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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G37/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 21 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres-ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen- cias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, es-tablece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidosen la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante lasuscripción de un contrato de concesión aprobado porel Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión seencuentra el servicio público de distribución de radiodi-fusión por cable; Que, mediante Informe Nº 219-2004-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco- municaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, señala que, habiéndose verificadoel cumplimiento de los requisitos que establece la legis-lación para otorgar la concesión solicitada para la pres-tación del servicio público de distribución de radiodifusiónpor cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa MULTICANAL VHEL S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Orde-nado del Reglamento General de la Ley de Telecomuni-caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004- MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministe-rio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa MULTICANAL VHEL S.A.C., concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende eldistrito de Nuevo Chimbote, provincia de Santa, depar-tamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa MULTICANAL VHEL S.A.C. para la prestación del servicio público a que se refiere el artícu- lo precedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulasy tres (3) anexos que forman parte de esta resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones para que, en representa-ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación aEscritura Pública del referido contrato y de las Adden-das que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en elplazo máximo de sesenta (60) días hábiles computadosa partir de la publicación de la presente resolución. Parala suscripción deberá cumplir previamente con el pagopor derecho de concesión, así como el pago de la publica- ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18848/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G69/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/G6F/G20/G65/G78/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G43/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G20/G52/GED/G6F/G20/G53/G65/G63/G6F/G20/G2D/G20/G53/G61/G79/GE1/G6E/G2C/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 777-2004-MTC/02 Lima, 15 de octubre de 2004 VISTA: La Nota de Elevación Nº 204-2004-MTC/ 22, de fecha 1 de setiembre del 2004, emitida por el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraes- tructura de Transporte Departamental - PROVÍAS De-partamental; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 307-2002- MTC/02 se instauró proceso administrativo disciplina-rio en contra de diversos servidores de la ex Direc-ción General de Caminos, sustentándose en el Infor-me AUDI-I-Nº 037-2001-02-4354-MTC/1508, "ExamenEspecial a la Dirección de Carreteras de la ex Direc- ción General de Caminos", emitido por la Oficina Ge- neral de Auditoría Interna del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, determinándose una serie dehechos irregulares cuya responsabilidad recaía endiversos funcionarios y servidores de la citada ex Di-rección General; Que, con Informe Nº 034-2003-MTC/CPPAD, la Co- misión Permanente de Procesos Administrativos Dis-ciplinarios del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones emitió pronunciamiento al respecto, encontrando responsabilidad, entre otros funcionarios y servidores, en el Ing. Luis Alberto Sime Pérez, exResidente de Obra del Proyecto Carretera Río Seco -Sayán, por el faltante injustificado de 5,896.91 m3 depiedra chancada de 1/2 pulgada, destinados a la eje-cución del referido proyecto, recomendando que la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles desig- nará una Comisión que se encargue de efectuar elPeritaje Técnico Contable al citado proyecto, a fin deestablecer el valor de la piedra chancada faltante; Que, a través del Memorándum Nº 1673-2004- MTC/14, la Dirección General de Caminos yFerrocarriles remite a PROVÍAS Departamental losantecedentes del proceso administrativo en cues-tión, en consideración a que, conforme a lo dispues-to en la Resolución Ministerial Nº 527-2002-MTC/ 15.02, dicho Proyecto Especial de Infraestructura asumió los derechos y obligaciones de la ex Direc-ción General de Caminos, correspondiéndole, portanto, iniciar las acciones legales que correspondanen resguardo de los intereses del Estado, a travésdel Procurador Público Ad Hoc encargado de sus asuntos judiciales; Que, por Resolución Directoral Nº 209-2004-MTC/ 22, de fecha 30 de marzo del 2004, PROVÍASDepartamental designó una Comisión a cargo de la im- plementación de las recomendaciones señaladas en los numerales 7.7, 7.8 y 7.9 del Informe Nº 034-2003-MTC/CPPAD, de la Comisión Permanente de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, a través del Memorándum Nº 066-2004-MTC/ CPPAD, la Comisión Permanente de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios del Ministerio de Transportesy Comunicaciones remite a la Dirección General deCaminos y Ferrocarriles el Informe de Peritaje de Obras emitido por la Comisión designada mediante Resolución Directoral Nº 209-2004-MTC/22, la cualconcluye que el costo del faltante de 5,896.91 m3 depiedra chancada del proyecto Carretera Río Seco -Sayán ascendía a S/. 179,292.88 nuevos soles, im-porte que debería ser resarcido por el Ing. Luis Al- berto Sime Pérez, como responsable de tal irregula- ridad;