Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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DISPOSICION FINAL

Otras que le encomiende el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acordes a las leyes afines. 8. SEGURIDAD CIUDADANA A esta comision le corresponde pronunciarse, ejerciendo su ambito normativo y fiscalizador, en asuntos de: a) Vigilancia (Policia Municipal y Serenazgo). b) Seguridad en las MORDAZA de espectaculo, estadios, coliseos y otros recintos abiertos al publico, incluyendo establecimientos hoteleros y otros de caracter comercial, social, cultural y religioso; asi como las propiedades e instalaciones del Municipio. c) Accidentes comunes y viales, incendios, desastres y catastrofes. d) Faltas y delitos comunes. e) Control de ruidos molestos. Otras que le encomiende el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acordes a las leyes afines. Articulo 79º.- Para su mejor funcionamiento, las Comisiones podran constituir subcomisiones de trabajo, asi como complementarse con la asistencia de funcionarios municipales de las areas involucradas, quienes podran participar en las sesiones de trabajo con voz, mas no con voto. La Gerencia Municipal dispondra el apoyo para el trabajo de estas comisiones. TITULO VI DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS Articulo 80º.- El presente Reglamento Interno de Concejo se MORDAZA principalmente teniendo en consideracion los principios emanados de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica Nº 27815; por lo tanto es pertinente aplicar las sanciones disciplinarias del caso cuando asi lo amerite. Articulo 81º.- Seran considerados como actos de indisciplina: a) La impuntualidad de los miembros del concejo, tanto a las sesiones de concejo, como a las reuniones de comision, las cuales deberan haber sido comunicadas mediante escrito. b) La no participacion de los Regidores en las comisiones que tuvieran algun cargo. c) La no permanencia desde el inicio hasta el culmino de las reuniones de comision, con excepciones de los invitados a las mismas. d) Las agresiones fisicas entre miembros del Concejo Municipal. e) El uso de palabras ofensivas que atenten contra el pudor y honor de los miembros del Concejo. f) Utilizar el cargo de Regidor para beneficios personales. Articulo 82º.- Los Regidores podran ser sancionados por actos de indisciplina concordantes con el articulo 81º : 1. Con amonestacion escrita y reservada. 2. Con amonestacion Publica en sesion de concejo. 3. Con suspension en el ejercicio de su cargo y el descuento de sus dietas hasta por un MORDAZA del equivalente a las sesiones de un (1) mes. Articulo 83º.- La determinacion de la sancion debera ser precisa y determinada con criterio de conciencia, la cual constituira precedente para ser aplicable en casos similares, esta debera ser aplicada con el consentimiento y aprobacion de la mitad mas uno del total de los miembros del Concejo o de la Comision que integre el Regidor(a). Articulo 84º.- La determinacion de la sancion del articulo 82º - inciso 3, debera ser aplicada con el consentimiento y aprobacion de un MORDAZA de los miembros del Concejo. Articulo 85º.- La votacion que se lleve a cabo en los casos de los articulos 83º y 84º debera cenirse de acuerdo al Articulo 51º - inciso b) del presente reglamento.

Primera.- El presente Reglamento Interno de Concejo podra ser MORDAZA o modificado, cuando asi lo considere el pleno del mismo sometiendolo a la votacion del caso, de acuerdo al articulo 51º - inciso a) del presente reglamento; o a solicitud del 50% mas uno de sus miembros legales mediante escrito remitido a Alcaldia. Segunda.- Deroguese todo Reglamento Interno de Concejo anterior que contravenga y se oponga al presente. 04811

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan contratacion de recursos humanos en diversos items, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2004-MSI San MORDAZA, 2 de marzo de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 021-CAJ/MSI, de la Comision de Asuntos Juridicos, el Dictamen Nº 014-ADM-FIN/MSI de la Comision de Administracion y Finanzas, el Informe Nº 163-2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe Nº 031-200412-OHR/MSI de la Oficina de Recursos Humanos, referidos a la Declaracion en Situacion de Urgencia, la Provision de Recursos Humanos para el servicio de Limpieza Publica, Parques y Jardines, Servicios Tecnicos Especializados, Servicios de Personal Operativo de Serenazgo y Policia Municipal, asi como personal administrativo de Serenazgo y Policia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º, inciso c), del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia de acuerdo a ley; Que, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que la entidad tiene a su cargo, segun lo senala el articulo 21º del citado TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, estando a los Informes Nº 163-2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica y Nº 031-2004-12-OHR/ MSI de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en los articulos 19º, inciso c), 20º y 21º del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y al MORDAZA de los articulos 9º inciso 35) y el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo 1º.- DECLARAR en SITUACION DE URGENCIA la Provision de Recursos Humanos en los items: Servicio de Limpieza Publica, de Parques y Jardines; Servicios Tecnicos Especializados; Servicios de Personal Operativo de Serenazgo y Policia Municipal; y, Servicios de Personal Administrativo de Serenazgo y Policia Municipal. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico, por situacion de urgencia, para la contratacion de la Provision de Recursos Humanos en los items senalados, por un monto referencial de S/. 2'332,202.74 ( Dos millones trescientos treinta y dos mil doscientos dos

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