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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G39/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de marzo de 2004 PCM, establece que dicho Plan debe contener la informa- ción de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adju- dicaciones Directas a realizarse durante el período corres- pondiente a cada ejercicio fiscal; De conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S. Nº 013-2001-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Municipalidad de Ancón, correspondiente al ejercicio presupuestal para el año fiscal2004, según se detalla en el cuadro adjunto, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración y las demás oficinas pertinentes el cumplimiento y la aplicación del presente Plan, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 05544 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G2D /G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C ORDENANZA Nº 187-MDB Barranco, 19 de marzo de 2004EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Informe Nº 010-2004-GAFT/MDB, de fecha 18 de marzo del 2004, emitido por la Gerencia de Administración Financiera y Tributaria, respecto a la fecha de vencimiento del pago de las cuotas de arbitrios y del Impuesto Predial; CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 174-MDB, establece que el co- bro de los arbitrios es de periodicidad mensual; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con caráctergeneral, por la Administración Tributaria; Que, a fin de brindar facilidades a los contribuyentes para que regularicen el cumplimiento de sus deudas, sehace necesario establecer la prórroga del vencimiento de la primera y segunda cuota de los arbitrios 2004 y la pri- mera cuota del impuesto predial; De conformidad a lo dispuesto por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto mayoritario de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar el vencimiento para el pago de la primera y segunda cuota de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Seguri-dad Ciudadana y el plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial, hasta el día 31 de marzo del 2004. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Ad- ministración Financiera y Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 05689/G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G70/G65/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G70/G6F/G72/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G2C/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G6D/G75/G6C/G2D/G74/G61/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G31/G39/G39/G39/G20/G61/G20/G32/G30/G30/G33 ORDENANZA Nº 188-MDB Barranco, 19 de marzo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco, en Sesión Extraordi- naria realizada en la fecha; VISTO, el Informe de la Gerencia Municipal respecto a la necesidad de establecer la Prórroga del Beneficio Espe-cial para Contribuyentes con deudas pendientes en Arbi- trios, Impuesto Predial y Multas Administrativas; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distrita- les, y las delegadas conforme a ley, son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 41º del Texto Único del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF, señala que excep-cionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones res- pecto de los tributos que administra; Que, mediante las Ordenanzas Nº 177-MDB y Nº 183- MDB, se estableció y precisó un beneficio especial a favor de los contribuyentes con deudas pendientes, de los años1999 al 2003, respecto a Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, Impuesto Pre- dial y Multas Administrativas; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Barran- co otorgar a los contribuyentes las máximas facilidades para regularizar el cumplimiento de sus deudas; Que, la comunidad barranquina ha demostrado voluntad de regularizar los pagos, haciéndose necesario prorrogar la fecha de vencimiento del mencionado Beneficio Especial Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de sus miembros, ha emitido la siguiente: ORDENANZA PRÓRROGA DEL BENEFICIO ESPECIAL PARA CONTRIBUYENTES CON DEUDAS PENDIENTES EN ARBITRIOS, IMPUESTO PREDIAL Y MULTAS ADMINISTRATIVAS, DE LOS AÑOS 1999 AL 2003 Artículo Primero.- Prorrogar, hasta el 31 de marzo del 2004, el Beneficio Especial para Contribuyentes con deu- das pendientes en Arbitrios, Impuesto Predial y MultasAdministrativas, de los años 1999 al 2003, establecido mediante las Ordenanzas Nº 177-MDB y Nº 183-MDB. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración Financiera y Tributaria el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 05696 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73 /G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2004-DA/MDB Breña, 15 de marzo de 2004