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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G36/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 1 de marzo de 2004 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G61/G73/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G70/G6C/G61/G79/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 073 Santa Rosa, 31 de octubre de 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Se- sión Ordinaria Pública de la fecha, con dispensa del trámi-te de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado por unani-midad, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- APLÍCASE, para todo el año 2004, los montos del tributo establecido en la Ordenanza MunicipalNº 004-99-MDSR, de fecha 16 de enero de 1999 y modifi-cada por la Ordenanza Nº 005-99-MDSR, de fecha 2 defebrero de 1999, que crea las tasas de EstacionamientoVehicular, Parqueo; en las playas del distrito de Santa Rosa,publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 13 defebrero de 1999, habiendo sido ratificada, por Acuerdo deConcejo Metropolitano Nº 032-MML y por Acuerdo Metro-politano Nº 010 y para las siguientes temporadas.El importe por las tasas de estacionamiento vehicular en dichas ordenanzas son las siguientes: Estableciéndose por cada vehículo de transporte y cada media hora, en: Tipo de Unidad UIT% Tasa en S/. Automóviles 0.0326 1.00 Microbús 0.0664 2.00 Ómnibus 0.0969 3.00 Estableciéndose la tasa única de estacionamiento ve- hicular cuando se haga un uso del servicio mayor de cincohoras, por cada vehículo, de la siguiente manera: Tipo de Unidad UIT% Tasa en S/. Automóviles 0.3229 10.00 Microbús 0.6454 20.00 Ómnibus 0.9679 30.00 Artículo 2º.- ESTABLÉZCASE, que en el caso de in- cumplimiento del pago correspondiente por la prestaciónde servicio de parqueo vehicular, se procederá a aplicarcomo sanción el cobro de los intereses moratorios, los mis-mos que conjuntamente con la tasa serán exigidos coacti-vamente. Artículo 3º.- RATIFÍCASE, lo dispuesto por el artículo tercero de la Ordenanza Nº 057, respecto a la modifica-ción del artículo decimosegundo de la Ordenanza Nº 004-99-MDSR, sobre las inafectaciones, en la que se agrega elsiguiente párrafo final: "También están inafectos, los residentes del distrito Santa Rosa que hayan adquirido la calcomanía de promo-ción turística del año vigente".NÚMERO FACTOR VALOR PONDERADO ESTRUC. DISTRIBUCIÓN COSTO CATEGORÍA DE DE TOTAL POR % DEL COSTO UNITARIO PREDIOS PONDERACIÓN PREDIAL CATEGORÍA ANUAL SC4 4,882 2.0 613,990,052.07 1,227,980,104.15 0.7710 9,188,643.40 0.0150 SUBTOTAL 6,522 735,582,169.82 1,592,756,427.41 1.0000 11,918,166.09 SC5 298 0.0 595,234,301.50 0 0.0000 9,167,820.07 0.0150 TERRENOS 324 0.0 59,255,862.02 0 0.0000 0.00 ARB. MÍNIMO SUBTOTAL 622 654, 490,163.52 9,167,820.07 TOTAL 27,102 3,845,355,228.60 4,388,964,546.02 26,193,771.63 El Arbitrio de Seguridad Ciudadana que corresponderá pagar a cada contribuyente, será el resultado de la distribu- ción de los costos por este servicio prorrateados entre los sectores establecidos según intensidad de uso de los recur-sos, uso del predio y dentro de cada sector, distribuido según el valor predial. 04219 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU