Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

Regidores del Concejo, solicitaran licencia por escrito expresando la causa; las solicitudes de licencia seran puestas en conocimiento del Concejo en la Sesion inmediata para su consideracion; estas licencias no excederan mas alla del 40% de los miembros del Concejo. Articulo 32º.- A la hora senalada en la convocatoria, el MORDAZA dispondra que el Secretario General pase lista. De no haber quorum, 15 (quince) minutos despues se pasara una MORDAZA lista. Si tampoco se logra quorum, el Secretario General asentara en el Libro de Actas la respectiva MORDAZA, anotando los nombres de quienes hayan asistido y de los que hubiesen faltado, precisando los que se encuentren con licencias, suspendidos o que hayan justificado su inasistencia. Articulo 33º .- De haber quorum, el MORDAZA o quien la preside abrira la sesion pudiendo determinar si suspende o levanta la sesion; una sesion que hubiere sido levantada por ningun motivo podra continuarse, salvo que hubiera sido suspendida con la debida justificacion. Terminada la Sesion, el MORDAZA o quien la presida, la levantara. Articulo 34º .- Para que una sesion suspendida pueda continuar por MORDAZA vez, se requiere de Acuerdo de Concejo y solo podra debatirse en MORDAZA exclusivamente el MORDAZA o asuntos para la que fue convocada. Articulo 35º .- Para que MORDAZA aprobacion o acuerdo se requiere el MORDAZA conforme de la mitad mas uno de los concurrentes. Articulo 36º.- El MORDAZA o quien presida la sesion, con anuencia del Concejo, puede llamar a tomar parte de las Sesiones, para suministrar datos o informes tecnicos, a los Funcionarios y Empleados de la Municipalidad y a las personas que sin pertenecer a la Municipalidad esten en aptitud de coadyuvar a la acertada resolucion de los asuntos en debate. Articulo 37º.- Si en el desarrollo de la Sesion se profiriesen palabras ofensivas, indecorosas, inadecuadas o inconvenientes, el MORDAZA o quien presida la Sesion, llamara al orden al ofensor para que retire las expresiones agraviantes, bajo apercibimiento de sancion disciplinaria. Asimismo, el Regidor puede pedir al MORDAZA que solicite al ofensor el retiro de las expresiones agraviantes. Articulo 38º.- Cuando uno de los miembros del Concejo se aparte del tema en debate sera llamado al orden por el MORDAZA por propia iniciativa o a pedido de algun regidor, caso contrario se MORDAZA por agotado el debate si considera que el MORDAZA esta suficientemente debatido. DE LAS SESIONES ORDINARIAS Articulo 39º.- Las Sesiones Ordinarias constaran de las siguientes estaciones: - Lectura y aprobacion del Acta de la Sesion anterior. - Despacho. - Informes y pedidos. - Orden del Dia. LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR Articulo 40º.- Iniciada la Sesion Ordinaria, se procedera a la lectura del Acta de la Sesion anterior. El MORDAZA o cualquier Regidor puede solicitar que se dispense de la lectura del Acta y se postergue hasta la proxima Sesion; por situacion extraordinaria o si su texto se hubiera distribuido entre los Regidores con una anticipacion de 24 horas. Articulo 41º.- El MORDAZA y los Regidores pueden formular las observaciones que estimen convenientes respecto a sus propias intervenciones o del texto de las decisiones adoptadas. La formulacion de observaciones no MORDAZA lugar a debate alguno. Con las observaciones que se formulen se dejara MORDAZA y se MORDAZA por aprobada el acta. Si no hubiera observaciones al Acta, el MORDAZA la MORDAZA por aprobada. DESPACHO Articulo 42º.- En la estacion de Despacho, el Secretario General MORDAZA cuenta de toda la documentacion que debe ser puesta en conocimiento del Concejo, en el siguiente orden:

- Oficios. - Informes de Administracion. - Otros documentos. En esta estacion no se admitira debate alguno. INFORMES Y PEDIDOS Articulo 43º.- En la estacion de informes y pedidos, los Regidores podran dar cuenta de los asuntos que, en relacion a las funciones y atribuciones que les senala la Ley, consideran que deben ser de conocimiento del Concejo y formular los pedidos que estimen convenientes. Articulo 44º.- Los proyectos de Convenios, Resoluciones, Acuerdos, Ordenanzas y Edictos que cuenten con dictamen de Comision, previo informe tecnico y/o legal, o los que hubieran sido dispensados del tramite de Comisiones, pasaran a la Orden del Dia para su discusion, votacion y/o aprobacion. Articulo 45º.- Los informes y pedidos deberan ser breves y concretos y no podran exceder de cinco (5) minutos. En esta estacion no podra producirse debate, si por su naturaleza algun informe o pedido lo tuviera, pasara a la Orden del Dia, donde se procedera su fundamentacion y debate. Articulo 46º.- La estacion de Informes y Pedidos tendra una duracion MORDAZA de sesenta minutos, vencidos los cuales; aun cuando quedaran informes y/o pedidos por formular; se pasara a la Orden del Dia, quedando los mismos, pendientes para la proxima Sesion. ORDEN DEL DIA Articulo 47º.- En la Orden del Dia solo podra tratarse de los asuntos que fueron pasados a esta estacion y se debatiran y votaran los asuntos en el orden que senale el que presida la sesion, de acuerdo a su naturaleza y urgencia. Articulo 48º.- En la Orden del Dia, los Regidores sustentaran sus dictamenes, mociones, informes y/o pedidos que hubieran pasado a esta estacion. Las intervenciones deberan centrarse al punto en debate. El MORDAZA o quien presida la sesion MORDAZA cumplir esta disposicion por quienes participen en el mismo. Articulo 49º.- Las mociones de orden del Dia seran presentadas por escrito a la Oficina de secretaria General del Concejo. Articulo 50º.- El MORDAZA o los Regidores pueden pedir el aplazamiento de un debate, el que debera ser aprobado por el Concejo. Articulo 51º.- Las votaciones y/o elecciones, se realizaran en la Orden del Dia, y deberan ser de la siguiente manera: a) A mano alzada. b) Por cedula. c) En forma nominal. El MORDAZA aparte de su MORDAZA como miembro del Concejo, tendra MORDAZA dirimente Cualquier Regidor puede pedir que se rectifique una votacion. Articulo 52º.- Si el Informe o Dictamen de la Comision fuera contrario a la propuesta presentada por las Direcciones, se remitiran a las mismas para las correcciones correspondientes. DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS Articulo 53º.- Las Sesiones Extraordinarias se realizaran cuando el MORDAZA las convoque o lo solicite por escrito la tercera parte del numero legal de los integrantes del Concejo, exponiendo los motivos de la convocatoria. En las Sesiones Extraordinarias solo puede tratarse el MORDAZA o asuntos para las que fueron convocadas. DE LAS SESIONES SOLEMNES Articulo 54º.- El Concejo celebrara Sesiones Solemnes en las ocasiones siguientes:

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