Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2004 (05/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2004

Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de octubre del 2004, en la forma que a continuacion se detalla: INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 OCTUBRE 2004 367,52 431,53 303,80 339,06 266,23 596,06

en precedencia para los fines a que esta se contrae. Articulo 3º.- Dispongase la inmediata publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MUCHO Presidente del Consejo Directivo 19924

OSINERG
Declaran improcedente reconsideracion y modifican los "Terminos de Referencia para la Elaboracion de los Estudios de Costos del Valor Agregado de Distribucion (VAD)"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 303-2004-OS/CD MORDAZA, 3 de noviembre de 2004 Con fecha 3 de setiembre de 2004, se notifico a la empresa Luz del Sur S.A.A, el Oficio Nº 227-2004-OSINERG-PRES, adjuntandose al mismo para conocimiento de la empresa, los "Terminos de Referencia para la Elaboracion de los Estudios de Costos del Valor Agregado de Distribucion (VAD) - Regulacion de las Tarifas de Distribucion Electrica 2005-". Es contra dichos Terminos de Referencia que la empresa Luz del Sur S.A.A, ha presentado recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe 19905

INGEMMET
Designan funcionario encargado de remitir ofertas de empleo al Programa Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
INSTITUTO GEOLOGICO, MINERO Y METALURGICO RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 171-2004-INGEMMET/PCD MORDAZA, 2 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27736, promulgada el 9 de MORDAZA de 2002, dispone que el Instituto de Radio y Television del Peru debe transmitir las ofertas laborales del Sector Publico y Privado a traves de Radio Nacional del Peru y MORDAZA 7; Que la MORDAZA indicada ha sido recientemente reglamentada mediante el Decreto Supremo Nº 012-2004TR, el cual senala que todo organismo publico y empresa del Estado esta obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursa, el que proporcionara diariamente al Instituto de Radio y Television del Peru la informacion vinculada con la oferta de trabajo del sector publico y privado; Que, con dicho fin y de conformidad con el articulo 2º del citado Decreto Supremo los titulares de los organismos publicos y empresas del Estado, designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas laborales de la entidad; Que estando a lo preceptuado por el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 026-2001-EF que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de INGEMMET; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designese al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Recursos Humanos, como encargado de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, con sujecion a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, Reglamento de la Ley Nº 27736. Articulo 2º.- Pongase el contenido de la presente Resolucion en conocimiento del funcionario designado

Que, en la Sesion Nº 20-2004 del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante OSINERG), de fecha 17 de agosto de 2004, se aprobaron los "Terminos de Referencia para la Elaboracion de los Estudios de Costos del Valor Agregado de Distribucion (VAD) -Regulacion de las Tarifas de Distribucion Electrica 2005-" a los que se refieren el articulo 67º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas (en adelante LCE) y el articulo 153º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM (en adelante el RLCE); Que, con fecha 3 de setiembre de 2004, se notifico a la empresa Luz del Sur S.A.A, el Oficio Nº 227-2004OSINERG-PRES, adjuntandose al mismo para conocimiento de la empresa, los "Terminos de Referencia para la Elaboracion de los Estudios de Costos del Valor Agregado de Distribucion (VAD) - Regulacion de las Tarifas de Distribucion Electrica 2005-" (en adelante los TDR); Que, con fecha 24 de setiembre de 2004, Luz del Sur S.A.A, interpuso recurso de reconsideracion contra los TDR; 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION 2.1. Argumentos de Luz del Sur Que, Luz del Sur S.A.A. interpone recurso de reconsideracion contra los TDR por considerar que padece deficiencias de forma y fondo; Que, respecto a las deficiencias de forma, senala el recurrente en el petitorio de su recurso que como quiera que los TDR varian los criterios de la Regulacion de Tarifas de distribucion 2001, se proceda conforme lo establece la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas en sus articulos 4º y 7º, en cumplimiento de los cuales el Consejo Directivo debe disponer la realizacion de una audiencia publica en que debe sustentar y exponer los nuevos criterios para seguidamente proceder con su publicacion en el Diario Oficial El Peruano;

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