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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G39/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de marzo de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Urgencia la Contratación del Suministro de Alimentos Preparados porel período de sesenta (60) días calendario, a partir de lafecha de la presente Resolución, para los Establecimientos Penitenciarios de la Unidad Ejecutora Nº 003: Dirección Regional Norte Chiclayo, por haberse incrementado el costode la ración alimentaria del interno de S/. 2.70 a S/. 3.50nuevos soles en el Presupuesto de 2004 del Instituto Na-cional Penitenciario, así como por el cambio de la entregade los alimentos preparados en reemplazo de alimentos crudos, y por los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa de la presente resolución, sin perjuicio de quese realicen los procesos de selección correspondientes. Artículo 2º.- EXONERAR a la Unidad Ejecutora Nº 003: Dirección Regional Norte Chiclayo, del requisito de Licita-ción Pública para la adquisición de alimentos preparados a que se refiere el artículo primero de la presente Resolu- ción. Artículo 3º.- AUTORIZAR la adquisición del Suministro de Alimentos Preparados para los internos y para el perso-nal de Seguridad, que prestan servicios las 24 horas con-secutivas en los Establecimientos Penitenciarios de la Uni- dad Ejecutora Nº 003: Dirección Regional Norte Chiclayo por la suma de S/. 1'083,010.00 (Un Millón Cero Ochenta yTres Mil Cero Diez con 00/100), con cargo a la fuente definanciamiento de Recursos Ordinarios; mientras dure laSituación de Urgencia, deben adquirir los alimentos prepa-rados mediante procesos de adjudicación de Menor Cuan- tía, según corresponda, con estricta observancia a las dis- posiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de laLey Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, adoptando todas las me- didas que permitan asegurar la transparencia del proceso. Bajo responsabilidad. Artículo 4º.- DISPONER la remisión de una copia de la misma y los Informes Técnicos Legales que sustentan lapresente Resolución a la Contraloría General de la Repú-blica, dentro del plazo de (10) diez días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación, que dispone el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 04457 OSINERG /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G72/G65/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F /G64/G65/G20/G22/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G45/G6C/GE9/G63/G2D /G74/G72/G69/G63/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 043-2004-OS/CD Lima, 26 de febrero del 2004 VISTO: La solicitud de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica me- diante Memorando Nº GFE-140-2004 remitido a la GerenciaGeneral del Organismo Supervisor de la Inversión en Ener-gía - OSINERG y el Informe Legal Nº 027-2004-OS/GFE. CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Regu-ladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, en-tre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva dedictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su respec-tiva competencia, los reglamentos de los procedimientos asu cargo, normas de carácter general referidas a activida- des supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 22º del Reglamento General de OSI- NERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la función normativa de carácter ge-neral es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Di-rectivo a través de resoluciones; Que, según lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucio-nal de OSINERG, el Consejo Directivo está facultado paraaprobar procedimientos administrativos vinculados, entreotros, a la Función Supervisora; Que, asimismo, el artículo 19º del Reglamento General del OSINERG dispone como objetivo de este organismo regulador el velar por la calidad y continuidad del suminis-tro de energía eléctrica; Que, en ese sentido, es necesario establecer un proce- dimiento para la entrega de información de la operación delos Sistemas Eléctricos en relación al Servicio Público de Electricidad referidos a fallas, maniobras e indisponibilida- des de las instalaciones eléctricas de Generación, Trans-misión o Distribución, a fin de supervisar la calidad y con-tinuidad del suministro eléctrico; Que, a efecto de adecuar la política de transparencia institucional a lo dispuesto en el artículo 8º y artículo 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 054-2001-PCM, para la aprobación del Procedi-miento antes mencionado se requiere su prepublicación enel Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y la Ge- rencia de Fiscalización Eléctrica. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la prepublicación del Proyecto de “Procedimiento para la Supervisión de la Operación delos Sistemas Eléctricos” cuyo texto forma parte integrantede la presente Resolución. Artículo 2º.- Las sugerencias y observaciones serán re- cibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERG o vía correo electrónico a interrupciones@osinerg.gob .pe hasta 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación dela presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo Procedimiento para la supervisión de los Sistemas Eléctricos EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las funciones supervisora y fiscalizadora encarga- das a OSINERG requieren de información relevante delos sistemas eléctricos que le permita tomar conoci- miento de manera oportuna del estado de operación de los referidos sistemas. Dicha información requiere deuna estructura que facilite contar con un registro opor-tuno de las interrupciones originadas en las instalacio-nes de generación, transmisión así como de las inte-rrupciones importantes de la red de distribución de media tensión. Para este fin se propone utilizar formatos codifica- dos que identifique el sistema eléctrico interrumpido,las instalaciones involucradas, así como la naturalezay causas de la interrupción que afectan al servicio pú-blico de electricidad, con énfasis en la prestación del servicio a los consumidores finales. En tal sentido, las empresas distribuidoras como responsables de la pres-tación del servicio, serán las encargadas de reportardicha información en plazos establecidos en el proyec-to de norma.