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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G36/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 1 de marzo de 2004 Artículo 4º.- REMÍTASE, con los documentos perti- nentes, la presente Ordenanza Municipal, al Serviciode Administración Tributaria (SAT), a la Comisión deEconomía, Planificación y Presupuesto de la Munici-palidad Metropolitana de Lima y al Instituto Nacionalde Defensa de la Competencia y de la Protección de laPropiedad Intelectual - INDECOPI, para su conocimien-to y fines. Artículo 5º.- ENCÁRGASE, el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Dirección Municipal, Oficina de Ad-ministración y Oficina de Rentas, en lo que les fuere perti-nente. Artículo 6º.- DÉJASE, sin efecto alguno toda disposi- ción que se oponga a lo dispuesto por la presente Orde-nanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 04195 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D /G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2004-MPI Ilo, 12 de febrero del 2004 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de febrero del 2004, y considerando el Informe Nº 016-2004-LCP-MPI, Informe Nº 028-2004-LCP-MPI de la Unidad deLogística, Informe Nº 011-2004-PVL-MPI de la responsa-ble del Programa del Vaso de Leche e Informe LegalNº 046-04-GAL-MPI, se analizó la declaratoria de urgen-cia del insumo de Leche Evaporada de 410 gr. para el mesde febrero del 2004.CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 Art. 41º los Acuerdos son de-cisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específi-cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa lavoluntad del órgano de gobierno para practicar un determi-nado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, estando a lo normado por los artículos 19º, 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, así como por su Reglamento, Decreto SupremoNº 013-2001-PCM Art. 108º numeral 2, modificado por elDecreto Supremo Nº 079-2001-PCM Art. 3º, señala que lasituación de urgencia debe entenderse como una medidatemporal ante un hecho de excepción que determina unaacción rápida a fin de adquirir lo indispensable para paliar laurgencia, sin perjuicio que se realice el proceso de selec-ción respectivo para la adquisición respectiva; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM - Art. 20º literal c)- determina las moda-lidades de los procedimientos no sujetos a licitación pública,concurso público o adjudicación directa, se aprobaran medianteAcuerdo de Concejo, en el caso de los gobiernos locales; Estando a lo expuesto y a las facultades que contiene la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla-mento Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y con el votopor mayoría de los miembros del Pleno del Concejo; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en SITUACIÓN DE UR- GENCIA la adquisición del insumo leche evaporada de 410 gr.por el importe de S/. 6,260.45 nuevos soles, para el Programadel Vaso de Leche de la provincia de Ilo, por el término de unmes (febrero) del 2004, en tanto dure llevar a cabo el procesode selección que corresponda hasta la suscripción del contrato. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración adopte las medidas necesarias para garantizar laatención al Programa del Vaso de Leche, de conformidadcon la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Disponer se comunique el presente Acuerdo al Comité de Administración del Programa del Vasode Leche y a la Contraloría General de la República. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General la publi- cación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.JORGE A. MENDOZA PÉREZ Alcalde 04134 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU