Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2004 (05/03/2004)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2004

Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 714-2003-CGBVP, de fecha 22 de diciembre del 2003, se declaro en Situacion de Urgencia el Suministro de Combustibles por un periodo de sesenta (60) dias, y en tanto se efectuara el MORDAZA selectivo correspondiente; Que, a la fecha, el MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CGBVP - Suministro de Combustible para los Vehiculos del CGBVP, se encuentra en la etapa de formulacion de consultas; Que, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, para continuar con sus objetivos requiere abastecerse de combustible a fin de mantener operativas sus unidades de emergencia y rescate durante las 24 horas del dia de los 365 dias del ano; Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala: "Se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesarios para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda". En el presente caso, el Suministro de Combustible es indispensable para mantener operativas las unidades moviles y de emergencia del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; De acuerdo a lo facultado por el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente ampliar la situacion de urgencia del Suministro de Combustible para el CGBVP, en tanto se otorgue la Buena Pro del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CGBVP; Que, estando a los margenes senalados por el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la medida adoptada permitira paliar la urgencia del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, dado que el abastecimiento de combustible permitira a la institucion seguir cumpliendo con sus funciones de acudir a cualquier emergencia durante las 24 horas del dia; En ese sentido y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27067 "Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el plazo de la declaracion en Situacion de Urgencia del Suministro de Combustibles para el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, establecida en la Resolucion Jefatural Nº 714-2003-CGBVP, por un periodo de treinta (30) dias calendario adicionales. Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y notifiquese a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos por la Ley. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 04630

licencias al unico proveedor, SISTEMAS ORACLE DEL PERU S.A., a fin de asegurar la continuidad en la atencion a la plataforma de base de datos; Que, conforme a lo dispuesto en el literal f) del articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido en el articulo 20º de dicho cuerpo legal; Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion, precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, en el Informe Tecnico MORDAZA citado, se senala que la renovacion del servicio solamente es posible contratarlo de manera directa con SISTEMAS ORACLE DEL PERU S.A., sin intermediarios; Que, asimismo el valor referencial total por la citada contratacion asciende a US$ 5 340,72 (Cinco Mil Trescientos Cuarenta y 72/100 dolares americanos) incluido el IGV, hasta el 28 de febrero del 2005; Que, visto el Informe Legal contenido en el Memorandum Nº 68-2004-OAJ, de fecha 26 de febrero del 2004, que indica que la mencionada Gerencia ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; De conformidad con los articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, y la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecutivo; En uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. Aprobar la exoneracion de la renovacion del contrato de servicio de soporte tecnico y actualizacion de version del Gestor de la Base de Datos ORACLE, por tratarse de servicios que no admiten sustitutos, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: servicios b. Descripcion del servicio: soporte tecnico y actualizacion de version del Gestor de la Base de Datos ORACLE c. Monto referencial total: US$ 5 340,72 (Cinco Mil Trescientos Cuarenta y 72/100 dolares americanos) incluido el IGV d. Fuente de financiamiento: Recursos propios e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: hasta el 28 de febrero del 2005 f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Presupuesto g. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Administracion y Presupuesto, de conformidad con el articulo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de contratar el servicio indicado en el numeral precedente segun el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia. 3. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision, asi como en la pagina Web institucional. 4. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes sustentatorios respectivos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA D. Secretario Ejecutivo 04537

FONDO MIVIVIENDA
Autorizan contratar servicio de soporte tecnico y actualizacion de version de gestor de base de datos mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 24-SE-2004
MORDAZA, 26 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que, visto el Informe Tecnico Nº 05-2004-FMV-Sistemas del 23.2.04, la Gerencia de Administracion y Presupuesto a traves de su area de Sistemas solicita renovar las licencias de ORACLE, indicando que en vista que el Fondo MIVIVIENDA viene utilizando el Gestor de Base de Datos provisto por la dicha empresa, es necesario renovar las

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