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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2004 (04/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G39/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de marzo de 2004 025-OT-2004, el Departamento de Evaluación de Riesgos de Operación mediante Informe Nº 005-2004-DERO, laGerencia de Organización y Sistemas mediante InformeTécnico Nº 004-2004-DP, y el Departamento de Regula-ción mediante Informe Nº 089-2003-REG y Memorando Nº003-2004-REG; Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica, Gerencia de Riesgos,así como de la Gerencia de Organización y Sistemas; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al BNP Paribas Andes S.A. a realizar su procesamiento principal de información por la compañía BNP Paribas Servicios S.A., ubicada en la ciu- dad de Panamá, República de Panamá. Artículo Segundo.- La Unidad de Auditoría Interna del Banco deberá realizar anualmente, por lo menos, un exa-men a los servicios que serán provistos por la compañíaBNP Paribas Servicios S.A., en los términos señalados en la Circular Nº G-105-2002. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 04413 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G2D /G64/G61/G72/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G2D/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G72/G69 RESOLUCIÓN SBS Nº 251-2004 Lima, 24 de febrero de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA:La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado de la agen- cia ubicada en el Jr. Ramón Castilla Nº 490, distrito y pro- vincia de Huari, departamento de Ancash; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado solicita- do de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "B" mediante el Informe NºDESF "B" 030-OT/2004; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702 y sus modificatorias, Ley General del Sis- tema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica dela Superintendencia de Banca y Seguros; y la Circular NºB-1996-97; y en virtud de las facultades delegadas me-diante la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el tras- lado de la agencia ubicada en el Jr. Ramón Castilla Nº 490al Jr. San Martín Nº 1001-1003, distrito y provincia de Hua-ri, departamento de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 04403/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G4D/G61/G70/G66/G72/G65/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G56/G69/G64/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/G2D /GF1/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G61/G72/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G2D/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G2C/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G20/G79/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 265-2004 Lima, 25 de febrero de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por la empresa MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, para que se le autoriceel traslado de una de sus oficinas compartidas con MapfrePerú Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., ubicadaen Av. El Sol Nº 934, ciudad y departamento de Cusco; y,dos de sus oficinas ubicadas en pasaje Santa Elena Nº 147, distrito de San Carlos, ciudad de Huancayo, departa- mento de Junín; y, en Av. Inca Garcilaso de la Vega Nº1122-1156 y calle Acisclo Villarán Nº 331-333, cuarto piso,Nº 401, distrito de Cercado, provincia y departamento deLima; CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 2.1 de la Circular Nº S- 569-97, la empresa solicitante ha cumplido con comunicarpreviamente a esta Superintendencia el traslado de las ci-tadas oficinas; Que, mediante Resolución SBS Nº 511-2003, esta Su- perintendencia autorizó a dicha aseguradora la aperturade su oficina compartida con Mapfre Perú Compañía deSeguros y Reaseguros, ubicada en Av. El Sol Nº 934, ciu-dad y departamento de Cusco; Que, mediante Resolución SBS Nº 1073-2003, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida la apertura de su oficina ubicada en pasaje Santa Elena Nº 147, distri-to de San Carlos, ciudad de Huancayo, departamento deJunín; Que, mediante Resolución SBS Nº 625-2000, esta Superintendencia autorizó a Mapfre Perú Vida la aper- tura de su oficina ubicada en Av. Inca Garcilaso de la Vega Nº 1122-1156 y calle Acisclo Villarán Nº 331-333,cuarto piso Nº 401, distrito de Cercado, provincia y de-partamento de Lima; Estando a lo informado por el Departamento de Análi- sis y Supervisión del Sistema de Seguros "B", mediante Informe Nº 014-2004-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financie-ro y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin-tendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, laCircular Nº S-569-97; y, en virtud de la facultad delega- da mediante Resolución SBS Nº 003-98, del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, el traslado de su oficina com- partida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Rease- guros ubicada en Av. El Sol Nº 934, ciudad y departamentode Cusco; a la Av. El Sol Nº 988-A, ciudad y departamentode Cusco. Artículo Segundo.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, el traslado de su oficina ubi- cada en pasaje Santa Elena Nº 147, distrito de San Carlos, ciudad de Huancayo, departamento de Junín; a la Av. Gi-raldez Nº 285, Edificio Saint Michel, Oficina Nº 285, ciudadde Huancayo, departamento de Junín. Artículo Tercero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, el traslado de su oficina ubicada en Av. Inca Garcilaso de la Vega Nº 1122-1156 y calle Acisclo Villarán Nº 331-333, cuarto piso Nº 401,distrito de Cercado, provincia y departamento de Lima;a la Av. Inca Garcilaso de la Vega Nº 1168, cuarto piso,distrito de Cercado, provincia y departamento de Lima.