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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (21/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 278795 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 2004 Que, por su parte, en el Informe Legal Nº 445-2004- MTC.22.05.cgi, de la Gerencia de Asuntos Legales de PROVÍAS Departamental, se determina que el Ing. LuisAlberto Sime Pérez, ex Residente de Obra del ProyectoCarretera Río Seco - Sayán, es el presunto autor deldelito de peculado, previsto en el artículo 387º del Códi-go Penal, en agravio del Ministerio de Transportes y Co-municaciones - PROVÍAS Departamental; Que, el artículo 47º de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Esta-do está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537 señala que los Procuradores Públicos tienen plena representa-ción del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todoslos procesos y procedimientos en los que actúe comodemandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el artículo único del Decreto Ley Nº 17667 esta- blece que, para demandar y/o formular denuncias a nom-bre del Estado es necesaria la expedición previa de laResolución Ministerial autoritativa; Que, el artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, esta-blece como una de las funciones de la Procuraduría Públi-ca, la de representar y defender los derechos e interesesdel Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de losÓrganos del Sector ante los Órganos Jurisdiccionales; Que, con Resolución Suprema Nº 081-2003-JUS, de fecha 27 de junio del 2004, se designó al doctor MáximoElías Herrera Bonilla como Procurador Público Ad Hoc,para que asuma la representación y defensa de PRO-VÍAS Nacional en los procesos y procedimientos en losque se ventilen sus derechos e intereses, habiéndoseampliado sus facultades de representación, mediante laResolución Suprema Nº 050-2004-JUS, de fecha 2 demarzo del 2004, para que asuma la defensa de los inte-reses de PROVÍAS Departamental y de PROVÍAS Rural; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº17667; la Ley Nº 27791 y las Resoluciones SupremasNºs. 081-2003-JUS y 050-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especialde Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍASNacional, del Proyecto Especial de Infraestructura deTransporte Departamental - PROVÍAS Departamental ydel Proyecto Especial de Infraestructura de TransporteRural - PROVÍAS Rural, para que en nombre y represen-tación del Estado inicie, impulse y culmine las accioneslegales que correspondan en contra del Ing. Luis AlbertoSime Pérez, ex Residente del Proyecto Carretera RíoSeco - Sayán, por los hechos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso mencio-nado, al Procurador Público Ad Hoc, para su conocimientoy fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18846 Otorgan a persona jurídica concesión para prestar servicio de distribuciónde radiodifusión por cable, en la pro-vincia de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 779-2004-MTC/03 Lima, 15 de octubre de 2004 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2004-005474 por la empresa CABLE AMÉRICA S.A. paraque se le otorgue concesión para la prestación del ser- vicio público de distribución de radiodifusión por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres- ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen-cias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, es- tablece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previocumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado porel Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Regla- mento General de la Ley de Telecomunicaciones, estableceque entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Informe Nº 200-2004-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco- municaciones, de la Dirección General de Gestión de Teleco- municaciones, señala que, habiéndose verificado el cumpli-miento de los requisitos que establece la legislación para otor- gar la concesión solicitada para la prestación del servicio públi- co de distribución de radiodifusión por cable, es procedente lasolicitud formulada por la empresa CABLE AMÉRICA S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Orde- nado del Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministe-rio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro deComunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE AMÉRI- CA S.A. concesión para la prestación del servicio públi- co de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distritode Carabayllo, provincia de Lima, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa CABLE AMÉRICA S.A. para laprestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulas y tres (03) anexos que forman parte de esta resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Minis- terio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en elartículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato deconcesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Parala suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión, con el pago de la publicación de la presente Resolución Ministerial, así presentar lacarta fianza por el seis por ciento (6%) de la inversión inicial, que asegure el inicio de operaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18850