Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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efectuar la misma, acorde a la normatividad sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, conforme a los antecedentes expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la oficina de Secretaria General la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 5 dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04883

homogeneas y especializadas constituidas basicamente por viviendas de densidad media de bajo costo- vivienda de interes social y Pueblos Jovenes; Que, la Subgerencia de Obras Privadas e Infraestructura MORDAZA senala en su Informe Nº 011- SUBGOPCU2004- MDSJM, que viene afrontando una problematica diaria al no existir disposiciones claras que regulen: a.- La actividad de comercio local de pequenos establecimientos comerciales que se encuentran ubicados en el Area de Estructuracion MORDAZA I cuya zonificacion es residencial. b.- La compatibilidad o no del desarrollo de la actividad de restaurantes en los inmuebles que se ubican en Zonificacion 1R (VIVIENDA TALLER). c.- El desarrollo de actividades urbanas vigente (Resolucion Nº 182­95/MLM­AM ­SMDU). Que, en tal sentido es necesario establecer los procedimientos que permitan obtener los objetivos senalados y solucionar la problematica que actualmente afecta a la poblacion del distrito; razon por la cual corresponde definir el listado de actividades economicas que se consideran del nivel de COMERCIO LOCAL C1; Que, la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972 establece en el articulo 40º que, las Ordenanzas en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia de la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo dispuesto, por el articulo 9° numeral 8) y del articulo 40º de La Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, debatido en el pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta y con el MORDAZA Unanime se aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL NORMAS QUE PRECISAN Y REGULAN ACTIVIDADES COMERCIALES Y DE SERVICIOS DEL NIVEL DE COMERCIO LOCAL C-1 Articulo 1º.- Definir para el distrito de San MORDAZA de Miraflores como del nivel de comercio local C-1, a las siguientes actividades economicas: A B C D E F G H I J k L M N O P Q R S T U V Bodega Bazar Libreria Botica- Farmacia Floreria Modisteria .-Sastreria. Boutique Avicola, Carniceria y Verduleria. Confeccion de prendas de vestir Renovadora de Calzado Venta de llaves ­ Copias de Llaves Estudio fotografico Servicio Telefonico ­ Servicio de fax Fotocopias ­ servicio de tipeos Cabina de Internet Correo Courier. Artesania (trabajos elaborados manualmente sin maquinarias) Cafeteria - Fuente de Soda, Cevicheria, heladeria, etc. Venta productos naturales que cuenten con autorizacion sanitaria registrada Comercializacion de videos ­ cassettes Ferreterias (Que no admiten la venta de materiales de construccion) Salon de Belleza o peluqueria, Gimnasio, Venta de Gas (Con autorizacion de OSINERG).

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen disposiciones que precisan y regulan actividades comerciales y de servicios del nivel de comercio local C-1
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000005 San MORDAZA de Miraflores, 28 de febrero del 2004 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores, en Sesion Ordinaria del 28 de febrero del 2004. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, preceptua que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Gobiernos Locales con Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el Articulo 79º, numeral 3), 3.6 del dispositivo senalado en el considerando anterior asigna funciones especificas y exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; como el de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, asi como realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion; Que, la Ley Organica de Municipalidades en el Articulo 86º, numeral 3), 3.5 asigna funciones especificas y exclusivas a las municipalidades distritales en materia de promocion del desarrollo economico local; encontrandose dentro de ellas, el promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de la zonas urbanas y rurales del distrito; Que, el articulo 1º de la Resolucion de Alcaldia Nº 1004 de fecha 11 de MORDAZA de 1984 emitido por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana establece que, la Autorizacion de funcionamiento de locales comerciales del nivel "Comercio Local C-1", asi como de los locales de industria elemental y de servicios en las zonas residenciales en el Area de Estructuracion MORDAZA I, siempre y cuando tengan un area no mayor de 60.00 m2 y predomine el uso residencial; Que, el distrito de San MORDAZA de Miraflores esta calificado dentro del Area de Estructuracion MORDAZA I, area de caracteristicas especiales la cual conforme a la Resolucion Suprema Nº 045­79-VC-5500 ­ Reglamento de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana comprende areas

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