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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (21/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

PÆg. 278797 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 2004 Vista la solicitud de ARROW AIR, INC. sobre Reno- vación de Permiso de Operación de Servicio de Trans-porte Aéreo Internacional Regular de carga y correo; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 283-2000- MTC/15.16 del 21 de noviembre de 2000, modificado porResolución Directoral Nº 083-2001-MTC/15.16 del 23 de mayo del 2001, Resolución Directoral Nº 159-2002- MTC/15.16 del 5 de julio del 2002, y Resolución Directo-ral Nº 255-2003-MTC/12 del 13 de noviembre del 2003, se otorgó a ARROW AIR, INC., la Renovación y Modifi- cación de su Permiso de Operación de Servicio de Trans-porte Aéreo Regular Internacional de carga y correo, por el plazo de cuatro (4) años; Que, ARROW AIR, INC., en el presente trámite soli- cita la Renovación de Permiso de Operación, en las mis- mas condiciones establecidas en las Resoluciones Di- rectorales precedentemente señaladas; Que, según los términos del Memorándum Nº 0467- 2004-MTC/12.AL y Memorándum Nº 0504-2004-MTC/ 12.AL emitidos por la Asesoría Legal, MemorándumNº 318-2004-MTC/12 emitido por la Asesoría de Polí- tica Aérea y Memorándum Nº 2373-2004-MTC/12.04 emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se consi-dera pertinente atender lo solicitado, en lo que corres- ponde, al haber cumplido la recurrente con lo estable- cido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, suReglamento; y, demás disposiciones legales vigen- tes; Que, asimismo, según lo establecido en el artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovación del permiso de operación cuandola empresa acredite que mantiene las capacidades nece- sarias para la realización de sus operaciones y que fue- ron sustento para el otorgamiento del permiso que solicitarenovar; Que, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de América - DOT, ha designado a ARROW AIR,INC., para realizar Servicios de Transporte Aéreo Regu- lar Internacional de carga y correo; Que, en aplicación del artículo 9º literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revo- car los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo",resolviendo el presente procedimiento mediante la ex- pedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura- das y la presentación de documentos por parte del intere- sado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormentela validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones lega- les vigentes; y con la opinión favorable de las áreascompetentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a ARROW AIR, INC., confor- me al “Acuerdo de Transporte Aéreo” suscrito entre elPerú y los Estados Unidos de América, la Renovación de Permiso de Operación por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del 26 de octubre del 2004, díasiguiente del vencimiento de la Resolución Directoral Nº 283-2000-MTC/15.16, modificado por Resolución Directoral Nº 083-2001-MTC/15.16, Resolución Direc-toral Nº 159-2002-MTC/15.16 y Resolución Directoral Nº 255-2003-MTC/12, sujeto a las siguientes caracte- rísticas: NATURALEZA DEL SERVICIO : - Aviación Comercial - Servicio de Transporte Aéreo Regular de carga y correo.ÁMBITO DEL SERVICIO : - Internacional. MATERIAL AERONÁUTICO:- DC-8 RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCO- MERCIALES: CON DERECHOS DE TERCERA Y CUARTA LIBER- TAD DEL AIRE: - HOUSTON Y/O MIAMI Y/O IQUITOS Y/O LIMA Y VV., doce (12) frecuencias semanales. - LOS ÁNGELES Y/O NEW YORK Y/O IQUITOS Y/O LIMA Y VV., cuatro (4) frecuencias semanales. CON DERECHOS DE TRÁFICO DE QUINTA LI- BERTAD DEL AIRE: Los vuelos sobre estas rutas especificadas podrán ser operados hacia y desde puntos intermedios y/o más allá como siguen: - CIUDAD DE PANAMÁ (PANAMÁ) Y/O BOGOTÁ Y/O CALI (COLOMBIA) Y/O CARACAS Y/O MARACAI- BO Y/O VALENCIA (VENEZUELA) Y/O QUITO Y/O GUA-YAQUIL (ECUADOR) Y/O SAN JOSÉ (COSTA RICA) Y/O SAN JUAN (PUERTO RICO), como puntos inter- medios y/o más allá con plenos derechos de tráfico. - ASUNCIÓN (PARAGUAY) Y/O LA PAZ Y/O SANTA CRUZ (BOLIVIA) Y/O SAO PAULO (BRASIL), como pun- tos intermedios y/o más allá con plenos derechos detráfico. - MANTA (ECUADOR) Y/O GUATEMALA (GUATE- MALA) Y/O MANAUS Y/O CURITIBA Y/O RÍO DE JA-NIERO (BRASIL) Y/O CALI Y/O MEDELLÍN (COLOM- BIA) Y/O BARBADOS (BARBADOS) Y/O MANAGUA (NI- CARAGUA) Y/O PUERTO ESPAÑA (TRINIDAD Y TO-BAGO) Y/O SAN PEDRO DE ZULA (HONDURAS) Y/O SANTO DOMINGO Y/O PUERTO PLATA (REPÚBLICA DOMINICANA) Y/O GUADALAJARA (MÉXICO) Y/O ELSALVADOR (EL SALVADOR) Y/O SANTIAGO DE CHI- LE Y/O PUNTA ARENA (CHILE) Y/O BUENOS AIRES (ARGENTINA) Y/O MONTEVIDEO (URUGUAY) Y/OPUNTA DEL ESTE (URUGUAY) Y/O IQUIQUE (CHILE), como puntos intermedios y/o más allá con plenos dere- chos de tráfico. BASES DE OPERACIÓN: - Aeropuerto Internacional de Miami, Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a ARROW AIR, INC., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matrícula y de Aeronavegabilidad vigen-tes, así como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- En relación al Perú, en los casos que ARROW AIR, INC, realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mención expresa de que se trata, según sea el caso, devuelos de conexión, de código compartido o de cual- quier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de for- ma tal que no se induzca a error al consumidor, espe-cialmente en cuanto a las características del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este artículo será evaluado en la forma que establece el artículo 197º del Reglamento de la Ley. Artículo 4º.- ARROW AIR, INC., está obligada a pre- sentar mensualmente a la Dirección General de Aero- náutica Civil, los datos estadísticos e informes que co- rrespondan a su actividad aérea. Artículo 5º.- El ejercicio y utilización de éste Permiso de Operación implica por parte de ARROW AIR, INC.: