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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G33/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de mayo de 2004 está referida a las restricciones que alcanzan a alcal- des y regidores, quienes no pueden contratar, rematar obras o servicios públicos municipales, ni adquirir directamente o por interpósita persona sus bienes; cau-sal que no se configura en el presente caso, toda vez que no se ha contratado ni rematado obras o servicios públicos municipales, como tampoco se ha adquiridobienes de la Municipalidad Provincial de Puno a favor de su Alcalde; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: ArArArArArtículo Único.- tículo Único.- tículo Único.- tículo Único.- tículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos Luis Miguel PinoPonce y Jorge Ulises Aramayo Cordero; en consecuencia, confirmar los Acuerdos de Concejo Nºs. 002-2004-CMPP y 017-2004-CMPP de fechas 15 de enero y 10 de marzode 2004, expedidos por el Concejo Provincial de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 0900109001090010900109001 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G63/G63/G68/G61/G2C/G4A/G75/G61/G6E/G20/G45/G73/G70/G69/G6E/G6F/G7A/G61/G20/G4D/G65/G64/G72/G61/G6E/G6F/G2C/G20/G48/G75/G61/GF1/G65/G63/G20/G79/G20/G45/G6C/G41/G6C/G67/G61/G72/G72/G6F/G62/G61/G6C RESOLUCIÓN Nº 081-2004-JNERESOLUCIÓN Nº 081-2004-JNERESOLUCIÓN Nº 081-2004-JNERESOLUCIÓN Nº 081-2004-JNERESOLUCIÓN Nº 081-2004-JNE Expediente Nº 206-2004Expediente Nº 206-2004Expediente Nº 206-2004Expediente Nº 206-2004Expediente Nº 206-2004 Lima, 7 de mayo de 2004Visto, el expediente municipal remitido por don Orlando Mateo Sabroso, Alcalde del Concejo Distrital de Paccha,provincia de Yauli, departamento de Junín, sobre vacancia del cargo de Regidor de don Rolando Hugo Raymundo Quijada; CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Paccha declaró la vacancia del cargo del Regidor Rolando Hugo Raymundo Quijada,mediante acuerdo adoptado en sesión extraordinaria de fecha 15 de enero de 2004, con el voto aprobatorio de más de los dos tercios del número legal de sus miembros, porlas causales de ausencia de la jurisdicción municipal por más de 30 días sin autorización e inconcurrencia injustifi- cada a sesiones ordinarias de concejo, previstas en losnumerales 4) y 7) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; expidiéndose, en ese sentido, la Resolución de Alcaldía Nº 002-2004-A-MDP de 1 demarzo de 2004; Que a fojas 24 corre la declaración jurada suscrita por el ciudadano Rufino Raymundo Torres, padre del RegidorRolando Hugo Raymundo Quijada, manifestando que este último se encuentra fuera del país desde el mes de julio del año 2003, lo que corrobora el sustento de la declaraciónde vacancia; Que el acuerdo de vacancia fue notificado al domi- cilio del regidor afectado, siendo recibido por su padre,según cargo de fojas 23, no habiéndose interpuesto recurso impugnatorio en su contra, con lo que quedó consentido; Que conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia del regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedenciaestablecida en su propia lista electoral, correspondiendo llamar a don Heber Alejandro Tejeda Santos, candidato noproclamado de la lista del Partido Acción Popular, según la documentación remitida por el Jurado Electoral Especial de Yauli con motivo de las elecciones municipales del año 2002; Por estos fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: ArArArArArtículo Primertículo Primertículo Primertículo Primertículo Primer o.- o.- o.- o.- o.- Convocar al ciudadano Heber Alejandro Tejeda Santos para que asuma el cargo de Regi- dor del Concejo Distrital de Paccha, provincia de Yauli, de- partamento de Junín, para completar el período de gobier-no municipal 2003 - 2006, otorgándosele la respectiva cre- dencial. ArArArArArtículo Segundo.- tículo Segundo.- tículo Segundo.- tículo Segundo.- tículo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial de Regidor del Concejo Distrital de Paccha, otorgada a don Rolando Hugo Raymundo Quijada. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 0900209002090020900209002 RESOLUCIÓN Nº 083-2004-JNERESOLUCIÓN Nº 083-2004-JNERESOLUCIÓN Nº 083-2004-JNERESOLUCIÓN Nº 083-2004-JNERESOLUCIÓN Nº 083-2004-JNE Expediente Nº 122-2004Expediente Nº 122-2004Expediente Nº 122-2004Expediente Nº 122-2004Expediente Nº 122-2004 Lima, 7 de mayo de 2004 Visto, el Oficio Nº 012-A-MDJEM-2004 de don Arthur Alvarez Llacta, Alcalde del Concejo Distrital de Juan Espi- noza Medrano, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, remitiendo el expediente municipal de vacanciade la Regidora Bertha Alejandrina Zela Félix, y solicitando se acredite al regidor suplente; CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Juan Espinoza Medrano declaró la vacancia del cargo de la Regidora Bertha Ale- jandrina Zela Félix, mediante Acuerdo Municipal Nº 018- MD/JEM-2003 adoptado en sesión extraordinaria de fecha19 de setiembre de 2003, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, por las causa- les de ausencia de la jurisdicción municipal por más de 30días sin autorización e inconcurrencia injustificada a se- siones ordinarias de concejo, previstas en los numerales 4) y 7) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 27972; Que según los documentos de fojas 4, 6 y 7, el acuerdo de vacancia fue publicado mediante carteles en lugarespúblicos del distrito y notificado personalmente a Bertha Alejandrina Zela Félix, quien de acuerdo a la consulta en línea al RENIEC, tiene domicilio en el distrito de Villa ElSalvador, provincia y departamento de Lima; no habiendo interpuesto la afectada, recurso impugnatorio contra el re- ferido acuerdo, éste se declaró consentido mediante Re-solución de Alcaldía Nº 024-A/MD/JEM de 22 de noviem- bre de 2003; Que conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia del regidor lo reemplaza el suplente, respetando la prece- dencia establecida en su propia lista electoral, correspon-diendo llamar a doña Calixta Fortunata Félix Segovia de Rea, candidata no proclamada de la lista del Movimiento Nueva Izquierda, según el acta de proclamación de resul-tados del Jurado Electoral Especial de Aymaraes con mo- tivo de las elecciones municipales del año 2002; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: ArArArArArtículo Primertículo Primertículo Primertículo Primertículo Primer o.- o.- o.- o.- o.- Convocar a la ciudadana Calixta Fortunata Félix Segovia de Rea para que asuma el cargo