Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2004 (04/03/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

Pag. 263932

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2004
ANEXO Nº 2

ca podra enviar a OSINERG la informacion en diskettes u otro medio. 9. PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACION 9.1 OSINERG evaluara la veracidad y/o exactitud de la informacion reportada por la concesionaria acudiendo a los registros de los puntos de compra de energia, registro de las SET´s o centrales de generacion, segun sea el caso u otras evidencias pertinentes. 9.2 OSINERG podra instalar equipos registradores de interrupciones en las instalaciones de los usuarios del servicio publico a fin de verificar lo reportado por las empresas. El periodo de verificacion por usuario sera de por lo menos un mes. Los equipos seran instalados en lo posible por pares (redundante) para su cotejo. Las concesionarias no tendran conocimiento de los suministros elegidos para la instalacion de los equipos registrados de interrupcion. 9.3 Los reportes de los concesionarios seran validados con los registros obtenidos por los equipos u otros medios utilizados por OSINERG. 10. MULTAS El incumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva se considerara como infraccion correspondiendo aplicar sancion, de acuerdo a lo dispuesto en la Escala de Multas y Sanciones, aprobada por Resolucion de OSINERG Nº 028-2003-OS/CD o la que la sustituya. ANEXO Nº 1
Codigo de la empresa / sistema electrico Ano /mes Informacion requerida: Codigo Interrupcion (Debe ser el mismo que se registra en aplicacion del numeral 6 de la presente directiva y tambien debe ser el mismo al que se le asigna en aplicacion de la NTCSE) Codigo de instalacion causante de la interrupcion Fecha y Hora Inicio Interrupcion Fecha y Hora Fin de Interrupcion (Cuando se reponen a todos los afectados) Numero de usuarios afectados Demanda afectada kW (Estimado) Duracion de la interrupcion Naturaleza de la Interrupcion 1 Programada 2 No Programada 3 Rechazo de Carga 4 Fenomenos Naturales Actividad a la que pertenece la instalacion causante de la interrupcion 1 Distribucion 2 Transmision 3 Generacion Propiedad de la instalacion causante de la interrupcion 1 Propias 2 Terceros Codigo Causa de interrupcion (Sera alcanzada por la Gerencia de Fiscalizacion Electrica) Se Solicito Fuerza Mayor 1 Si 2 No MORDAZA de Proteccion que actuo 1 Interruptor 2 Cut - out 3 Seccionador 4 Rele distancia 5 Otros Codigo Componente donde se encuentra la Proteccion que actuo

Codigo de la empresa y sistema electrico Ano / Mes Informacion mensual requerida de indicadores CAIFI y CAIDI segun se indica: · · · · · · · · · · Interrupciones Programadas Interrupciones No Programadas Interrupciones por Rechazo de Carga Interrupciones atribuibles a instalaciones de Distribucion Interrupciones atribuibles a instalaciones de Transmision Interrupciones atribuibles a instalaciones de Generacion Interrupciones debido a causas propias Interrupciones debido a causas externas Interrupciones debido a causas climaticas Interrupciones donde se solicito fuerza mayor

Nota: La concesionaria reportara los indicadores CAIDI (Duracion Media de Interrupcion por Usuario) y CAIFI (Frecuencia Media de Interrupcion por Usuario) por cada sistema electrico y toda la concesion aplicando las siguientes formulas:

CAIDI
Donde: ti ui n N

=



n

t u
i ×

i

i =1

N

CAIFI

=



n

u

i

i =1

N

: Duracion de cada interrupcion : Numero de usuarios afectos en cada interrupcion : Numero de interrupciones del periodo. : Numero de usuarios del sistema electrico o concesionaria al final del periodo, segun corresponda.

04398

OSIPTEL
Aprueban inclusion de MORDAZA de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del OSIPTEL para el ejercicio 2004
ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 109-2004-GG/OSIPTEL MORDAZA, 27 de febrero de 2004 EXPEDIENTE MATERIA VISTO: El memorando interno Nº 016-GAF-IS/2004, de fecha 26 de febrero de 2004 del Area de Informatica y Sistema, respecto a la inclusion de la contratacion de servicios Internet en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de OSIPTEL 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 054-2004-GG/OSIPTEL de fecha 27 de enero de 2004, la MORDAZA autoridad administrativa aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para el ejercicio presupuestal 2004; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las inclusiones y Nº 00002-2004-GAF/PAA PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.