividades de Hi-drocarburos sobre la base de la libre competencia y el libreacceso a la actividad económica con la finalidad de lograrel bienestar de la persona humana y el desarrollo nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 176-92-EF, del 28 de octubre de 1992, se aprobó el Contrato de Operacionespor Hidrocarburos del Lote IV, ubicado en el Noroeste delPerú, provincia de Talara, departamento de Piura; el cualfue suscrito entre Petróleos del Perú - PETROPERU S.A.y Compañía Petrolera Río Bravo S.A.; Que, el Decreto Supremo Nº 16-95-EM, del 19 de julio de 1995, autorizó la Transferencia de Participaciones en el Con-trato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote IV, efectua-da por Compañía Petrolera Río Bravo S.A. a favor de PanAmerican International Petroleum Corporation, Peruvian Bran-ch; y, se adecuó el referido Contrato de Operaciones a lasdisposiciones de la Ley Nº 26221, bajo la forma de un Contra-to de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el LoteIV, Noroeste, suscrito entre PERUPETRO S.A. y CompañíaPetrolera Río Bravo S.A. en asociación con Pan AmericanInternational Petroleum Corporation, Peruvian Branch; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2001-EM, del 29 de mayo de 2001, se aprobó la Modificación del Contrato deLicencia mencionado, incorporando una regalía mejorada parala producción incremental, la que fue suscrita por PERUPE-TRO S.A., Compañía Petrolera Río Bravo S.A. y Pan Ameri-can International Petroleum Corporation, Peruvian Branch; Que, el Decreto Supremo Nº 010-2003-EM, del 19 de marzo de 2003, aprobó la Modificación y Cesión de Posi-ción Contractual en el Contrato de Licencia para la Explota-ción de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, por parte dePan American International Petroleum Corporation, PeruvianBranch, a favor de Compañía Petrolera Río Bravo S.A., sus-crito entre PERUPETRO S.A. y las citadas empresas; Que, la Ley Nº 28109 - Ley para la Promoción de la Inver- sión en la Explotación de Recursos y Reservas Marginalesde Hidrocarburos a Nivel Nacional, dispuso que PERUPE-TRO S.A. propondría a los Contratistas la reducción de laregalía acordada, debiendo presentar el Contratista, para ta-les efectos, un Programa de Trabajo con su respectivo presu-puesto de inversiones y gastos, conforme a lo señalado enlos numerales 2 y 3 del Artículo 2º de la referida Ley; Que, Compañía Petrolera Río Bravo S.A., mediante Carta Nº RB-GG-GT-119-2004, del 18 de marzo de 2004,presentó a PERUPETRO S.A. su Programa de Trabajo ypresupuesto, con la finalidad de acogerse al beneficio con-templado en la Ley Nº 28109; Que, las Comisiones de Trabajo de PERUPETRO S.A. y Compañía Petrolera Río Bravo S.A. llevaron a cabo re-