Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 264299

9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley. 10. Declarar la vacancia o suspension de los cargos de MORDAZA y regidor. 11. Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. 12. Aprobar por ordenanza el reglamento del Concejo Municipal 13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia MORDAZA propuestos al Congreso de la Republica 14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participacion vecinal 15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a reglamento 16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos senalados por ley bajo responsabilidad. 17. Aprobar el balance y la memoria 18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios publicos municipales al sector privado a traves de concesiones o cualquier otra forma de participacion de la inversion privada permitida por ley, conforme a los articulos 32º y 35º de la presente ley. (Ley Organica de Municipalidades). 19. Aprobar la creacion de centros poblados y de agencias municipales 20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. 21. Solicitar la realizacion de examenes especiales, auditorias economicas y otros actos de control. 22. Autorizar y atender los pedidos de informacion de los regidores para efectos de fiscalizacion. 23. Autorizar al procurador publico municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo de control interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal; asi como en los demas procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. 24. Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios publicos, por mayoria calificada y conforme a ley. 25. Aprobar la donacion o la cesion en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades publicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta publica. 26. Aprobar la celebracion de convenios de cooperacion nacional e internacional y convenios interinstitucionales. 27. Aprobar las licencias solicitadas por el MORDAZA o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultaneamente a un numero mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores. 28. Aprobar la remuneracion del MORDAZA y las dietas de los regidores. 29. Aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, asi como el regimen de administracion de los servicios publicos locales. 30. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista acto doloso o falta grave. 31. Plantear los conflictos de competencia. 32. Aprobar el cuadro de asignacion de personal y las bases de las pruebas para la seleccion de personal y para los concursos de provision de puestos de trabajo. 33. Fiscalizar la gestion de los funcionarios de la municipalidad. 34. Aprobar los espacios de concertacion y participacion vecinal, a propuesta del MORDAZA, asi como reglamentar su funcionamiento. 35. Las demas atribuciones que le correspondan conforme a ley. Capitulo II Atribuciones y Obligaciones de los Regidores Articulo 6º.- Corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones (Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades)

1. Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos 2. Formular pedidos y mociones de orden del dia 3. Desempenar por delegacion las atribuciones politicas del MORDAZA 4. Desempenar funciones de fiscalizacion de la gestion municipal. 5. Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el Concejo Municipal. 6. Mantener comunicacion con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al Concejo Municipal y proponer la solucion de problemas. Capitulo III Vacancia, reemplazo y suspension Articulo 7º.- Procedimiento de Declaracion de Vacancia del Cargo de MORDAZA o Regidor (Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades). La vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. El Acuerdo de Concejo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideracion, a solicitud de parte, dentro del plazo de 15 (quince) dias habiles perentorios ante el respectivo Concejo Municipal. El acuerdo que resuelve el recurso de reconsideracion es susceptible de apelacion. El recurso de apelacion se interpone, a solicitud de parte, ante el Concejo Municipal que resolvio el recurso de reconsideracion dentro de los 15 (quince) dias habiles siguientes, el cual elevara los actuados en el termino de 3 (tres) dias habiles al MORDAZA Nacional de Elecciones, que resolvera en un plazo MORDAZA de 30 (treinta) dias habiles, bajo responsabilidad. La resolucion del MORDAZA Nacional de Elecciones es definitiva y no revisable en otra via. Cualquier vecino puede solicitar la vacancia del cargo de un miembro del Concejo ante el Concejo Municipal o ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, su pedido debe estar fundamentado y debidamente sustentado, con la prueba que corresponda, segun la causal. El Concejo se pronuncia en sesion extraordinaria en un plazo no mayor de 30 ( treinta) dias habiles despues de presentada la solicitud y luego de notificarse al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En caso de que la solicitud sea presentada al MORDAZA Nacional de Elecciones , el correra traslado al Concejo Municipal respectivo para que proceda conforme a este articulo. Articulo 8.- Reemplazo en caso de Vacancia o Ausencia (Articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades). En caso de vacancia o ausencia del MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: 1. Al MORDAZA MORDAZA, el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. Articulo 9º.- Suspension del Cargo (Articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades). El ejercicio del cargo de MORDAZA o regidor se suspende por acuerdo del Concejo en los siguientes casos: 1. Por incapacidad fisica o mental temporal 2. Por licencia autorizada por el Concejo Municipal, por un periodo MORDAZA de 30 (treinta) dias naturales. 3. Por el tiempo que dure el mandato de detencion 4. Por sancion impuesta por falta grave de acuerdo con el reglamento interno. Articulo 10º.- Regimen de Dietas. El Regimen de Dietas se establecera conforme a lo establecido en el articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.