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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 CAPÍTULO II DE LA VACANCIA Y LA REVOCATORIA DEL MANDATO Artículo 37º.- Pérdida de la condición de represen- tante La condición de representante de la sociedad civil al CCL se pierde por vacancia o por revocatoria. Artículo 38º.- Causales de la Vacancia del Cargo- Por fallecimiento. - Por incapacidad física o mental permanente, debida- mente acreditada con arreglo a ley. - Por pena privativa de la libertad, condena por delito doloso. - Por renuncia. - Por dejar de residir por 60 días calendario en un pe- ríodo de 365 días. Artículo 39º.- Revocatoria del mandato de represen- tante Procede si dos tercios del número legal de electores así lo acuerden en asamblea expresa convocada para tal fin por el CCL. La pérdida del mandato entra en vigencia ala adopción del acuerdo de la revocatoria. 09080 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G69/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G71/G75/G65 /G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000202 San Juan de Miraflores, 29 de abril de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto, el Informe Nº 095-2004-SGA/MDSJM, de fecha 16 de abril del 2004, emitido por el Subgerente de Abaste- cimiento mediante el cual hace de conocimiento de las In- clusiones y Modificaciones del Proceso de Selección delPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, de Bienes, Servicios, Consultoría y Ejecución de Obras para el año 2004; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia de conformi-dad con lo establecido en el artículo 191º de la Constitu- ción Política del Perú; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 000068-2004 de fecha 15 de enero del 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, de Bienes, Servicios, Con- sultoría y Ejecución de Obras para el año fiscal 2004; Que, la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, en el Punto VI Disposiciones Específicas, numeral 7. De las modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones, señala: que el Plan Anual podrá ser modificado en cualquier momento, durante el curso del ejercicio presu- puestal, de conformidad con la asignación presupuestal oen caso de reprogramaciones de metas propuestas; Que, las modificaciones al Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones mediante inclusiones y exclusionesdel mismo, han sido elaborados sobre la base de los Cua- dros de Necesidades de bienes y servicios, consultoría y obras de todos los órganos de la Municipalidad y alcanza-dos a la Subgerencia de Abastecimiento, habiéndose consolidado y valorado; Que, de conformidad con el Art. 7º del Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM, concordante con los Artículos 5º, 6º, 7º y 8º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y el Punto VI. Disposiciones Específicas, numeral 7. de la Di-rectiva Nº 0005-2003-CONSUCODE/PRE, Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 de diciem- bre del 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CON-SUCODE/PRE, y en uso de las facultades transferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR las Inclusiones de pro- cesos que modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones de la Municipalidad de San Juan de Miraflores, correspondiente al año 2004, el mismo que en anexo for-ma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Abastecimiento de la Gerencia de Administración la remi-sión dentro de los 10 días hábiles siguientes de su aproba- ción, copias de las modificaciones del Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones al Consejo Superior de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempre- sa - PROMPYME. Artículo Tercero.- DISPONER, que el Plan Anual mo- dificado de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el Art. 1º estará a disposición de los interesados en la Sub-gerencia de Abastecimiento de la Municipalidad, sito en la Av. Belisario Suárez s/n Cdra. 10 - 2do. piso - San Juan de Miraflores. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 09148 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G6F/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G65/G2D/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73 ORDENANZA Nº 010-2004-MDSA Santa Anita, 29 de abril de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santa Anita, en Sesión Ordi- naria de la fecha, ha aprobado, en forma unánime, la si- guiente: ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE SANTA ANITA DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 º.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO El Servicio de Transporte Público Especial de Pasaje- ros y Carga en Vehículos Menores en el distrito de Santa Anita, sólo podrá ser prestado por personas jurídicas debi-damente constituidas e inscritas en el Registro de Perso- nas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Re- gistros Públicos y autorizadas por la Municipalidad Distri-tal de Santa Anita. Artículo 2 º.- DE LA FISCALIZACIÓN La fiscalización de lo dispuesto en la presente Orde- nanza se realiza a través de: a) La Municipalidad Distrital de Santa Anita, de oficio o a pedido de parte.