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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G33/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de marzo de 2004 se sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Con- cejo, relacionados con: a) El Plan de Desarrollo Local Concertado y el Presu- puesto Municipal Participativo. b) La Cuenta General del ejercicio anual.c) Los Proyectos de Ordenanzas referidos a la crea- ción, modificación o supresión de tributos. d) Créditos internos y externos.e) Proposiciones que impliquen gastos no presupues- tados. f) La aceptación de donaciones y legados.g) Las excepciones a las normas de austeridad.h) El Régimen de Organización Interior y Funcionamien- to del Gobierno Local. i) La Gestión Financiera.j) Las Políticas Económicas de corto y largo plazo.k) El Sistema de Tributación Municipal.l) Rentas.m) Recaudación.n) Convenios de cooperación con relacionados a las competencias de la presente Comisión. o) Sanciones, multas y cobranzas coactivas.p) El desarrollo Institucional.q) La aprobación de balance y la memoria.r) Los demás que le encomiende el Concejo, vincula- dos con su competencia. COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Artículo 89º.- Corresponde a la Comisión de Asuntos Jurídicos, normar, fiscalizar y pronunciarse sobre los asun-tos relacionados con: a. La interpretación y ampliación de las normas jurídi- cas. b. Los procesos judiciales en los que es parte de la Municipalidad. c. La vacancia y suspensión del Alcalde y Regidores del Concejo. d. Los Recursos de Reconsideración de su competen- cia. e. Los convenios que debe celebrar la Municipalidad.f. Otros que le encomiende el Concejo vinculados con su competencia. COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE Artículo 90º.- Correspondiente a la Comisión de De- sarrollo Urbano y Medio Ambiente, normar fiscalizar y pro-nunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos porel Concejo, relacionados con: a) El Plan de Desarrollo Urbano Distrital, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales. b) Los procesos de equipamiento e infraestructura ur- bana y de servicios públicos para la vivienda. c) El catastro distrital.d) El Plan de Reconocimiento de los Asentamientos Humanos y su Desarrollo y formalización. e) Habilitaciones urbanas.f) Construcción, remodelación o demolición de inmue- bles y declaratorias de fábrica. g) Avisos publicitarios y propaganda política.h) Los esquemas de Zonificación.i) El ornato.j) La construcción de estaciones radioeléctricas y ten- dido de cables de cualquier naturaleza. k) La ejecución de las obras de infraestructura urbana indispensables para el desenvolvimiento de la vida del ve-cindario, la producción, el comercio, el transporte y la co-municación. l) La renovación urbana en coordinación con la munici- palidad provincial y el gobierno central. m) El saneamiento de la propiedad predial. Protección y conservación del ambienten) Los planes y políticas locales en materia del Sis- tema de Gestión Ambiental, en concordancia con laspolíticas, normas y planes regionales, sectoriales y na- cionales. o) La creación de áreas de conservación ambiental.p) La Educación e investigación ambiental e incentivar la participación ciudadana. Transporteq) Las licencias para la circulación de vehículos meno- res y demás, de acuerdo con lo establecido en la regula-ción provincial. r) Otros que le encomiende el Concejo vinculados con su competencia. COMISIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Artículo 91º.- Corresponde a la Comisión del Desarro- llo Económico Local normar, fiscalizar y pronunciarse so-bre los asuntos que deben ser resueltos por el concejorelacionados con: a) El Plan de Desarrollo Económico Local. b) El Programa de Inversiones.c) El apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial.d) La elaboración de programas y proyectos que favo- rezcan el desarrollo económico. e) Las condiciones favorables para la productividad y competitividad del distrito. f) Las condiciones necesarias para la inversión priva- da. g) El Plan de Desarrollo de Capacidades.h) La generación del empleo productivo.i) La Micro y Pequeña Empresa.j) La promoción del turismo.k) El apoyo a los productores.l) La higiene, el acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordanciacon las normas provinciales. m) El comercio ambulatorio, en concordancia con las normas provinciales. n) Los mercados de abastos.o) La construcción, equipamiento y mantenimiento de camales, silos, terminales pesqueros y locales similares. p) Las licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales. q) La realización de ferias de productos alimenticios, agropecuarios y artesanales. r) Otros que le encomiende el Concejo vinculados con su competencia. COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DESARROLLO SOCIAL Artículo 92º.- Corresponde a la Comisión de Participa- ción Ciudadana y Desarrollo Social, normar, fiscalizar ypronunciarse sobre los asuntos relacionados con: a) Reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local. b) Establecer instrumentos y procedimientos de fiscali- zación. c) Propiciar la intervención de los vecinos en el Desa- rrollo de San Juan de Lurigancho. d) Coordinar los petitorios de los vecinos.e) Constitución de Juntas Vecinales para supervisar la prestación de servicios públicos. f) Las Organizaciones de Base.g) Otros que le encomiende el Consejo vinculados con su competencia. COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN Artículo 93º.- Corresponde a la Comisión de Educa- ción, Cultura, Deporte y Recreación, normar, fiscalizar ypronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltospor el Concejo, relacionados con: a) El desarrollo humano sostenible en el nivel local, pro- piciando el desarrollo de comunidades educadoras.