Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2004 (13/10/2004)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 13 de octubre de 2004

maquinaria para la industria del calzado, confeccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con la finalidad de equipar a pequenos y microempresarios; siendo dicha MORDAZA modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizo destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asimismo mediante el Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifico la organizacion y funcion de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud a lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2001-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y por su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privada; Que, a traves del oficio de Vistos, el senor Olmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Caujul, provincia de Oyon, departamento de MORDAZA, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la donacion de maquinaria para la industria del cuero y mecanica de produccion; Que, mediante Memorandum Nº 230-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM, el Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal corrio traslado del Informe Tecnico Nº 022-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se preciso que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar modulos de maquinaria solicitada como donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de las maquinas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de las maquinas que se detallan en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion a favor de la Municipalidad Distrital de Caujul, provincia de Oyon, departamento de MORDAZA, con la finalidad de lograr la capacitacion y desarrollo tecnico de sus pobladores; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779 y Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;

Articulo 1º.- Aprobar la donacion de las maquinas descritas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizadas en S/. 16,021.38 (Dieciseis Mil Veintiuno con 38/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital de Caujul, provincia de Oyon, departamento de MORDAZA, con la finalidad que a traves del gobierno local se logre la capacitacion y desarrollo tecnico de sus pobladores. Articulo 2º.- El programa de Equipamiento Basico Municipal sera responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 18371

Conforman Comision Especial Tecnica para evaluar problematica de la venta de tierras habilitadas y/o eriazas de proyectos hidroenergeticos y de irrigacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 249-2004-VIVIENDA MORDAZA, 12 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27887 de fecha 18.12.02, dispuso que dentro del total de la extension de tierras habilitadas o eriazas de los Proyectos Especiales Hidroenergeticos y de Irrigacion del MORDAZA financiados con fondos publicos y/o de cooperacion internacional, que se encuentren disponibles a la fecha, se adjudique directamente mediante compraventa a traves de sorteo publico, hasta el 30% del total de estas tierras, las mismas que seran destinadas a modulos de pequena propiedad de una extension superficial de cinco (5) ha. y puedan ser adjudicadas; Que, mediante Ley Nº 28042 que modifica en sus alcances a la Ley Nº 27887, se faculta a los Proyectos Especiales Hidroenergeticos y de Irrigacion del MORDAZA, financiados con fondos publicos y/o cooperacion internacional para que procedan a adjudicar de manera directa y hasta en lotes no mayores a cinco (5) ha., las tierras eriazas y habilitadas de su propiedad que al 28 de MORDAZA del 2001 hayan estado en posesion continua, pacifica y publica por un plazo minimo de un ano de agricultores, asociaciones y comites con fines agropecuarios; Que, la implementacion de las citadas leyes esta generando situaciones especiales imprevistas, que imposibilitan cumplir con sus objetivos de beneficiar a los campesinos y/o pequenos agricultores individuales y/o asociativamente damnificados, a los afectados por desastres naturales y/o ejecucion de obras de los proyectos de irrigacion y posesionarios de las tierras habilitadas y/o eriazas de propiedad de los Proyectos Especiales Hidroenergeticos y de Irrigacion del MORDAZA financiados con fondos publicos y/ o de cooperacion internacional; Que, en consecuencia, se hace necesario constituir una Comision Especial Tecnica que se aboque a la evaluacion y estudio de la referida problematica generada en cada caso en los Proyectos Especiales Hidroenergeticos y de Irrigacion del MORDAZA financiados con fondos publicos y/o de cooperacion internacional, que tendra como finalidad proponer nuevos alcances a las Leyes Nºs. 27887 y 28042, para la solucion de los impases que se vienen presentando; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27779, 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;

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