Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2004 (06/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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PRODUCE
Aprueban el "Programa de Vigilancia y Control Pesquero en las Regiones de MORDAZA, MORDAZA, Ica y Moquegua", correspondiente al periodo abril-diciembre 2004
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 173-2004-PRODUCE

tar las acciones dentro de su competencia, para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del programa, asi como de la utilizacion racional de los recursos presupuestales y financieros asignados en el MORDAZA de las normas de austeridad, racionalidad y transferencia en el gasto publico. Articulo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolucion, se afectara al Pliego 038: Ministerio de la Produccion, Ejercicio Fiscal 2004, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, segun la Cadena Funcional Programatica siguiente: Funcion 12: Programa 044: Subprograma 0117: Actividades 1.00486: Componente 3.00993: Meta 00002: Pesca Promocion de la Produccion Pesquera Fomento de la Pesca Supervision y Reordenamiento Pesquero Politicas de Reordenamiento 00947 Inspeccion y Control

MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27779, se crea el Ministerio de la Produccion, el cual tiene la funcion de formular, aprobar y supervisar la politica aplicable a las actividades extractivas y productivas de los sectores de Industria y de Pesqueria, promoviendo su competitividad y el incremento de la produccion, asi como el uso racional de los recursos y la proteccion del medio ambiente; Que, la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Ley Nº 25977, en su articulo 1º establece que es finalidad del Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentacion, empleo e ingresos y de asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos optimizando los beneficios economicos; Que, el articulo 100º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que el Ministerio, por intermedio de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como de las Direcciones Regionales de Pesqueria (hoy Direcciones Regionales de la Produccion), llevaran a cabo el control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementaran los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones por los usuarios; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto para el Ano Fiscal 2004, Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27779 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia y con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Desarrollo y Planeamiento Estrategico, y de Administracion; y Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Programa de Vigilancia y Control Pesquero en las Regiones de MORDAZA, MORDAZA, Ica y Moquegua", correspondiente al periodo MORDAZA - diciembre 2004, cuyo presupuesto, ascendente a trescientos mil Nuevos Soles (S/. 300.000,00), por encargo, sera ejecutado por los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA, Ica y MORDAZA, conforme al Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia (DINSECOVI), para que, en representacion del Ministerio de la Produccion, suscriba con los Presidentes Regionales de MORDAZA, MORDAZA, Ica y MORDAZA los convenios respectivos para la ejecucion del Programa a que se refiere el articulo precedente, cuyo modelo, adjunto en Anexo II, forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- La Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia (DINSECOVI), asi como las Oficinas Generales de Administracion y de Auditoria Interna del Ministerio de la Produccion, quedan facultadas a adop-

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion
Anexo I MINISTERIO DE LA PRODUCCION PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL PESQUERO EN LAS REGIONES DE MORDAZA, MORDAZA, ICA Y MORDAZA CORRESPONDIENTE AL PERIODO MORDAZA - DICIEMBRE 2004

I. INTRODUCCION Los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion y en consecuencia, corresponde al Estado, apoyar a la conservacion, mejora y utilizacion sostenida de la pesca regulando el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional. El sistema fomenta y promueve criterios de ordenamiento pesquero segun sea el caso y dispone los regimenes de acceso, captura total permisible, esfuerzo de pesca, periodo de MORDAZA, sistemas de pesca y las acciones de seguimiento y control, con indicadores de rendimiento y sistemas de informacion. Este MORDAZA normativo requiere de un sistema de fiscalizacion que garantice su cumplimiento siendo este el mecanismo que tiene la administracion publica para forzar el cumplimiento de las normas de interes social (como la preservacion de la biomasa y del medio ambiente), que de otro modo no serian observados por los agentes economicos pesqueros, porque reducen o limitan el MORDAZA interes individual; de esta forma se retoma la autoridad y se restablecen condiciones de competencia entre los agentes. Con este objetivo se reforzara la vigilancia maritima (patrullaje, observadores a bordo, etc.) y terrestre a nivel de las DIREPROs de Ica, MORDAZA y DIREPEs de MORDAZA y MORDAZA, controlandose entre otros, las descargas de recursos hidrobiologicos en plantas de harina de pescado y de consumo humano directo, el regimen de abastecimiento permanente a la industria conservera, congeladora y de curados, los regimenes que se establezcan para explotar el recurso merluza, la construccion de embarcaciones pesqueras en astilleros, y carpinterias de ribera, la operatividad de las tolvas electronicas, la contrastacion de los reportes de pesaje por tolva vs. Las declaraciones juradas, la pesca artesanal, su transporte y comercializacion, las autorizaciones y concesiones

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