Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2004 (21/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 21 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, por su parte, en el Informe Legal Nº 445-2004MTC.22.05.cgi, de la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS Departamental, se determina que el Ing. MORDAZA MORDAZA Sime MORDAZA, ex Residente de Obra del Proyecto Carretera Rio Seco - Sayan, es el presunto autor del delito de peculado, previsto en el articulo 387º del Codigo Penal, en agravio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - PROVIAS Departamental; Que, el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru establece que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos; Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 17537 senala que los Procuradores Publicos tienen plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667 establece que, para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, el articulo 26º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, establece como una de las funciones de la Procuraduria Publica, la de representar y defender los derechos e intereses del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de los Organos del Sector ante los Organos Jurisdiccionales; Que, con Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, de fecha 27 de junio del 2004, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de PROVIAS Nacional en los procesos y procedimientos en los que se ventilen sus derechos e intereses, habiendose MORDAZA sus facultades de representacion, mediante la Resolucion Suprema Nº 050-2004-JUS, de fecha 2 de marzo del 2004, para que asuma la defensa de los intereses de PROVIAS Departamental y de PROVIAS Rural; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; la Ley Nº 27791 y las Resoluciones Supremas Nºs. 081-2003-JUS y 050-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS Nacional, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS Departamental y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS Rural, para que en nombre y representacion del Estado inicie, impulse y culmine las acciones legales que correspondan en contra del Ing. MORDAZA MORDAZA Sime MORDAZA, ex Residente del Proyecto Carretera Rio Seco - Sayan, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso mencionado, al Procurador Publico Ad Hoc, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18846

que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 93º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 200-2004-MTC/17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE MORDAZA S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE MORDAZA S.A. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el distrito de Carabayllo, provincia de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa CABLE MORDAZA S.A. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y tres (03) anexos que forman parte de esta resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, con el pago de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, asi presentar la carta fianza por el seis por ciento (6%) de la inversion inicial, que asegure el inicio de operaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18850

Otorgan a persona juridica concesion para prestar servicio de distribucion de radiodifusion por cable, en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 779-2004-MTC/03

MORDAZA, 15 de octubre de 2004 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2004-005474 por la empresa CABLE MORDAZA S.A. para

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