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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2004 (14/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G30/G32/G37/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G50/G50/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/GF3/G20/G62/G65/G2D /G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 030-MDPP Puente Piedra, 30 de abril del 2004 EL ALCALDE DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO:El Concejo Municipal de Puente Piedra ha dado la Or- denanza siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 0027-2004-MDPP, EN LA CUAL SE ESTABLECE EL BENEFICIO TRIBUTARIO DE EXONERACIÓN DE PAGO DE MULTA Y CONDONACIÓN DE INTERESES POR INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 027-2004-MDPP de fecha 31 de marzo del 2004, por un plazo de 60 días calendario. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la si- guiente Ordenanza a la Gerencia del Servicio de Adminis- tración Tributaria, a partir del día siguiente de su publica-ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 09186 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G43/G61/G72/G67/G61/G65/G6E/G20/G56/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G4D/G6F/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G4E/G6F/G4D/G6F/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 090 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha dieciséis de abril de año dos mil cua- tro vista la propuesta de la Comisión de Desarrollo Urba-no, sobre “MARCO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VE- HÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZA-DOS EN EL DISTRITO DEL RÍMAC”; CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el Artículo I del Título Preliminar de la LeyNº 27972, Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales son entidades básicas de la organiza- ción territorial del Estado y canales inmediatos de partici-pación vecinal en los asuntos públicos, que institucionali- zan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; Que, el inciso 3º del Artículo 81º de la Ley Nº 27972, señala las competencias exclusivas de las Municipalida- des Distritales en materia de tránsito, viabilidad y transpor-te público; estableciendo en el numeral 3.3) otorgar licen- cias para la circulación de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; Que, mediante Ordenanza Nº 241-MML de fecha 27/10/99 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó el marco legal del Servicio de Transporte de Pasa-jeros y Carga en vehículos menores, siendo ésta, la norma marco para que las municipalidades distritales dicten las normas pertinentes para complementar dicha Ordenanza,de acuerdo a sus necesidades y las situaciones especia- les que se presenten en su jurisdicción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los miembros del Concejo y con la dispensa de la aprobación del acta ha dado la siguiente: ORDENANZA MARCO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DEL RÍMAC TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVOS, FINALIDADES, BASE LEGAL Y ALCANCES Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene como obje- tivo reglamentar el TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORESMOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS (en adelante ser- vicio de transporte especial) en la jurisdicción del distrito del Rímac, siendo de observancia y cumplimiento obliga-torio. Artículo 2º.- La presente Ordenanza se sustenta en la siguiente base legal: - La Constitución Política del Perú.Comercio 1,537,344.00 23% Cercado, Urbanizaciones Y Asociaciones 908 50.00 15.00 37.00 102.00 92616.00 1,224.00 1,111,392.00 Pueblos Jovenes y Asentamientos Humanos 612 30.00 6.00 22.00 58.00 35496.00 696.00 425,952.00 Industrias - Servicios 2,122,200.00 32% Industrias Mayores 75 400.00 140.00 250.00 790.00 59250.00 9,480.00 711,000.00 Industrias Menores 210 250.00 100.00 210.00 560.00 11760 0.00 6,720.00 1,411,200.00 Mercados 261,000.00 4% Puestos Individuales 7250 2.00 0.50 0.50 3.00 21750.00 36.00 261,000.00 Predios sin edificar 91,512.00 1% Terrenos sin Construir 2460 3.10 3.10 7626.00 37.20 91,512.00 6,665,742.00 100% 09056 USO DEL PREDIO UBICACIÓN DEL PREDIO Nº DE LIMPIEZA PARQUES SEGU- TOTAL MENSUAL TOTAL ANUAL % PREDIOS PÚBLICA Y JAR- RIDAD CONTRI- RECAU- CONTRI- RECAU- DINES CIUDA- BUYENTE DACIÓN BUYENTE DACIÓN DANA