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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (02/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 277615 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de octubre de 2004 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación del pago de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denomina-ción. OSCAR DANCOURT MASÍAS Director encargado de la Presidencia 17782 ˝ndice de reajuste diario a que se refie- re el Art. 240” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros CIRCULAR Nº 018-2004-EF/90 Lima, 1 de octubre de 2004El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros, correspondiente al mes de octubre es el si- guiente: DÍA ÍNDICE 1 6,12677 2 6,126803 6,126844 6,126885 6,126916 6,126957 6,126998 6,127029 6,12706 10 6,1271011 6,1271312 6,1271713 6,1272114 6,1272515 6,1272816 6,1273217 6,1273618 6,1273919 6,1274320 6,1274721 6,1275022 6,1275423 6,1275824 6,1276125 6,1276526 6,1276927 6,1277228 6,1277629 6,1278030 6,1278331 6,12787 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artí-culo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utili- zado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestacio- nes a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (a.i.) 17784CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Ratifican a Juez de Tierras, actualmente Segundo Juzgado Especializado en loCivil de Tumbes RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 390-2004-CNM Lima, 30 de setiembre de 2004 VISTO: El acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magis- tratura de la sesión de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 154º, inciso 2), dispone que es función del Consejo Nacio-nal de la Magistratura, ratificar a los jueces y fiscales detodos los niveles cada siete años, facultad que desarrollala Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de laMagistratura y las Leyes Nºs. 27368 y 27466; Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia del 22 de junio de 2004, declaró fundada en parte la acción deamparo, seguida por el doctor FREDDY OSWALDO MAR-CHAN APOLO, Juez de Tierras, actualmente Segundo Juz-gado Especializado en lo Civil de Tumbes, Distrito Judicialde Tumbes, contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaída en el Expediente Nº 0718-2004-AA/TC; y en conse- cuencia inaplicable al recurrente el acuerdo del Pleno delConsejo Nacional de la Magistratura del 15 y 16 de agostode 2001, que no lo ratificó en el cargo de Juez Titular delDistrito Judicial de Tumbes, ordenando se le convoque auna entrevista personal y se siga el procedimiento de rati- ficación de acuerdo a ley; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, en mérito a la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional, con-vocó al doctor FREDDY OSWALDO MARCHAN APOLO,Juez de Tierras, actualmente Segundo Juzgado Especiali-zado en lo Civil de Tumbes, Distrito Judicial de Tumbes, a entrevista personal para el 15 de setiembre del presente año; continuando con el procedimiento previsto en el Regla-mento de Evaluación y Ratificación de Jueces del PoderJudicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado porResolución Nº 241-2002-CNM, del 13 de abril de 2002 ypublicado el 16 del mismo mes y año; Que, habiendo culminado con el procedimiento estable- cido, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, ensesión reservada de la fecha, procedió al acto de votación,acordándose la ratificación en el cargo del magistrado eva-luado; Estando a lo resuelto en dicho acuerdo y a lo dispuesto por los artículos 154º inciso 2) de la Constitución Política del Perú, 21º inciso b) y 37º inciso b) de la Ley Nº 26397,Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Ratificar al doctor FREDDY OSWALDO MAR- CHAN APOLO, Juez de Tierras, actualmente Segundo Juz-gado Especializado en lo Civil de Tumbes, Distrito Judicialde Tumbes. Segundo.- Notificar la presente resolución al interesado y remitir copia de la misma al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimien- to y fines. Tercero.- Anótese en el registro correspondiente del Consejo Nacional de la Magistratura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 17760