Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2004 (04/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2004

Que, asimismo, de acuerdo al Informe Tecnico que sustenta la exoneracion, la falta de higiene de los ambientes de los centros asistenciales y areas administrativas traeria como consecuencia el riesgo de enfermedades infectocontagiosas para los trabajadores, asegurados y derechohabientes; asi como riesgo en la salud de los trabajadores por exposicion a factores de riesgo biologico en los centros asistenciales y en la atencion hospitalaria; e incidencia de infecciones intrahospitalarias e infecciones de origen ocupacional, al generarse en los centros asistenciales residuos biocontaminados: residuos biologicos provenientes de laboratorio, quirurgicos compuestos por tejidos, organos, fetos, punzo cortantes, agujas, ampollas, pipetas, etc., cadaveres de animales, residuos radioactivos, residuos farmaceuticos, residuos quimicos peligrosos, etc.; Que, de otro lado, la suspension del servicio de aseo y limpieza dificultaria la ejecucion de mudanzas de bienes y mobiliario en el edificio de la Sede Central, servicio de recepcion y almacenamiento de bienes (medicinas y material medico), limpieza de servicios higienicos privados y publicos, residuos de desechos de los talleres y almacenes, atencion del servicio de limpieza en las areas de atencion al publico; Que, frente a esta situacion, se plantea la posibilidad de exonerar, por situacion de urgencia, la contratacion del servicio de aseo y limpieza a nivel nacional por el periodo de cuatro (4) meses computados desde el mes de marzo hasta el mes de junio del 2004, por el monto de S/. 13 644,296.92, a efectos de asegurar la prestacion de dicho servicio hasta que se adjudique el Concurso Publico Nº 0399P00061, al MORDAZA del literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, lo que permitiria contratarlo a traves de Adjudicaciones de Menor Cuantia, toda vez que de lo contrario se comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de las prestaciones de salud que ESSALUD tiene a su cargo, al ponerse en riesgo las condiciones de higiene de los ambientes de los centros asistenciales y dependencias administrativas; Que, cabe senalar que, de conformidad con la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 078-PE-ESSALUD-2004, el servicio de aseo y limpieza esta considerado como servicio de naturaleza critica, el mismo que permite mantener en optimas condiciones de higiene los ambientes de los centros asistenciales y dependencias administrativas de ESSALUD, lo cual incluye desinfeccion, desinsectacion y desratizacion de los ambientes; Que, de acuerdo a lo establecido por literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exonerar de la realizacion de un Concurso Publico en una situacion de urgencia; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, en ese mismo sentido, el numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, en el presente caso, independientemente de que las circunstancias que originaron el retraso en la Convocatoria del Concurso Publico segun relacion de items Nº 0399P00061 "Contratacion del servicio de aseo y limpie-

za", existe diferencia entre la causa que origina una situacion de urgencia (un hecho extraordinario e imprevisible que motive la ausencia de bienes o servicios) y, la situacion de urgencia en si misma (ausencia de bienes o servicios que comprometa directa e inminentemente la continuidad de los servicios esenciales u operaciones productivas) que faculta la exoneracion de un MORDAZA de seleccion. En el presente caso, la situacion de urgencia se configura, toda vez que de acuerdo al Informe Tecnico que sustenta la exoneracion (lo cual incluye la Ayuda Memoria), seria inminente la ausencia del servicio a partir del mes de marzo del 2004, lo cual comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de las prestaciones de salud que ESSALUD tiene a su cargo, toda vez que este tiene caracter de servicio critico; Que, la exoneracion debe comprender solo lo indispensable para la normal contratacion del servicio, por lo que debe ser aprobada solo por el periodo que demande la culminacion de los procesos para la contratacion regular del servicio de aseo y limpieza, lo que de acuerdo a lo senalado en el Informe Tecnico es de cuatro (4) meses, contados a partir del mes de marzo del 2004 hasta el mes de junio del 2004; Que, de acuerdo al articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en las Adjudicaciones de Menor Cuantia que derivan de exoneraciones, entre otras, la Entidad debe hacer las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas, sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que, por lo expuesto, al haberse configurado la causal prevista en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, resulta procedente aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de aseo y limpieza hasta por el valor referencial de S/. 13 644,296.92; Que, segun el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneracion de licitacion, concurso publico o adjudicacion directa debe ser aprobada por resolucion del Titular de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneracion; Que, el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que el Titular de la Entidad determinara la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion exonerada; En uso de la atribucion conferida por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de aseo y limpieza, autorizando que la misma se lleve a cabo a traves de Adjudicaciones de Menor Cuantia, por un periodo de cuatro (4) meses que comprenden desde marzo del 2004 hasta junio del 2004 y hasta por un valor referencial de S/. 13 644,296.92 (Trece millones seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y seis con 92/100 Nuevos Soles), con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia de Division de Administracion y Organizacion se encargue de realizar las contrataciones via Adjudicaciones de Menor Cuantia. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones adopte las medidas necesarias para la realizacion del pro-

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