Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2004 (04/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G39/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de marzo de 2004 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, en el cargo de Jefe de Órgano de Control Institucional, a los pro-fesionales que a continuación se detallan: Jaime Aníbal Rodríguez Rodríguez Ministerio de Energía y Minas. Rafael Gustavo Cussianovich Rodríguez Ministerio de Agricultura.Lilian Neciosup Alvarez Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Mirtha Luz Tisza Ballenas Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 04468 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G2D/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61 /G46/G65/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 693-2003-JEF/RENIEC Lima, 31 de diciembre de 2003 Visto, el Memorándum Nº 117-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 103-2000/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 248-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 905-2003-GAJ/RE-NIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fe-cha 19 de diciembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones de la entonces División Central de Procesos, del Registro Na-cional de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, así como del proceso de depuración, inherente al procedimiento administrativo, ha detectado quelos ciudadanos VICTOR RAUL CALDAS BENANCIO o VIC-TOR RAUL MOROYA OSORIO, PAULINA CATALINA HUIR-SE DE VENTURA o PAOLA CATALINA HUIRSE SOLIS,LAZARO LIMACHI ALHUAY o CARLOS QUISPE RIMA- CHE, dada la simplificación administrativa y en atención del principio de veracidad de las declaraciones, se presen-taron a solicitar inscripciones en el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales, a sabiendas queexistía una anterior, proporcionando para tal hecho, datosfalsos; Que, sin perjuicio de la acción administrativa que se ha dado por parte del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, el hecho antes descrito constituye indicio ra-zonable de la comisión del presunto delito contra la Fe Pú-blica, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previsto ysancionado en el Art. 428º del Código Penal; Que, en atención a los considerandos precedentes, re- sulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que interponga las acciones lega-les que correspondan en defensa de los intereses del Es-tado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Ci- vil, contra las personas mencionadas en el primer consi- derando; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que en nombre y representa-ción del los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra VICTOR RAUL CALDASBENANCIO o VICTOR RAUL MOROYA OSORIO, PAULI-NA CATALINA HUIRSE DE VENTURA o PAOLA CATALI-NA HUIRSE SOLIS, LAZARO LIMACHI ALHUAY o CAR-LOS QUISPE RIMACHE, por la comisión del presunto de- lito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideo- lógica, en agravio del Estado y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 03180 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G2D /G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G73/G61/G6A/G65/G72/GED/G61/G2C/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G2D/G72/G61/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4A/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G34/G34/G31/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4A/G45/G46/G2F/G52/G45/G4E/G49/G45/G43 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 083-2004-JEF/RENIEC San Isidro, 3 de marzo de 2004 VISTOS; el Informe Nº 167-2004/GAD/SGSG del 1 de marzo del 2004 cursado por la Subgerencia de Servicios Generales, el Informe Nº 181-2004-GAJ/RENIEC, de fe-cha 3 de marzo del 2004 emitido por la Gerencia de Ase-soría Jurídica y el Oficio Nº 245-2004-GPP/RENIEC defecha 3 de marzo del 2004 dirigido por la Gerencia de Pla-nificación y Presupuesto; CONSIDERANDO; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 441-2003-JEF/ RENIEC de fecha 23 de septiembre del 2003 se declaró ensituación de urgencia el servicio de mensajería a nivel na- cional por el plazo de cinco meses o hasta la suscripción del contrato respectivo del proceso de selección a convo-carse. En ese mismo acto se aprobó la situación de urgen-cia del servicio de mensajería a nivel nacional por la sumade S/. 292,235.10 (doscientos noventa y dos mil doscien-tos treinta y cinco y 10/100 Nuevos Soles), disponiéndose que la contratación se efectúe mediante el proceso de ad- judicación de menor cuantía; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 522-2003-GAD/ RENIEC de fecha 26 de septiembre del 2003 se aprobaronlas bases administrativas del proceso de Adjudicación deMenor Cuantía Nº 283-2003-GAD/RENIEC para la contra- tación del servicio de mensajería a nivel nacional por un plazo de cinco meses o hasta que se suscriba el contratocorrespondiente; Que, mediante Contrato Nº S00043-2003-04-00-01 de fecha dos de octubre del 2003 el consorcio formado por lasempresas CSI Perú Logística S.A.C. y Corporación de Servicios e Inversiones Perú S.A.C. se obligan a prestar el servicio de mensajería a nivel nacional para el RegistroNacional de Identificación y Estado Civil; Que, mediante Informe Nº 167-2004/GAD/SGSG de fecha 1 de marzo del 2004, la Subgerencia de ServiciosGenerales, pone en conocimiento que el proceso de selec- ción del servicio de mensajería a nivel nacional se encuen- tra en trámite y habiéndose cumplido los cinco meses devigencia del referido contrato con fecha 1 de marzo del añoen curso, considera de extrema necesidad ampliar o pro-rrogar el plazo de la situación de urgencia aprobado ante-riormente, dado que es de vital importancia para nuestra Entidad seguir manteniendo vigente el servicio de mensa- jería a nivel nacional, considerándose que a través de esteservicio se remite una serie de documentación de sumaimportancia, como son el DNI, formularios de trámites, en-