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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G31/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de octubre de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión Especial Técni- ca que se aboque a la evaluación de la problemática de laventa de tierras habilitadas y/o eriazas de los ProyectosEspeciales Hidroenergéticos y de Irrigación del país finan- ciados con fondos públicos y/o cooperación internacional, que se han generado por la ejecución de las Leyes Nºs.27887 y 28042, a efectos que propongan alternativas desolución que conlleven a formular los dispositivos que re-sulten necesarios para superar los impases suscitados. La comisión estará integrada por los siguientes repre- sentantes: - Dos representantes del Instituto Nacional de Desa- rrollo, uno de los cuales la presidirá. - Un representante del Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento. - Un representante del Ministerio de Agricultura. - Un representante de PROINVERSION.- Un representante de los Gobiernos Regionales ante el Consejo Nacional de Descentralización. - Un representante del Proyecto Especial de Titulación de Tierras. Artículo 2º.- La Comisión Especial elevará a este Despacho, su Informe Final con las recomendaciones ypropuestas de normas necesarias, en un plazo de sesenta(60) días hábiles contados a partir de su instalación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 18372 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C /G55/G6E/G69/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 183-2004-CE-PJ Lima, 6 de octubre del 2004 VISTO: El Oficio Nº 1331-2004-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 143-2004- CE-PJ, de fecha 9 de agosto del año en curso, el ConsejoEjecutivo del Poder Judicial prorrogó el funcionamiento delTribunal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia deLoreto por el plazo de 2 meses; Que, dicha Presidencia solicita a este Órgano de Gobier- no la prórroga por 2 meses del Tribunal Unipersonalconstituido desde el 1 de diciembre del 2003, y cuya pró-rroga fue ampliada por Resolución Administrativa Nº 143-2004-CE-PJ hasta el 30 de setiembre último, en razón a laelevada carga procesal existente en la Sala Penal y en los Juzgados Penales y Mixtos de la mencionada Corte Supe- rior; Que, al respecto, el Presidente de la Sala Penal de Loreto informa que dicho colegiado aún soporta elevadacarga procesal generada por los expedientes remitidospor los 5 Juzgados Penales de Maynas, así como por los4 Juzgados Mixtos de provincias, sea en vía de apelación o con informes finales; asimismo, refiere que con fechamiércoles 15 de setiembre último se inició el Juicio Oralen el Expediente Nº 0111-2001 sobre delito de Peculadoen agravio del Estado, proceso particularmente complejoen el que se encuentran comprendidos 56 procesados, y en el que se vienen llevando a cabo audiencias todos los días; finalmente, señala que está por elevarse al SuperiorTribunal el proceso sobre el caso de la Carretera Iquitos -Nauta (cuarto tramo) que comprende a 37 personas, tam-bién de especial complejidad; por lo que siendo así, y te-niendo en cuenta lo dispuesto por el artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 112-2003-CE-PJ, su fecha 16 de setiembre del 2003, resulta necesario que prosiganlas funciones del Vocal Superior constituido en TribunalUnipersonal, a fin de optimizar el trabajo y no perjudicar alos justiciables; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fe-cha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento del Tri- bunal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lo-reto por el plazo de 2 meses, con efectividad al 1 de octu-bre del presente año, de conformidad con lo dispuesto porel artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 112- 2003-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a adoptar las acciones queresulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuestoen la presente resolución. Artículo Tercero.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cada fin de mes remitirá a este Órga-no de Gobierno informe documentado sobre la labor reali-zada por el Vocal Superior adicional designado. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolu- ción, será atendido por la Gerencia General del Poder Ju- dicial. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, a la Fiscalía de la Nación, a la Jefatura de laOficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, ala Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conoci- miento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS. HUGO SIVINA HURTADO WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN JOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 18345 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G41/G67/G75/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G22 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 186-2004-CE-PJ Lima, 11 de octubre del 2004