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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G32/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de marzo de 2004 Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 011-2003-MDR de fecha 11.2.03, se aprobó el Reglamento Interno delConcejo de la Municipalidad Distrital del Rímac. Asimismoel Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 24.1.04 sepresentó el proyecto del nuevo Reglamento Interno delConcejo Municipal (RIC), el mismo que conforme al artícu-lo 9º numeral 12) de la Ley Nº 27972, se aprueba medianteordenanza por el Concejo Municipal; Con el voto UNÁNIME de sus miembros y conforme a las atribuciones contenidas en la Ley Orgánica de Munici-palidades, Ley Nº 27972, y con la dispensa del trámite delectura y aprobación de acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC Artículo Único .- Aprobar el Reglamento Interno del Con- cejo Municipal del distrito del Rímac, el mismo que consta deVI Títulos, 85 Artículos y 2 Disposiciones Finales, cuyo con-tenido forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES:Primera.- Deróguese el Acuerdo de Concejo Nº 011- 2003-MDR de fecha 11.2.04 y sus modificatorias; así comocualquier otro dispositivo municipal que se oponga a la pre-sente ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil cuatro. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DISTRITAL DEL RÍMAC TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento norma el régimen interno del Concejo, precisa el ejercicio, las competencias,las atribuciones y funciones del Concejo Municipal del dis-trito del Rímac que la Ley establece, la convocatoria y de-sarrollo de las Sesiones de Concejo y el funcionamientode las Comisiones Internas del Concejo. Artículo 2º.- El Concejo Distrital del Rímac, es el máxi- mo órgano del Gobierno de la Municipalidad del Rímac queejerce sus funciones y prerrogativas que establece el Art.194º de la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972 y demás disposiciones con-cordantes y vigentes en materia municipal. Artículo 3º.- El Concejo Municipal del distrito del Rí- mac está constituido por el Alcalde y 11 Regidores del dis-trito, elegidos por voto popular de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- El Concejo ejerce funciones normativas y de fiscalización, a través de la conformación de Comisio-nes Ordinarias y Especiales y/o cada Regidor en formaindividual, acorde con lo estipulado en la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972 y este reglamento. Artículo 5º .- Las funciones normativas se ejercen dic- tando, modificando y derogando Ordenanzas, Acuerdos yResoluciones conforme a Ley. Artículo 6º .- Las funciones de fiscalización se ejercen a través de las Comisiones Ordinarias y Especiales y/ocada Regidor en forma individual. Esta función alcanza atodas las áreas inherentes a la Municipalidad del Rímacsin distinción alguna. Artículo 7º .- La Secretaría General, es un órgano mu- nicipal que cumple funciones administrativas inherentes enlas funciones del Concejo y sus sesiones, para lo cual seránormada en algunos aspectos en este reglamento. TÍTULO II DEL CONCEJO MUNICIPAL Artículo 8º . - Son atribuciones del Concejo:1. Regular las funciones generales y especificas de la Municipalidad por medio de Ordenanzas y/o Acuerdos,estableciendo las sanciones que corresponden al incum-plimiento de las mismas y precisando el auxilio que la Po-licía Municipal debe brindar a la Administración Municipalpara lograr su adecuada observancia. 2. Acordar la creación de empresas municipales.3. Resolver los recursos impugnatorios de su compe- tencia. 4. Aprobar la celebración de acuerdos con otras muni- cipalidades para organizar servicios comunales. 5. Aprobar la contratación de otras entidades públicas o privadas, para la atención de los servicios que no admi-nistre directamente o que considere conveniente. 6. Declarar la vacancia o suspensión del Alcalde y Re- gidores, acordes al artículo 22º de la Ley Orgánica Munici-pal Nº 27972. 7. Practicar las investigaciones que juzgue necesarias, y recabar información sobre entidades municipales y so-bre aquellas en las que tenga participación la municipali-dad. 8. Autorizar y atender los pedidos de información de los Regidores para efectos de fiscalización. 9. Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y las bases para las pruebas de selección de personal ypara los concursos de provisión de puestos de trabajo. 10. Las demás previstas en el artículo 9º de la Ley Or- gánica de Municipalidades. TÍTULO III DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO Artículo 9º.- Son miembros del Concejo Municipal del Rímac, el Alcalde y los Regidores que estén en condicio-nes de desempeñar a cabalidad las funciones para las quefueron elegidos. Artículo 10º.- Los miembros del Concejo son respon- sables en forma individual por los actos violatorios de laLey, practicados en el ejercicio de sus funciones. Son res-ponsables en forma solidaria por las Resoluciones y Acuer-dos adoptados por el Concejo que estén en contra de laLey, a menos que salven expresamente su voto, ya sea sieste fué de abstención o en contra de la moción presenta-da; deberá ser refrendado y sustentado por escrito dentrode las siguientes 72 horas una vez culminada la sesión deconcejo, a través de la Secretaría General, lo cual deberáconstar en actas en la siguiente sesión. Artículo 11º.- Los miembros del Concejo no podrán cambiar su voto del que fue en sesión de concejo; salvoque la moción, ordenanza, acuerdo o resolución, sea pro-puesta y presentada por escrito a Secretaría General y fir-mada por lo menos por 2/3 de los miembros legales delConcejo, para llevarla al concejo en la siguiente sesión parasustentar y proponer una nueva votación. Artículo 12º.- Queda entendido que el número legal de los miembros del Concejo lo componen el Alcalde y los 11regidores elegidos en el sufragio electoral; y el número hábilde los miembros del Concejo lo componen los mismos,menos, el de los regidores con licencia o suspendidos. DEL ALCALDE Artículo 13º.- El Alcalde como miembro del Concejo es el representante legal de la Municipalidad, y cumple conlas funciones que le establece el artículo 20º de la Ley Or-gánica de Municipalidades, así como con las demás leyesy normas concordantes e inherentes a su cargo. Artículo 14º.- El Alcalde tiene función política y ejecutiva del Gobierno Local y desempeña su cargo a tiempo completo. Artículo 15º.- El Alcalde es la autoridad encargada de cumplir y hacer cumplir los Acuerdos adoptados por elConcejo, en las condiciones y términos establecidos enlas sesiones de concejo bajo responsabilidad. Artículo 16º.- Son funciones del Alcalde: a) Convocar y presidir las sesiones del Concejo. b) Promulgar y derogar las Ordenanzas y Acuerdos.c) Dictar Decretos y Resoluciones.d) Presentar al Concejo el proyecto de Presupuesto Anual. La Memoria de la Gestión Edilicia y la Cuenta Ge-neral del Ejercicio fenecido.