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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2004 (15/05/2004)

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Pág. 268541 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de mayo de 2004 Artículo 4º.- El titular de la Licencia o Autoriza- ción Municipal tiene la obligación de exhibir los docu-mentos originales relacionados con su obtención así como facilitar el ingreso a su establecimiento de los servidores municipales autorizados a efectuar ins-pecciones oculares y colaborar con su tarea de fis- calización. La negativa a las inspecciones oculares o colabora- ción con la tarea de fiscalización dará lugar a la presun- ción de que la documentación y la información que pre- sentaron es falsa o insuficiente y a la consiguiente apli-cación de las medidas administrativas y de las sancio- nes que correspondan. TÍTULO II DE LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS PREVIOS Artículo 5º.- Todas las actividades que se pretendan desarrollar en el correspondiente local no deben contra- venir la normatividad de zonificación. Las actividades que por su naturaleza puedan poner en riesgo la integridad de terceros o intereses de la Mu- nicipalidad o administración pública se requerirá previa- mente autorización de otra dependencia de la Municipa-lidad o del sector correspondiente. Dichas solicitudes estarán sujetas a evaluación previa por un período no mayor de treinta (30) días calendario, que se computa-rán a partir de la recepción del expediente por la Oficina de Trámite Documentario y Archivo. CAPÍTULO I DEL CERTIFICADO DE ZONIFICACIÓN Y COMPATIBILIDAD DE USO Artículo 6º.- Mediante el Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Uso se determina si la actividad económica a desarrollarse en la zona es compatible con lo establecido en los planos de Zonificación y el Regla-mento Nacional de Construcciones y será emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras. Además, el Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Uso de-finirá la naturaleza del Giro: Comercial, Industrial o de Servicios. El Certificado de Zonificación y Compatibilidad de Uso tiene una vigencia de 90 días útiles a partir de la fecha de su expedición. Artículo 7º.- El Certificado de Zonificación y Compa- tibilidad de Uso se emitirá en formulario pre impreso y numerado. En el caso que se solicite para más de un giro, los giros adicionales deberán ser compatibles oguardar relación con el principal. Artículo 8º.- Los requisitos para obtener el Certifica- do de Zonificación y Compatibilidad de Uso son: 1.- Solicitud dirigida al Sr. Alcalde 2.- Recibo de pago por derecho de certificado: a) Zona Urbana 2.4% de la UIT b) Zona Industrial, agropecuaria y otros 4.8% de la UITc) AA.HH. 1.8 % de la UIT 3.- Copia fedatizada del título de propiedad, dominio o similar. 4.- Para hostales, hoteles, hospedajes, discotecas, salas de baile, consultorios médicos, escuelas de edu-cación particular, salas de juego, fábrica para la elabora- ción de productos industriales, y otros que por su natu- raleza puedan poner en riesgo la integridad de terceroso intereses de la municipalidad, deberán presentar copia autenticada de Licencia de Construcción y planos apro- bados. 5.- En zonas no urbanas tales como: zona agrope- cuaria, pecuario porcino, productivo, ecológica, recrea- ción, otros usos y aquellas no consideradas como resi-dencial o industrial, tendrán que presentar Plano de Ubi- cación y Localización indicando coordenadas UTM fir- mado por el profesional responsable.Artículo 9º.- En el caso de Grifos, Estaciones de Servicio y Gasocentros, Refinerías, Plantas Envasado-ras de GLP, y otros regulados por la Dirección General de Hidrocarburos; estos deberán presentar el Certifica- do de Zonificación y Compatibilidad de Uso emitido por laMunicipalidad Provincial del Callao. CAPÍTULO II DE LAS AUTORIZACIONES DE OTROS ORGANISMOS PÚBLICOS Artículo 10º.- Se requiere autorización del organis- mo competente en los siguientes casos: 1) Grifos Diesel 1: Venta por litros en tiendas y/o bodegas a) Resolución y/o Constancia de la Prefectura. 2) Grifos de Diesel 2; Gasolina, Gas Licuado, Gas Propano a) Informe técnico favorable de la OSINERG 3) Hostales, Hoteles y Hospedajesa) Calificación del Ministerio de Industria y Turismo. 4) Farmacias y/o Boticas a) Resolución y/o Constancia de la DIGEMID5) Transporte Urbano a) Autorización y/o Resolución de la Dirección Gene- ral de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao. 6) Policlínicos y Centros de Salud a) Autorización de la Unidad Departamental de Salud b) Requisitos indicados en el numeral 8) 7) Bingos y Tragamonedas a) Resolución de CONACTRA8) Profesionales a) Constancia del Colegio respectivo de ser miembro hábil. b) Copia autenticada del Título Profesional. 9) Elaboración de productos comestibles a) Registro Sanitario. 10) Elaboración de productos químicosa) Acta de Verificación PNP DINANDRO 11) Centros Educativos a) Resolución Directoral de la USE – Ministerio de Educación. 12) Fabricación y/o comercialización de armas y/o explosivos a) Resolución del Ministerio del Interior.13) Agencias Naviera y Marítima, transporte no ur- bano de pasajeros y de carga a) Autorización del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción. 14) Agencias de Aduanas.