Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 264309

brinda a traves de 75 puntos de agua, correspondientes a los 75 parques que tienen medidor. Anteriormente se contaba con el servicio de suministro de agua de terceros a traves de una cisterna de 34 m3, el cual cobraba por viaje S/. 218.00 (Doscientos Dieciocho y 00/ 100 Nuevos Soles); considerando los 8 viajes diarios que realizaba, el costo del servicio diario ascendia a S/. 1,744.00 (Mil setecientos cuarenta y cuatro y 00/ 100 Nuevos Soles), y si esto se proyecta al mes estariamos hablando de una suma ascendente a S/. 45,344.00 (Cuarenta y cinco Mil trescientos cuarenta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles). Con este servicio de terceros, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores solo esta cubriendo el riego de las principales bermas centrales del distrito. Si consideramos el gasto de agua generado por el suministro de agua que brinda SEDAPAL y sumamos el de terceros, estariamos hablando de un gasto mensual de S/. 68,344.00 (Sesenta y ocho Mil Trescientos Cuarenta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles); Que, de igual manera informa que tecnicamente es aceptable que el grass americano sea regado dentro del plazo de 6 dias en invierno, similar plazo tienen las plantas, MORDAZA y demas que componen las areas verdes del distrito. Sumadas la capacidad de la unidad de propiedad de la Municipalidad (24,000 m2 ) (12 viajes) diarios, mas la alquilada que tiene 34 m3 que cubre 27,200.00 m2 de riego diario (solo realizara 8 viajes diarios), y la cisterna que se requiere adquirir de 8,000 galones (32 m3) que cubriria 36,000.00 m2 (12 viajes) diarios, dando un total diario de 87,200 m2 de areas verdes que se regarian diariamente. Si se toma en cuenta que estas deben de ser regadas por lo menos una vez a la semana, con la capacidad que tendriamos, se cubriria la demanda de todo el distrito en exceso, pues estaria en condicion de regar 610, 400 m2 de areas verdes; concluyendo dicho Informe de que es necesario que la Municipalidad tenga su propia cisterna para el regado de areas verdes, y porque los gastos se reducirian por los siguientes: I. Existe la posibilidad de obtener en forma gratuita, el agua del Cementerio MORDAZA MORDAZA de la Policia Nacional y de las Lagunas de Oxidacion; II. El servicio de terceros es muy costoso, si la Municipalidad da servicio con su propio Cisterna costaria la mitad de lo que cobra el servicio de terceros; que ante la situacion MORDAZA informada concluye que se debe declarar en SITUACION DE URGENCIA, la contratacion del servicio de regadio de las areas verdes por camiones de cisternas de terceros, por el lapso de 60 dias por un monto referencial de S/. 110,000.00 (Ciento Diez Mil y 00/100 Nuevos Soles) y la adquisicion de un tanque Cisterna con capacidad de 8,000 galones; Que, mediante Informe Nº 218-04-MDSJM/GM-OAJ de fecha 11.02.2004 emitido por la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica al respecto concluye opinando que en atencion al Informe Nº 090-04-MDSJM/GMGSC-SGPJSA y en merito a lo previsto del articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se aprecia la existencia de las condiciones previstas en la Ley de una situacion de urgencia que amerita a su vez una declaratoria de urgencia del servicio de regado de areas verdes en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, lo que amerita que se considere la adquisicion de un tanque cisterna de acuerdo al requerimiento expresado en el Informe Nº 090-04-MDSJM/GM-GSCSGPJSA bajo el procedimiento de adjudicacion de menor cuantia de conformidad con el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado sugiriendo se acuerde la Contratacion de los servicios de terceros para la cobertura del servicio de regado de areas verdes de la jurisdiccion; Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, estando a lo normado por los articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisi-

ciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, asi como el numeral 2 del articulo 108º del D.S. Nº 0132001-PCM, de su Reglamento, modificado por el articulo 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion respectiva para la adquisicion definitiva; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal c) del articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, que determina las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo, en el caso de los Gobiernos Locales; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, articulo 41º , debatido en el Pleno del Concejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y con el MORDAZA mayoritario; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la Contratacion de los Servicios de Regadio de Areas Verdes del distrito de San MORDAZA de Miraflores, y la Adquisicion de un Tanque Cisterna con capacidad de 8,000 galones, exonerandolas del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica y Adjudicacion Directa Selectiva. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, la realizacion de los Procesos de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion para la contratacion del Servicio de Regadio de Areas Verdes por el periodo de 60 dias, con valor referencial ascendente a S/. 110,000.00 (Ciento Diez Mil y 00/100 Nuevos Soles), financiados con los Recursos Directamente Recaudados y asimismo autorizar la Adquisicion de un Tanque Cisterna con capacidad de 8,000 galones por un monto referencial de S/. 65,000.00 (Sesenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), en un plazo de 7 dias financiado con recursos del FONCOMUN, encargandose a la Subgerencia de Abastecimiento realizar las contrataciones exoneradas. Articulo Tercero.- DISPONER que los Procesos de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, seran conducidos por el Comite Especial que debera ser designado para tales efectos, conforme al articulo 34º del D.S. Nº 0132001-PCM-Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y remitir MORDAZA del mismo conjuntamente con los Informes Tecnicos - Legales que lo sustentan, a la Contraloria General de la Republica dentro del plazo que fija la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04834

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban proyectos correspondientes a habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION GERENCIAL Nº 128-2004-GDU-GCDL-MSS Expediente Nº 017245.2003 M-2 MORDAZA de MORDAZA, 2 de marzo de 2004 EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.