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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (13/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G31/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de octubre de 2004 las personas discapacitadas de escasos recursos econó- micos de la Región Loreto; donación llegada a la Intenden-cia de la Aduana Marítima según Conocimiento de Embar-que Nº NYAC-P-56-3-PE-IQ004 de fecha 4 de agosto delaño 2004; Que, la institución recurrente, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 620-2004-MI- MDES de fecha 6 de octubre de 2004, el Ministerio de laMujer y Desarrollo Social aprobó la donación efectuada porWheelchair Foundation, con sede en California, Estados Unidos a favor de la asociación Club de Leones de Iquitos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de Enti-dades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamen- tales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Institucio-nes Privadas sin fines de lucro receptoras de donacionesde carácter asistencial o educacional (IPREDA), a que serefiere el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenadode la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 935; Que, en consecuencia corresponde al sector Relacio- nes Exteriores aprobar la Inafectación de IGV e ISC a ladonación efectuada por Wheelchair Foundation, con sedeen California, Estados Unidos a favor de la asociación Club de Leones de Iquitos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Su-premo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APRUÉBASE la Inafectación de Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivoal Consumo (ISC) a la importación de bienes donados a laque se refiere el tercer considerando de la presente Reso- lución, la misma que ha sido efectuada por Wheelchair Foundation, con sede en California, Estados Unidos, con-sistente en 281 bultos conteniendo sillas de rueda y acce-sorios, con un valor aproximado de US$ 21 000,00 y unpeso bruto de 6,461.00 kilos. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superinten- dencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y alinteresado, para los efectos a que se contrae el DecretoSupremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos estableci-dos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministrosencargado de la carterade Relaciones Exteriores 18436 SALUD /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G6F/G73/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G73/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G52/G4F/G46/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G4D/G61/G74/G65/G72/G6E/G6F/G50/G65/G72/G69/G6E/G61/G74/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1002-2004/MINSA Lima, 6 de octubre del 2004 Visto los OFICIOS Nº 2328-DG-IEMP-04 y Nº 2671- DG-Nº0577-OPPR-IEMP-03, del Instituto EspecializadoMaterno Perinatal y el MEMORÁNDUM Nº 0306-2004- OGPE-OEO/MINSA de la Oficina General de Planeamien-to Estratégico; CONSIDERANDO: Que, el artículo 19º de la Ley Nº 27853 - Ley de Trabajo de la Obstetriz, dispone la ubicación orgánica estructuralde una Unidad Orgánica de Obstetricia, en los estableci-mientos de salud estatal; Que, la Segunda Disposición Complementaria del Re- glamento de la Ley Nº 27657-Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-SA, dispone que los Reglamentos de Organización y Funciones de lasDirecciones de Salud, Institutos Especializados, Direccio-nes de Redes de Salud y Hospitales del departamento deLima y Provincia Constitucional del Callao se formularánsegún los modelos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, por Resolución Ministerial Nº 235-2003-SA/DM, de fecha 5 de marzo del 2003, se aprobó el Modelo Gene-ral de los Reglamentos de Organización y Funciones delos Institutos Especializados; Que, por Resolución Ministerial Nº 699-2003-SA/DM, de fecha 13 de junio del 2003, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Especializado Ma- terno Perinatal; Que, asimismo por Resolución Ministerial Nº 730-2004/ MINSA, de fecha 19 de julio del 2004, se modificó el Mode-lo General de los Reglamentos de Organización y Funcio-nes de los Institutos Especializados, para incluir como ór- gano de asesoramiento a la Oficina de Gestión de la Cali- dad; Que, es necesario modificar el Modelo General de los Reglamentos de Organización y Funciones de los Institu-tos Especializados, a fin de precisar y flexibilizar el uso delas denominaciones de los órganos de línea de los institu- tos especializados y viabilizar la formulación del Reglamen- to de Organización y Funciones del Instituto EspecializadoMaterno Perinatal; Que, asimismo es necesario modificar el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto EspecializadoMaterno Perinatal, para incluir el Departamento de Obste- trices, en observancia a la Ley de Trabajo de la Obstetriz, así como rectificar otros términos y textos que deben serprecisados o que no corresponden; Con las visaciones de la Oficina General de Planea- miento Estratégico, de la Dirección General de Salud delas Personas y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 201º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral y, en el Artículo 8º, literal (l) de la Ley Nº 27657 -Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Modelo General de los Regla- mentos de Organización y Funciones de los Institutos Es-pecializados, aprobado por Resolución Ministerial Nº 235-2003-SA/DM, en lo siguiente: a) Rectificar e incluir en el literal 3.7 del numeral 3 el siguiente texto: “..según las líneas de investigación y las especialida- des de la atención que brinden, con las denominaciones que cada Instituto considere pertinente”. b) Rectificar en el artículo 9º y 13º, la denominación “Oficina de Planeamiento Estratégico” por “Oficina Ejecuti-va de Planeamiento Estratégico” Artículo 2º.- Modificar el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Especializado Materno Perinatal,aprobado por Resolución Ministerial Nº 699-2003-SA/DM,en los siguientes artículos: a) Rectificar el artículo 9º en la parte relativa a los Ór- ganos de Asesoría, Apoyo y Órganos de Línea de la si- guiente forma: